BOLETÍN Nº 64 - 23 de mayo de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

PAMPLONA

Convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 5 plazas del puesto de trabajo de Arquitecto al servicio Ayuntamiento de Pamplona

La Junta de Gobierno Local del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 11 de abril de 2007, aprobó la convocatoria, de conformidad con las siguientes

NORMAS

1._Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, que se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de la convocatoria, la provisión, mediante oposición, de 5 plazas del puesto de trabajo de Arquitecto, de régimen funcionarial y de nivel A, al servicio del Ayuntamiento de Pamplona, distribuidas en los siguientes turnos:

_2 plazas en turno libre.

_2 plazas en turno de promoción.

_1 plazas en turno de reserva para personas con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100.

1.2. Las plazas que se convocan son las siguientes:

_4 en el Area de Urbanismo y Vivienda, identificadas en la plantilla orgánica con los números 100503-7, 100503-8, 100503-16 y 100503-17.

_1 en el Area de Proyectos Estratégicos y Obras, identificada en la plantilla orgánica con el número 100503-15.

1.3. Si las vacantes del turno de promoción quedaran desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumulará al turno libre.

Del mismo modo, si las vacantes del turno de reserva para personas con discapacidad resultaran desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para superar las pruebas selectivas, se acumularán al turno que proceda, siguiendo el orden de distribución establecido en el artículo 15.3 del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Por otra parte, si en el turno de promoción o en el turno restringido para discapacitados resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de estos turnos optarán a la vacante del turno libre en concurrencia con los aspirantes de este turno, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Asimismo, podrán optar a las vacantes del turno libre en la forma señalada en el párrafo anterior, los aspirantes del turno de promoción y del turno de reserva para personas con discapacidad que no reúnan los requisitos específicos exigidos para participar en cada uno de dichos turnos en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos a los que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria.

1.4. Los aspirantes que obtengan plaza adquirirán la condición de funcionario con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia de personal del Ayuntamiento de Pamplona.

1.5. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones correspondientes al nivel A, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones aplicables al Ayuntamiento de Pamplona.

1.6. Los aspirantes que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas y resultar nombrados para las plazas del puesto de trabajo convocadas, ingresen en el Ayuntamiento de Pamplona y adquieran la condición de funcionarios, serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

Los funcionarios que resulten nombrados para las plazas convocadas y estén afiliados al Régimen de Derechos Pasivos y Asistencia Sanitaria y Social al que se refiere el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás disposiciones complementarias, podrán optar por mantenerse en el mismo o afiliarse al mencionado régimen de la Seguridad Social.

1.7. Los aspirantes nombrados tendrán el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijarán efectivamente su domicilio en el término municipal de Pamplona.

1.8. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

1.9. También es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, relaciones de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en las bases 10 y 11 de esta convocatoria.

2._Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y dentro del plazo de presentación de documentos a los que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria y hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los siguientes requisitos:

2.1.1. Requisitos para los aspirantes del turno libre.

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados afectados por los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando no medie separación legal, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Arquitecto, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en la fecha mencionada en posesión de credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.1.2. Requisitos para los aspirantes del turno de promoción.

Los aspirantes del turno de promoción deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Hallarse en posesión del título de Arquitecto, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria y acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

2.1.3. Requisitos de los aspirantes del turno de reserva para personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.

Los aspirantes del turno de reserva para personas con discapacidad, además de los requisitos señalados en el apartado 2.1.1, deberán tener reconocida oficialmente una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.

2.2. Salvo lo dispuesto en la base tercera, los anteriores requisitos deberán acreditarse por los aspirantes aprobados que sean propuestos para su nombramiento, en el plazo y forma previstos en la base séptima.

3._Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en los Registros del Ayuntamiento de Pamplona, (Calle Mercado, 7-9, calle Zapatería. 40, calle San Saturnino, 2), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, que será facilitado en el Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, en Internet www.pamplona.es, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para su presentación.

El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas y adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacitado, expedida por órgano competente.

3.3. A la instancia se acompañará el justificante de haber abonado al Ayuntamiento de Pamplona la cantidad de 18,5 euros en concepto de pago de tasa por formalización de expediente y derechos de examen. El pago podrá realizarse mediante abono o transferencia a las cuentas del Ayuntamiento de Pamplona en las siguientes entidades financieras: Caja Navarra (2054 0152 31 1100003684), Caja Laboral Popular (3035 0039 34 0390900005) y Caja Rural de Navarra (3008 0001 14 1103447429) o en la Tesorería Municipal, Calle Mercado, 7-9, 2.º planta, en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

_Nombre y apellidos del aspirante.

