II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
2.3. OTRAS DISPOSICIONES
2.3.5. Otros
ESTERIBAR
Modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Esteribar en Zubiri
A tenor de la Orden Foral número 579/2001, de 14 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprobó definitivamente el expediente de modificación de las NNSS de Esteribar, referido a la ADU5 a) de Zubiri, promovido por Julián Lauroba López, que fue publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 66, de 30 de mayo de 2001, se procede a publicar el texto normativo conforme el artículo 70-2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local.
2._NORMATIVA URBANISTICA
1._Superficie: 2.862 m².
2._Clasificación urbanística: Suelo urbano.
3._Calificación general: Zonificación residencial intensivo: 2.862 m². Aprovechamiento global de 7 viviendas. Edificabilidad: 0,7 m²/m².
4._Condiciones de planeamiento: Definido por esta modificación. Urbanización se redactará P º
5._Condiciones de actuación: actuación directa privada. Condiciones de asignación de aprovechamiento: definidas en la presente modificación. Cesiones: superficie de ordenación no parcelada (2.462 m²).
6._Calificación pormenorizada: Residencial intensivo.
7._Condiciones de volumen y edificación: alineaciones y rasantes: Definidas en la presente modificación. Definición volumétrica de la edificación: Viviendas unifamiliares adosadas. Pérfil: SS+PB+P1+P2. H máx.10 m. Pendiente máx.cubierta: 50%. Semisótano.
Esteribar, 7 de marzo de 2007
El Alcalde-Presidente, Francisco Javier Borda Garde.
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