BOLETÍN Nº 69 - 4 de junio de 2007

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona

EDICTO

Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento 729/2006 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de José María Calavia Santos contra la empresa INSS, TGSS, Mutua Asepeyo y Vinagres el Encierro, S.L., sobre Seguridad Social-Incapacidad temporal, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por José María Calavia Santos frente a mutua Asepeyo, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y la empresa Vinagres el Encierro, S.L., sobre subsidio de incapacidad temporal, debo condenar y condeno a la empresa Vinagres el Encierro, S.L. a pagar al demandante la cantidad de 3.042,26 euros y a la mutua Asepeyo al adelanto en el pago de tal cantidad, sin perjuicio de la subrogación en la posición acreedora de la parte actora frente a la empresa. Declaro asimismo la responsabilidad subsidiaria del INSS y TGSS en el exclusivo supuesto de que la mutua demandada resultare insolvente.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia._Notifíquese a las partes la Sentencia dictada, con la advertencia de que contra la misma, cabe interponer recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que se anunciará en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, bastando para ello la Manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante al notificarle aquélla. También podrán hacerlo estas personas por comparecencia o por escrito en el indicado plazo. En el momento del anuncio deberá asimismo la parte recurrente, designar Letrado que le dirija el Recurso.

Se advierte igualmente a las demandadas que si recurren, deberán acompañar al anuncio, justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta por este Juzgado de lo Social en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito S.A., Banco de Vitoria S.A.), sucursal de la Calle Cortes de Navarra número 5, de Pamplona y cuenta número 3159, procedimiento número 3159 0000 65 0729 06. Deberá igualmente acompañar justificante de haber ingresado en operación aparte, aunque en el mismo banco y cuenta, esta vez con el número de procedimiento 3159 0000 67 0729 06 la cantidad objeto de la condena. Esta última cantidad podrá ser sustituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista. Enterados, firman, doy fe.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Vinagres el Encierro, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 9 de mayo de 2007
La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

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