_DNI/NIF.

_Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

_Concepto: Oposiciones.

_Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

3.4. Los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción, deberán adjuntar, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en el apartado 2.1.2.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Director del Area de Presidencia dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director del Area de Presidencia dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5._Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

_Presidente: Don Juan Luis Sánchez de Muniain Lacasia, Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda.

_Suplente: Don José Javier López Rodríguez, Concejal Delegado de Proyectos Estratégicos y Obras.

_Vocal: Don Enrique Maya Miranda, Director del Area de Urbanismo y Vivienda.

_Suplente: Don Javier Ayesa Usabiaga, Arquitecto del Area de Proyectos Estratégicos y Obras.

_Vocal: Don José Valdenebro García, Director del Area de Proyectos Estratégicos y Obras.

_Suplente: Don Ignacio Arrieta Elías, Arquitecto del Area de Urbanismo y Vivienda.

_Vocal: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.

_Suplente: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.

_Vocal Secretario: Don José Ignacio Alfonso Pezonaga, Arquitecto del Area de Proyectos Estratégicos y Obras.

_Vocal Secretario Suplente: Don Santiago San Martín Díez de Ulzurrun, Arquitecto del Area de Urbanismo y Vivienda.

El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6._Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de noviembre de 2007. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en desarrollar por escrito, en el plazo máximo de tres horas, dos temas elegidos al azar, de entre los contenidos en la Parte Primera del Anexo II. Se elegirá un tema del Bloque 1 y otro del Bloque 2.

Segundo ejercicio: De carácter teórico, consistirá en desarrollar por escrito, en el plazo máximo de tres horas, dos temas elegidos al azar, de entre los contenidos en la Parte Segunda del Anexo II. Se elegirá un tema del Bloque 1 y otro del Bloque 2.

Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de dos supuestos prácticos, propuestos por el Tribunal, relacionados con el puesto de trabajo, y sobre la materia comprendida en el Anexo II.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar hasta un máximo de 100 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

Primer ejercicio: Hasta un máximo de 25 puntos. Cada tema tendrá una puntuación máxima de 12,5 puntos.

Segundo ejercicio: Hasta un máximo de 25 puntos. Cada tema tendrá una puntuación máxima de 12,5 puntos.

Tercer ejercicio: Hasta un máximo de 50 puntos.

6.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada a cada uno de los ejercicios. Igualmente, en cualquier caso y en todos los ejercicios, quedará eliminado el aspirante que sea calificado con cero puntos en cualquiera de los temas de los ejercicios primero y segundo.

6.5. El segundo ejercicio se llevará a cabo por el sistema de plicas, y el tercero será leído por los aspirantes al Tribunal en acto público.

6.6. Terminada la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el del lugar de celebración la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, la fecha, lugar y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

6.7. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento que el Tribunal considere suficiente, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados. Quedarán también excluidos los aspirantes que no concurran a la lectura del ejercicio en la fecha fijada por el Tribunal.

6.8. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7._Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal publicará la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el del lugar de su celebración, y elevará al Director del Area de Presidencia, junto con la relación anterior y el expediente completo, propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas.

Los empates que se produzcan en el resultado final de las pruebas selectivas se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en los ejercicios de la oposición, considerados en su orden.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de notificación de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar al Area de Presidencia los siguientes documentos:

7.2.1. Aspirantes que no ostenten la condición de personal fijo al servicio del Ayuntamiento de Pamplona o de sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, salvo que se hubiera presentado con anterioridad.

c) Documento acreditativo de la condición de discapacitado de grado igual o superior al 33 por 100, en el caso de figurar incluido en la propuesta por el turno de reserva correspondiente y no haberlo presentado con anterioridad.

d) Informe expedido por los servicios médicos del Ayuntamiento de Pamplona acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Los aspirantes con discapacidad deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

e) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

g) Tarjeta de residencia en caso de ciudadanos que pertenezcan a la Unión Europea.

h) Permiso de residencia y trabajo, en caso de ciudadanos de países que no pertenezcan a la Unión Europea.

i) Libro de familia en el caso de ciudadanos incluidos en el párrafo segundo de la base 2.1.a)

Los aspirantes que ostenten la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Aspirantes que ostenten la condición de personal fijo del Ayuntamiento de Pamplona o de sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención. Los aspirantes del turno de promoción que hubieran acompañado a la instancia dicho título estarán exentos de su aportación.

b) Documento acreditativo de la condición legal de discapacitado de grado igual o superior al 33 por 100, en el caso de figurar incluido en la propuesta por el turno de reserva correspondiente y no haberlo presentado con anterioridad.

c) La documentación que para ser nombrado para el puesto de Arquitecto, al servicio del Ayuntamiento de Pamplona sea requerida por el Area de Presidencia.

