VIII. ANUNCIOS
8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES
PAMPLONA
Devolución tasa por tarjeta de residente
No habiendo podido practicarse la notificación que a continuación se transcribe, publíquese la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Pamplona, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
"Visto el escrito presentado por Francisco Javier Beperet Iriarte, solicitando devolución de tasa abonada en concepto de expedición de tarjeta de residente y el informe emitido al respecto por el Area de Protección Ciudadana, he resuelto no acceder a lo instado, puesto que el artículo 2.a) de la ordenanza reguladora de las tasas por estacionamiento de vehículos de tracción mecánica dentro de las zonas de estacionamiento limitado y restringido dice que constituye hecho imponible la expedición de la tarjeta acreditativa de la condición de residente."
Contra la esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.
b) Recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del T.S.J. de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución; o bien,
c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.
Pamplona, 10 de mayo de 2007
La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.
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