BOLETÍN Nº 69 - 4 de junio de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCION 654/2007, de 2 de mayo, del Director General de Desarrollo Rural por el que se ordena la inscripción de oficio, en el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación, correspondiente a la cancelación de la sociedad agraria de transformación "Malusa" 363 NA.

Con fecha de 16 de abril de 2007 este Registro recibió la solicitud del socio don Javier Luna Echarri de disolver la S.A.T. "Malusa" 363 NA a causa de la defunción sucesiva del resto de socios y la imposibilidad de sustituirlos desde la fecha del 8 de septiembre del 2002.

De conformidad con el Real Decreto 1776/1981, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto que regula las Sociedades Agrarias de Transformación; la Orden de 14 de septiembre de 1982, que lo desarrolla; el Real Decreto 2654/1985, de 18 de diciembre, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en esta materia; los Decretos Forales 40/1986, de 7 de febrero, por el que se asignan al Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes los servicios y funciones transferidos, y 71/1986, de 28 de febrero, por el que se crea el Registro de Navarra de Sociedades Agrarias de Transformación.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Decreto Foral 48/2005, de 24 de febrero, por que se establece la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación,

RESUELVO:

1.º Ordenar la inscripción de oficio, en el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación, correspondiente a la cancelación a fecha de 8 de septiembre de 2002 de S.A.T. "Malusa" 363 NA, de responsabilidad Ilimitada, domicilio social en Olite.

2.º Notificar esta Resolución al Registro de Sociedades Agrarias de Transformación, al interesado y a la Administración del Estado, advirtiendo que un extracto de la inscripción deberá ser remitida al BOLETIN OFICIAL de Navarra para su publicación y conocimiento de terceros.

3.º Contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante el Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Pamplona, 2 de mayo de 2007
El Director General de Desarrollo Rural, Jesús María Echeverría Azcona.

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