BOLETÍN Nº 67 - 30 de mayo de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

GALAR

Aprobación definitiva de modificación de la ordenanza de subvenciones para construcción y rehabilitación de viviendas

El Ayuntamiento de Cendea de Galar en sesión celebrada el día 25 de enero de 2007 aprobó inicialmente la Modificación del artículo 3 de la Ordenanza de Subvenciones para construcción y rehabilitación de viviendas.

Publicado el Acuerdo de aprobación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 31 de fecha 12 de marzo de 2007 y no habiendo sido presentadas alegaciones durante el plazo de exposición pública, se procede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, a la aprobación definitiva de la modificación de dicha Ordenanza, disponiendo su publicación a los efectos procedentes:

"Articulo 3.º Será condición indispensable para acceder a la subvención:

1.º Estar empadronado en la Cendea con una antigüedad de al menos 5 años. Este requisito deberá ser cumplido, al menos, por uno de los miembros de la unidad familiar."

Salinas de Pamplona, 23 de abril de 2007
El Alcalde, Ricardo Ariz Imizcoz.

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