BOLETÍN Nº 67 - 30 de mayo de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCION 137/2007, de 4 de mayo, del Director del Servicio de Integración Ambiental, por la que se concede, con condiciones, la Autorización de Afecciones Ambientales a la instalación de variante de línea eléctrica aérea, a 13,2 kV. de tensión, Lodosa-Cárcar, en Sesma, promovido por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

Con fecha 23 de enero de 2007 ha tenido entrada en el Servicio de Integración Ambiental la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente indicado, de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, como actividad incluida en el Anejo 2C apdo. I).

En el artículo 28 de dicha Ley Foral, se establece que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales en el plazo de cuatro meses desde la presentación de la solicitud.

El Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo emite informe favorable, tomando en consideración que según el Plan Municipal de Sesma, vigente desde 2002, el suelo donde se emplaza la actividad propuesta está categorizado como de mediana productividad agrícola: tierras de labor y forestal de repoblación artificial, en los que resultan autorizables las instalaciones propuestas. No consta informe urbanístico municipal.

Vistos los informes que figuran en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Orden Foral 537/2005, de 27 de septiembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

RESUELVO:

1.º Otorgar a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., la Autorización de Afecciones Ambientales para la instalación de variante de línea eléctrica aérea, a 13,2 kV. de tensión, Lodosa-Cárcar, en Sesma.

La presente Autorización estará sujeta a las siguientes condiciones y medidas correctoras:

_El promotor, antes de obtener la preceptiva Licencia de Obra, dispondrá de la autorización del Servicio de Conservación de la Biodiversidad para ocupar la vía pecuaria (Traviesa T - 6) por canalización de la línea propuesta en longitud de 174 metros, según lo establecido en la Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre, de Vías Pecuarias en Navarra.

_Todos los apoyos se instarán a distancia igual o superior a tres metros respecto al borde exterior de los caminos públicos, (art. 112.2 de la L.F. 35/2002 de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo).

_La canalización a través del ribazo contiguo al núcleo de población, se disminuirá la zona de ocupación y se hará el cruce en la parte que haya menos vegetación.

_Los terrenos afectados por las obras, que no sean de cultivo, deberán restaurarse hasta alcanzar un estado parecido al inicial.

2.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

3.º Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Integración Ambiental, al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Guarderío de Medio Ambiente, al Ayuntamiento de Sesma y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 4 de mayo de 2007
El Director del Servicio de Integración Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

Código del anuncio: F0707494