BOLETÍN Nº 51 - 25 de abril de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

RESOLUCION 497/2007, de 3 de abril, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se ordena la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra del acuerdo del Consejo Social por el que se determinan las retribuciones del Secretario del Consejo Social.

En uso de las competencias que me han sido conferidas por el artículo 40 de los Estatutos de la Universidad aprobados por Decreto Foral 110/2003, de 12 de mayo, se ordena la publicación del Consejo Social por el que se determinan las retribuciones del Secretario del Consejo Social, que se transcribe a continuación:

ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINAN LAS RETRIBUCIONES DEL SECRETARIO DEL CONSEJO SOCIAL

La Ley Foral 20/1994, de 9 de diciembre, del Consejo Social de la Universidad Pública de Navarra, establece en su artículo 12 la competencia del Consejo Social para determinar las retribuciones del Secretario del Consejo Social, "en función del grado de dedicación que establezca para dichos cargos el Reglamento de organización y funcionamiento". Este Reglamento determina en su artículo 36 que "la dedicación del Secretario será la propia de jornada completa", a la vez que establece, en el artículo 35, las funciones del Secretario. Procede ahora adecuar estas retribuciones a las tareas que desarrolla el Secretario del Consejo Social.

A propuesta del Presidente del Consejo Social, y a la vista del Informe de la Comisión Económica, el Consejo Social adopta el siguiente

ACUERDO 3/2007

Primero._De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley Foral 20/1994, de 9 de diciembre, del Consejo Social de la Universidad Pública de Navarra, las retribuciones para el año 2007 del Secretario del Consejo Social se fijan en un importe anual de 50.936,54 euros, referido a catorce mensualidades, sin perjuicio de la percepción, en el caso de que sea funcionario, de la retribución por antigüedad y grado que pudiera corresponderle de acuerdo con la normativa vigente.

Segundo._El presente acuerdo tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2007.

Tercero._Trasladar el presente acuerdo al Gerente y a la Directora del Servicio de Recursos Humanos.

Cuarto._Publicar el presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Quinto._Trasladar el presente acuerdo al Rector para su ejecución.

El Presidente del Consejo Social, Jesús Irurre Arigita.

Pamplona, 3 de abril de 2007
El Rector, Pedro Burillo López.

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