BOLETÍN Nº 67 - 30 de mayo de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

ETXARRI-ARANATZ

Aprobación inicial de las modificaciones de los Estatutos Generales de la Escuela de Música y Régimen Interno de funcionamiento

En Ayuntamiento de Etxarri Aranatz en sesión plenaria extraordinaria celebrada el día catorce de marzo de 2007, aprobó inicialmente las modificaciones de los Estatutos Generales de la Escuela de Música y los de Régimen Interno, así como publicarlas en el BOLETIN OFICIAL de Navarra tal y como establece el artículo 326 de la Ley Foral de Administración Local.

1._Régimen interno funcionamiento escuela de música

_Capítulo II._Artículo 5.º Donde ponía "El director del centro será elegido y nombrado por la Junta de Gestión Pedagógica y ratificado por la Junta de Gobierno de la Escuela de Música", debe poner: "El director del Centro será propuesto por el Claustro de Profesores, aprobado su nombramiento por la Junta de Gestión Pedagógica y ratificado por la Junta de Gobierno de la Escuela de Música".

_Capítulo III._Artículo 12. Lo que ahora aparece con letra negrita cursiva "Con fecha 19/03/2003 a propuesta de la Junta de Gestión Pedagógica se acuerda establecer una reunión trimestral con los padres para evaluación académica (1 hora lectiva)", anteriormente no ponía nada; aunque no aparecía en los estatutos, se aplicaba desde esa fecha.

_Capítulo III._Artículo 14. Donde pone"Cada profesor tendrá derecho a horas no lectivas que quedarán fijadas de la siguiente manera: de 30 horas, 25 serán lectivas y 5 horas no lectivas", anteriormente no ponía nada, aunque esta distribución de horas lectivas y no lectivas se aplicaba desde el año 2000.

_Capítulo IV._Artículo 25. Donde ponía "Las clases a los alumnos se impartirán desde el día 15 de septiembre hasta el 15 de junio (ambos inclusive)", debe poner "Las clases a los se impartirán desde la primera quincena de septiembre hasta la primera quincena de junio, según el calendario escolar que será aprobado por la Junta de Gobierno Local a propuesta de la Junta de Gestión Pedagógica".

_Capítulo IV._Artículo 25. Donde ponía "Un máximo de 20 alumnos y un mínimo de 10 alumnos por aula", debe poner "Un máximo de 16 alumnos excepto en iniciación, que será de 9 alumnos. El mínimo de alumnos por aula será de 6".

_Capítulo IV._Artículo 25. Donde pone "Al finalizar el 3.º y el 6.º curso, los alumnos deberán superar un examen de fin de ciclo", le añadiremos "Superados los mismos se entregará el diploma acreditativo".

2._Estatuto general de la escuela de música

Articulo 9. Donde dice "La aprobación de la Memoria de la gestión operativa y económica". Debe decir "La elaboración y aprobación de la Memoria de la gestión operativa y económica anual". Artículo 9 Se elimina el párrafo L.

Artículo 12. Se actualiza la denominación Junta de Gobierno Local sustituyendo a la Comisión de Gobierno. Se sustituye tres millones de pesetas por dieciocho mil euros.

Artículo 16. Párrafo h. Queda eliminado.

Etxarri Aranatz, 12 de abril de 2007
El Alcalde en Funciones, Iraitz Goñi Iraurgi.

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