BOLETÍN Nº 58 - 9 de mayo de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

ORDEN FORAL 440/2006, de 27 de noviembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se concede Autorización ambiental integrada para la actividad de explotación de ganado porcino (reproductoras), promovida por Granja la Serna, S.A., en término municipal de Mendigorria, y se formula Declaración de impacto ambiental sobre el proyecto presentado.

Esta instalación está incluida en el Anejo I, epígrafe 9.3 c), "Instalaciones destinadas a la cría intensiva de aves de corral o de cerdos que dispongan de más de 750 emplazamientos para cerdas", de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; y en consecuencia, está sometida al régimen de autorización ambiental integrada.

Asimismo, esta instalación está incluida en el Anejo 2B, epígrafe 9.1 d), "Instalaciones destinadas a la cría intensiva de aves de corral o de ganado vacuno o porcino, que dispongan de más de 750 emplazamientos para cerdas", de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental; y en consecuencia, está sometida al régimen de autorización ambiental integrada.

Por otro lado, la instalación existente está incluida en el grupo 1, apartado e), del Anexo I de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental.

El expediente ha sido tramitado e informado conforme a lo indicado en la Ley 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, incluyéndose en el proceso de otorgamiento de autorización ambiental integrada las actuaciones en materia de evaluación ambiental prevista en Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental.

En el Anejo IV de la presente Orden Foral se incluye un resumen de la tramitación administrativa que se ha llevado a cabo. No se han presentado alegaciones al proyecto durante el trámite de exposición pública.

En uso de las facultades que tengo conferidas por la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental,

ORDENO:

1.º Conceder Autorización ambiental integrada para la explotación ganadera de porcino de producción de lechones hasta 20 kg, cuyo titular es Granja la Serna, S.A., ubicada en término municipal de Mendigorria, polígono 2, parcela 92.

2.º Formular Declaración de impacto ambiental para el proyecto de instalación, considerando que el proyecto es ambientalmente viable.

3.º Otorgar autorización de actividad en suelo no urbanizable, según lo previsto en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

4.º Desarrollar la actividad de acuerdo con las condiciones contempladas en el Proyecto Básico de solicitud de autorización ambiental integrada y en el resto de la documentación adicional incluida en el expediente administrativo número 490/05 (AAI), y en cualquier caso, cumpliendo las medidas incluidas en los Anejos II de esta Orden Foral.

5.º La presente autorización ambiental integrada tiene un plazo de vigencia de ocho años. Con una antelación mínima de diez meses a la fecha de vencimiento, el titular deberá solicitar su renovación, de acuerdo al procedimiento administrativo que se establecerá reglamentariamente.

6.º Para llevar a cabo cualquier modificación de la actividad, el titular deberá comunicarlo previamente a la Dirección General de Medio Ambiente, indicando razonadamente, si considera que se trata de una modificación sustancial o no sustancial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental.

7.º Inscribir en el registro de Pequeños Productores de Residuos Peligrosos de Navarra con el número PP/1315/NA/2006, de conformidad con lo establecido en el Decreto Foral 312/1993. Los residuos peligrosos que podrá producir son los incluidos en el Anejo III de esta autorización ambiental integrada.

8.º Publicar la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

9.º Señalar que contra esta Orden Foral, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

10.º Notificar esta Orden Foral a Granja la Serna, S.A., al Ayuntamiento de Mendigorria, al Servicio de Integración Ambiental y al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, a los efectos oportunos.

Nota: Los anexos a que se refiere la presente Orden Foral estarán a disposición de los interesados en las dependencias del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, sitas en Pamplona, Avenida del Ejército 2, bajo (Nivel 8, Servicio de Integración Ambiental).

Pamplona, 27 de noviembre de 2006
El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, José Andrés Burguete Torres.

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