Los aspirantes con discapacidad deberán aportar, además, una acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la Junta de Gobierno Local cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8._Elección de vacantes.

8.1. Los aspirantes que cumplan lo dispuesto en la base anterior comunicarán, en el plazo que a tal efecto les señale el Area de Presidencia, su preferencia por las vacantes de puesto de trabajo convocadas o aquellas que les sustituyan en atención a las necesidades del servicio, y se les pongan de manifiesto.

8.2. Los aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción, tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir las vacantes objeto de convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de este turno.

8.3. Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 tendrán preferencia en la elección de vacantes sobre los aspirantes del turno libre.

En el caso de que haya aspirantes con la discapacidad mencionada y ésta influya en las condiciones de desempeño de las distintas vacantes, con carácter previo a la elección se les adjudicarán las que resulten más acordes con su discapacidad, a la vista del informe que se emita al respecto.

9._Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

9.1 La Junta de Gobierno Local nombrará funcionarios del Ayuntamiento de Pamplona para desempeñar el puesto de trabajo de Arquitecto, y adjudicará las vacantes, mediante Resolución, a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. Dicho nombramiento se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

9.3. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Pamplona. En tales supuestos se estará a lo establecido en el apartado 7.4. de la convocatoria.

9.4. En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionarios y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4. de la convocatoria.

9.5. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.

10._Listas de aspirantes a la contratación temporal.

10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, comunes para todas las Areas y organismos autónomos del Ayuntamiento de Pamplona:

_Lista de aprobados sin plaza.

_Lista de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo.

10.2. Listas de aprobados sin plaza.

La Dirección del Area de Presidencia constituirá con los aprobados sin plaza del proceso selectivo, una lista de aspirantes a la contratación temporal de acuerdo con el procedimiento establecido en la base 10 de esta convocatoria.

Asimismo, remitirá esta lista a los órganos competentes de los organismos autónomos, para su gestión de conformidad con las normas que resulten de aplicación.

10.3. Aspirantes que no superen todos los ejercicios del proceso selectivo.

De conformidad con el procedimiento establecido en la base undécima de esta convocatoria, la Dirección del Area de Presidencia, constituirá una lista de aspirantes a la contratación temporal con los aspirantes que hayan obtenido, al menos, una puntuación de 6 puntos en el tercer ejercicio establecido en esta convocatoria.

11._Procedimiento de constitución de listas de aspirantes a la contratación temporal.

11.1. Recibido el expediente del Tribunal Calificador, por Resolución del Director del Area de Presidencia, se concederá a los aprobados sin plaza del procedimiento selectivo de ingreso, así como a los aspirantes que hayan obtenido al menos 6 puntos en el tercer ejercicio establecido en esta convocatoria, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación o publicación en el Boletín Oficial de dicha Resolución, para presentar la documentación que se indica a continuación:

_Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria, del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias de participación en el procedimiento de ingreso.

Dicha Resolución se publicará, conjuntamente con los listados del personal afectado, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona (Plaza del Mercado, trasera del Ayuntamiento).

Quienes dentro del plazo indicado no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán incluidos en las listas de aspirantes a la contratación temporal y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

11.2. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

11.3. Finalizado el plazo de presentación de documentación, por Resolución del Director del Area de Presidencia, se aprobarán, en su caso, las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona (Plaza del Mercado, trasera del Ayuntamiento):

a) Lista de aprobados sin plaza.

b) Lista de aspirantes que hayan obtenido, al menos, una puntuación de 6 puntos en el tercer ejercicio establecido en esta convocatoria, que no hayan resultado aprobados sin plaza.

