BOLETÍN Nº 64 - 23 de mayo de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCION 278/2007, de 16 de marzo, del Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, por la que se fija el módulo económico de subvención para el año 2007 a los centros que atienden a menores en la modalidad de escolarización compartida en Unidades de Currículo Adaptado externas, y se autoriza el segundo abono de los mismos, correspondiente al curso 2006/2007.

Mediante la Orden Foral 90/1998, de 2 de abril, se dieron instrucciones y orientaciones para establecer respuestas educativas específicas para el alumnado de segundo ciclo de Educación Secundaria Obligatoria que precise medidas de promoción y compensación educativas.

La Ley Foral 17/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2007 incluye una partida presupuestaria denominada "Subvención a centros de atención a niños desescolari-zados: Granja Ilundain, Taller Echavacoiz y otros".

La Directora del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio de este Departamento, presenta un informe proponiendo los módulos de subvención correspondiente a cada centro que está prestando un servicio de atención a los alumnos que por su edad deben estar escolarizados en un centro de secundaria, y sin embargo, son atendidos fuera del mismo según sus características particulares, en el curso 2006/2007, en la modalidad de escolarización compartida en el marco de una Unidad de Currículo Adaptado (U.C.A.) externa, según lo establecido en el apartado undécimo de la Orden Foral 90/1998, de 2 de abril, y proponiendo la aprobación de la subvención correspondiente al periodo enero agosto del curso 2006/2007.

Hasta este momento a propuesta del Servicio de Atención a la Diversidad, Multiculturalidad e Inmigración, se ha autorizado la puesta en funcionamiento de tres Unidades de Currículo Adaptado externas en la Granja Escuela "Haritz Berri" de Ilundain, dos unidades en el Taller-Escuela "Etxabakoiz", de Pamplona, en el centro "La Ribera", de Cascante y en el Centro "Puente", de Puente la Reina; y una unidad en el Taller-Escuela "Lantxotegi", de Berriozar, y Taller-Escuela "El Castillo", de Tudela.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

RESUELVO:

1.º Aprobar el importe del módulo económico de subvención por unidad, de 81.066,17 euros, para el año 2007, con destino a las entidades sin ánimo de lucro, que están prestando un servicio de atención a alumnos menores de 16 años en unidades de Currículo Adaptado externas.

2.º El módulo de subvención fijado en el apartado 1.º de la presente Resolución tiene por objeto que el alumnado sea atendido en condiciones de gratuidad y reciban el currículo y las medidas de promoción y compensación educativas contenidas en la Orden Foral 90/1998, de 2 de abril.

La subvención habrá de utilizarse en los conceptos siguientes:

_Coste del personal formador: Profesorado y/o expertos.

_Gastos de funcionamiento, adquisición y amortización del equipamiento que se requiera.

_Otros costes indirectos.

En el coste del personal formador, salarios más cargas sociales, incluye una ratio de personal formador para impartir 30 horas semanales lectivas y un cuarto de jornada por unidad de personal complementario no docente.

3.º Dado el carácter experimental de la atención que se presta a este alumnado, las cuantías de los módulos económicos de subvención y las relaciones de personal formador por unidad subvencionada, fijadas en los apartados 1.º y 2.º de la presente Resolución son provisionales para el año 2007, sin que ello suponga prórroga alguna para los siguientes cursos.

4.º Conceder las subvenciones del periodo enero-agosto de 2007 a los centros que tienen autorizadas Unidades de Currículo Adaptado externas en el curso 2006/2007, cuyo importe asciende a 535.036,70 euros.

5.º Autorizar el abono de las cuantías equivalentes al 45% del módulo económico, a los centros y por las cantidades que se detallan a continuación, con un importe total de 401.277,58 euros:

Granja Escuela "Haritz Berri", de Ilundain, NIF G31725484, por tres unidades de currículo adaptado: 109.439,34 euros.

Fundación Taller-Escuela "Etxabakoiz", de Pamplona, NIF G31780562, por dos unidades de currículo adaptado: 72.959,56 euros.

Centro "Puente", de Puente la Reina, NIF Q3100108D por dos unidades de currículo adaptado: 72.959,56 euros.

"La Ribera", de Cascante, NIF G31729114, por dos unidades de currículo adaptado: 72.959,56 euros.

Taller-Escuela "Lantxotegi", de Berriozar, NIF G31279961, por una unidad de currículo adaptado: 36.479,78 euros.

Taller-Escuela "El Castillo", de Tudela, NIF G31031644, por una unidad de currículo adaptado: 36.479,78 euros.

El 15% restante se abonará en el último bimestre del año 2007, previa presentación de los justificantes indicados en el apartado noveno de la presente Resolución.

6.º La financiación de las subvenciones concedidas en el apartado 4.º de la presente Resolución, por una cuantía de 535.036,70 euros, podrán ser financiadas con cargo a la partida 410003 41140 4811 322D02, "Subvención a centros de atención a niños desescolarizados: Granja Ilundain, Taller Echavacoiz y otros", del Presupuesto de gastos para el ejercicio del año 2007.

7.º Autorizar un gasto de 535.036,70 euros y ordenar el abono de 401.277,58 euros a las entidades que se relacionan en el apartado quinto, correspon-dientes al segundo abono del curso 2006/2007, para los gastos originados por las Unidades de Currículo Adaptado externas que se encuentran en funcionamiento en el presente curso.

8.º Interesar del Departamento de Economía y Hacienda la extensión de los libramientos oportunos, por un importe total de 401.277,58 euros con cargo a la partida 410003 41140 4811 322D02, "Subvención a centros de atención a niños desescolarizados: Granja Ilundain, Taller Echavacoiz y otros", del Presupuesto de gastos para el ejercicio del año 2007.

9.º La Entidad titular beneficiaria de la subvención deberá presentar ante el Servicio de Centros y Ayudas al Estudio, antes del día 30 de septiembre de 2007, la siguiente documentación:

1._Justificación de los gastos de personal.

Cuando se trate de personal con contrato laboral, fotocopia compulsada de los contratos y de las nóminas firmadas por las personas que hayan trabajado en el programa, con expresión de sus nombres, D.N.I., titulación académica y categoría profesional según el Convenio colectivo que les afecte.

Justificantes de las cotizaciones de la Seguridad Social de los mismos, TC 1 y TC 2.

Justificantes de las retenciones de las cantidades correspondientes al I.R.P.F.

Cuando se trate de personal autónomo, fotocopia compulsada de los contratos de prestación de servicios y la liquidación del I.V.A. correspondiente.

2._Indice y relación numerada y ordenada de los recibos y facturas (originales y fotocopias) de los costes de funcionamiento, amortización del equipamiento y otros costes indirectos.

Certificado de haber incluido en el inventario de la Entidad, el material inventariable adquirido con cargo a la subvención.

La no justificación de la subvención percibida conllevará el reintegro de las cantidades no justificadas.

10.º Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la misma.

11.º Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

12.º Trasladar la presente Resolución a las entidades privadas interesadas, Interventor-Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación, Servicios de Centros y Ayudas al Estudio, Atención a la Diversidad, Multiculturalidad e Inmigración, Planificación Educativa, e Inspección Técnica y de Servicios, Sección de Centros Escolares y de su Financiación, y Negociados de Gestión Económica y Conciertos Educativos, a los efectos oportunos.

Pamplona, 16 de marzo de 2007
El Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, Fermín Villanueva Ferreras.

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