BOLETÍN Nº 67 - 30 de mayo de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCION 139/2007, de 4 de mayo, del Director del Servicio de Integración Ambiental, por la que se concede, con condiciones, la Autorización de Afecciones Ambientales a la instalación de línea eléctrica aérea S/C, a 13,2 kV. de tensión, derivación a explotación ganadera en Puente la Reina, promovido por Señorío de Sarría.

Con fecha 23 de enero de 2007 ha tenido entrada en el Servicio de Integración Ambiental la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente indicado, de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, como actividad incluida en el Anejo 2C apdo. I).

En el artículo 28 de dicha Ley Foral, se establece que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales en el plazo de cuatro meses desde la presentación de la solicitud.

El Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo emite informe favorable, tomando en consideración que según el Plan Municipal de Puente la Reina, vigente desde 2000, el suelo donde se emplaza la actividad propuesta está categorizado como de mediana productividad agrícola, en el que resulta autorizable la instalación propuesta. No consta informe urbanístico municipal.

Vistos los informes que figuran en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Orden Foral 537/2005, de 27 de septiembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

RESUELVO:

1.º Otorgar a Señorío de Sarría, la Autorización de Afecciones Ambientales para la instalación de línea eléctrica aérea S/C, a 13,2 kV. de tensión, derivación a explotación ganadera en Puente la Reina.

La presente Autorización estará sujeta a las siguientes condiciones y medidas correctoras:

_El promotor deberá cumplir, por lo que afecta a la referida instalación eléctrica, las determinaciones establecidas por Resolución 2188/2005, de 14 de diciembre, del Director General de Ordenación del Territorio y Vivienda por la que se autorizó la construcción de un camino, como mejora de accesos a la explotación.

2.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

3.º Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Integración Ambiental, al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Guarderío de Medio Ambiente, al Ayuntamiento de Puente la Reina y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 4 de mayo de 2007
El Director del Servicio de Integración Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

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