11.4. El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

12._Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguiente recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO I

Don/doña .........................., mayor de edad, D.N.I./carta de identidad ....................., fecha de nacimiento [día/mes/año] ................, natural de [municipio/provincia] ...................., nacionalidad ..................., domicilio actual [calle, número, escalera, piso] ................, código postal/población .............., teléfono ............. teléfono móvil .............

Expone:

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

f Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

f Que aporta documentación acreditativa de la condición de minusválido, expedida por organismo competente.

Solicita:

Ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 5 plazas del puesto de trabajo de Arquitecto al servicio del Ayuntamiento de Pamplona, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ...... , de fecha ......................, en el turno que se indica:

f Turno libre

f Turno promoción *

f Turno restringido minusválidos *

(*) Unicamente cuando lo contemple la convocatoria.

Protección de datos. En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de 13-XII-1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso, se utilizarán exclusivamente para el ejercicio de las competencias municipales en el procedimiento de selección y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Pamplona, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (Calle Mercado, 7-9. 31001 Pamplona).

Pamplona, ....... de ................. de 20....

(Firma)

ANEXO II

TEMARIO

Parte I._Bloque 1.

Tema 1._La Ley Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra. Estructura. Principios generales. Las Entidades Locales de Navarra: Ayuntamientos, Concejos, Mancomunidades y otros entes locales. Sus competencias.

Tema 2._La Administración municipal. Organos municipales. La Alcaldía. El Pleno. La Junta de Gobierno. Otros órganos decisorios e informantes. Competencias y atribuciones de los órganos municipales en general. El Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Pamplona. La Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local.

Tema 3._El procedimiento administrativo y su Ley reguladora. Ambito de aplicación y principios generales. Los interesados. Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos: Iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución. El acto administrativo: Concepto, elementos, clases y requisitos. Notificación de resoluciones y actos administrativos. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo. El silencio administrativo. La revisión de actos en vía administrativa. Los recursos administrativos. El recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra.

Tema 4._Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: Estructura y análisis de su contenido. Clases de personal. Selección. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 5._La contratación administrativa en Navarra (I). La Ley Foral 6/2006, de contratos públicos y la Ley Foral 6/90 de la Administración Local de Navarra, en materia de contratación local: ámbito de aplicación de ambas y régimen jurídico. Requisitos para contratar con la Administración. Actuaciones administrativas preparatorias del contrato. Proposiciones de los interesados. La Mesa de contratación. Publicidad de las licitaciones. La adjudicación de contratos: procedimientos, perfección y formalización.

Tema 6._La contratación administrativa en Navarra (II). Ejecución de los contratos de obra: disposiciones generales; modificación y suspensión del contrato, subcontratación y cesión del contrato. Retribución y revisión de precios. Extinción e invalidez de los contratos: cumplimiento, recepción, causas de resolución y sus efectos.

Tema 7._La contratación administrativa en Navarra (III). Los contratos de obras, concesión de obras públicas, concesión de servicios, suministro, de asistencia: Características de cada uno de ellos.

Tema 8._La Arquitectura clásica. Tipología edificatoria. Evolución de los sistemas constructivos. Ordenes arquitectónicos.

Tema 9._Arquitectura románica. Arquitectura gótica. Tipos edificatorios más significativos y su evolución. Sistemas constructivos - evolución.

Tema 10._Arquitectura del renacimiento. Arquitectura barroca. Evolución de los tipos edificatorios. Sistemas Constructivos. Evolución de la ciudad y del espacio urbano.

Tema 11._Arquitectura neoclásica. Tipos arquitectónicos y su evolución. Ejemplos.

Tema 12._Arquitecturas durante el siglo XIX. Nuevos tipos y usos arquitectónicos. El hierro, la arquitectura de la máquina. El estilo internacional. Evolución de la ciudad.

Tema 13._El movimiento moderno, vanguardias. El organicismo, nuevos sistemas urbanos. Arquitecturas durante el siglo XIX. Nuevos tipos y usos arquitectónicos. El hierro, la arquitectura de la máquina.

Tema 14._Juicio crítico de la situación arquitectónica actual. Revisión de los postulados del movimiento moderno.

Parte I._Bloque 2.

Tema 15._Ley 3819/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Principios generales. Agentes intervinientes en la edificación (promotores, constructores, arquitectos y arquitectos técnicos), la intervención, facultades y responsabilidad. El Código Técnico de la Edificación. Concepto.

