BOLETÍN Nº 39 - 30 de marzo de 2007

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

CORELLA

Notificación sanción expediente sancionador

Intentada la notificación a Miguel Igea Martinez y no habiéndose podido practicar, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero:

Se hace saber a Miguel Igea Martinez que el señor Alcalde del muy ilustre. Ayuntamiento de Corella con fecha 19 de febrero de 2007, adoptó la siguiente Resolución:

"Visto el expediente seguido a Miguel Igea Martinez, domiciliado en Corella (Navarra) en calle Molinillo-Cañete, 6, 3 A, como responsable de una infracción reguladora del artículo 34.3 b de la Ley 10/1998, de 21 de abril de Residuos.

Resultando que mediante denuncia de fecha 06-10-2006, de la que se dio traslado al infractor, formulada por la policía Municipal, se puso en conocimiento de esta Alcaldía la realización de los siguientes hechos: que el día 30-03-2006 se retira al depósito municipal el vehículo con matrícula NA-8756-X, propiedad de Miguel Igea Martinez, estacionado en la vía pública.

Resultando que mediante Resolución de fecha 06-10-2006, se procedió a la incoación de expediente sancionador y se puso en conocimiento del inculpado la identidad de la Autoridad competente para resolver el expediente y la del Instructor del procedimiento, con expresa indicación del régimen de recusación de los mismos.

Considerando que dentro del plazo establecido no se ha presentado escrito de descargo y alegaciones por lo que procede dictar Resolución sancionadora.

Considerando que el órgano competente para sancionar a tenor del artículo 37.2 de la Ley 10/1998, de 21 de abril de Residuos es el Alcalde.

Considerando que el procedimiento seguido ha observado todos los trámites legales y reglamentarios establecidos y los principios informadores de la potestad sancionadora, respetando los derechos del presunto responsable y teniendo en cuenta las circunstancias adversas y favorables al infractor.

Considerando que los hechos probados son constitutivos de infracción administrativa grave, de conformidad con la tipificación establecida en el artículo 34.3 b de la Ley 10/1998, de 21 de abril de Residuos.

Vistos los antecedentes mencionados, las disposiciones citadas y las demás normas de general y pertinente aplicación, he tenido a bien dictar la siguiente resolución:

Primero: Sancionar a Miguel Igea Martinez, con la multa de 601,02 euros, como responsable de la infracción administrativa consistente en abandonar su vehículo con matrícula NA-8756-X, en la vía pública.

Segundo: Notifíquese la presente Resolución al interesado".

De todo lo cual le doy traslado para su conocimiento y efectos, en su condición de interesado en el expediente.

Corella, 23 de febrero de 2007
El Alcalde, Ramón Miguel Jiménez González.

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