Tema 16._Proyectos y dirección de obras de arquitectura: Condiciones del proyecto, proyectos básicos y de ejecución; contenido del proyecto de edificación; control del proyecto. Condiciones en la ejecución de las obras de edificación, controles a realizar. Condiciones del edificio, el libro del edificio, uso y conservación del edificio.

Tema 17._Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio (SI): ámbito y criterios generales de aplicación. Condiciones particulares para el cumplimiento del DB-SI. Condiciones de comportamiento ante el fuego de los productos de construcción y de los elementos constructivos. Laboratorios de ensayo. Contenidos principales de las SI 1 a SI 6.

Tema 18._Exigencias básicas de salubridad (HS) "Higiene salud y protección del medio ambiente". Exigencias básicas de protección frente al ruido (HR). Exigencias básicas de ahorro de energía (HE).

Tema 19._Determinaciones de ordenación urbanística según la Ley Foral 35/2002, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Determinaciones estructurantes y pormenorizadas. El Plan General Municipal en municipios de más de tres mil habitantes: objeto, contenido documental, tramitación.

Tema 20._El Plan Municipal de Pamplona. Objetivos generales, por zonas y sectoriales. Contenido documental. Ambitos territoriales considerados y relación con la estructura normativa.

Tema 21._Catálogos. Objeto y contenido. El Catálogo del Plan Municipal de Pamplona. Grados de protección. Normativa aplicable.

Tema 22._Legislación sectorial que condiciona al planeamiento y a las licencias. Panorama general, características básicas de las leyes más importantes que afecten a Pamplona (aguas, patrimonio histórico, ruido, servidumbres de infraestructuras y comunicaciones, otras), influencia en los procesos de planeamiento y licencias.

Tema 23._Las Ordenanzas de Edificación y Urbanización de Pamplona. Contenido. Aplicación.

Tema 24._Planeamiento de desarrollo. Planes de Conjunto. Plan Parcial. Plan Especial. Estudio de Detalle. Tramitación. Contenido de todos ellos.

Tema 25._Régimen jurídico del suelo en virtud de las distintas calificaciones y clasificaciones. Derechos y deberes de los propietarios. Elementos de gestión urbanística. Area de Reparto. Aprovechamiento tipo. Unidades de ejecución. Delimitación y cálculo. Sistemas de actuación: enumeración y características principales. Concepto de reparcelación.

Tema 26._Valoraciones Urbanísticas. Criterios para determinar el valor de los terreros. Valor inicial y valor urbanístico.

Tema 27._Protección Pública a la vivienda en Navarra (I). Viviendas Protegidas: concepto, tipología y características constructivas. Precios máximos de venta y de alquiler y condiciones de los arrendamientos. Acceso a las viviendas, censo y adjudicación. Calificación provisional y definitiva.

Tema 28._Protección Pública a la vivienda en Navarra (II). Actuaciones protegibles en materia de rehabilitación: Presupuesto protegible, condiciones mínimas de los edificios y viviendas, cédulas de calificación provisional y definitiva. Areas de Rehabilitación Preferente. Proyectos de Intervención Global.

Tema 29._Decreto Foral 142/2004, por el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas en la Comunidad Foral de Navarra, y sus modificaciones. Normas generales. Condiciones básicas. Condiciones para viviendas de nueva creación. Excepciones. Obligatoriedad de la cédula.

Tema 30._Ley Foral 4/1988, sobre barreras físicas y sensoriales y reglamento de desarrollo para la misma (DF 154/89). Aspectos generales y específicos. Tipos de recorridos. Parámetros normalizados. Simbología y reservas. Ley Foral 22/2003, de modificación de la anterior.

Parte II._Bloque 1.

Tema 1._Organización de una obra. Control de tiempos y costos. Diagramas de Gantt. Sistemas Pert-tiempos. Probabilidades del cumplimiento de las previsiones. Sistemas Pert-costes. y C.P.M. Presupuestos de obras.

Tema 2._Movimiento de tierras y excavaciones. Tipologías. Control e inspección de dichas obras. Ensayos de campo y de laboratorio en mecánica de suelos.

Tema 3._Cimentaciones, pilotajes y muros de contención de tierras. Tipos, construcción, control e inspección.

Tema 4._Estructuras de hormigón armado y de acero laminado. Tipos. Control establecido en la normativa vigente. Pruebas de resistencia. Forjados. Tipología. Pruebas de carga. Distintivos de calidad y autorización de uso.

Tema 5._Cubiertas. Tipologías. Control. Normativa vigente.

Tema 6._Cerramientos exteriores. Carpintería exterior. Vidriería. Tipologías. Control. Normativa vigente.

Tema 7._Las instalaciones de fontanería y saneamiento, calefacción y agua caliente. Tipologías. Control e inspección. Normativa. Medición y valoración.

Tema 8._Instalaciones de electricidad en los edificios. Normativa. Pruebas de servicio. Distintivos de calidad en los materiales. Seguridad en instalaciones eléctricas. Control e inspección.

Tema 9._. La energía solar y su aplicación en los edificios. Principios de diseño solar pasivo. Principios y características básicas de las instalaciones solares fotovoltaicas. Instalaciones solares térmicas: elementos, tipología, dimensionado.

Tema 10._Seguridad y salud en las obras Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre. Disposiciones mínimas de Seguridad y salud en la contratación. Equipos de protección individuales y colectivos, especificaciones y utilización. Disposiciones de seguridad y salud en el uso de los equipos de trabajo. Proyecto de seguridad y salud. Plan de seguridad y salud en el trabajo.

Tema 11._Obras entre medianeras. Demoliciones y excavaciones. Recalces de cimientos. Bataches. Micropilotajes. Tipologías estructurales.

Tema 12._Humedades en la edificación. Tipos. Origen y efectos. Modos de detectarlas. Propuestas de actuación.

Tema 13._Refuerzos estructurales. Cimentaciones. Muros de carga. Estructuras de hormigón, madera y metálicas. Forjados. Cimentaciones.

Parte II._Bloque 2.

Tema 14._El proyecto de rehabilitación. Análisis, Diagnóstico. Patologías. El estudio del edificio y de sus elementos. Fases. La normativa técnica aplicable en la rehabilitación de edificios.

Tema 15._Obligaciones del propietario en la conservación de edificios. Ordenes de ejecución. Ejecuciones municipales sustitutorias. Obras en edificios fuera de ordenación.

Tema 16._Ruinas. Declaración de ruina. Sus clases. Competencias y procedimiento.

Tema 17._Licencias urbanísticas: Concepto. Actos sujetos a licencia. Competencia y procedimiento. Eficacia. Caducidad. Relación con las licencias de actividad clasificada.

Tema 18._Protección de la legalidad urbanística. El procedimiento sancionador de las infracciones urbanísticas. Definición de las infracciones. Personas responsables. Competencias y procedimiento.

Tema 19._Actividades clasificadas: Normativa aplicable en Navarra: Ley Foral 4/2005, de intervención para la protección ambiental y su reglamento: Autorizaciones ambientales integradas. Autorización de afecciones ambientales. Evaluación ambiental estratégica de planes y programas. Evaluación de impacto ambiental de proyectos.

Tema 20._Licencia municipal de actividad clasificada. Tipos de actividades y características de tramitación en función de la actividad a desarrollar. Licencia municipal de apertura. Espectáculos públicos y actividades recreativas. Normativa aplicable en Navarra: Ley Foral, catálogo, regulación sobre horarios.

Tema 21._Movilidad en la ciudad: Protección del peatón, fomento del transporte público, promoción de la bicicleta y política de aparcamientos. Estrategias y procedimientos para calmar el tráfico.

Tema 22._Urbanización y diseño urbano: El espacio del peatón. El espacio del movimiento (vehículos y transporte público). El espacio de aparcamiento. Diseño de infraestructuras ciclistas. Coexistencia de tráficos.

Tema 23._Urbanización y pavimentación: Condicionantes técnicos de la pavimentación. Tipología, materiales y secciones tipo.

Tema 24._Tratamientos paisajísticos en la tipología urbana: Diseños verdes en núcleos y ensanches históricos, polígonos y ensanches actuales, otros (parques deportivos, zonas fluviales ...). Referencia a la ciudad de Pamplona.

Tema 25._Factores condicionantes de la vegetación en ambientes urbanos. Diseño de estructuras verdes: Planeamiento, ejecución y mantenimiento en la gestión del arbolado.

Nota._Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, sin perjuicio de que el Tribunal Calificador pueda valorar adicionalmente la aportación de las modificaciones formativas que hubieran sido aprobadas con posterioridad a dicha fecha.

Pamplona, 11 de abril de 2007
El Concejal-Secretario de la Junta de Gobierno Local, José Iribas Sánchez de Boado.

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