BOLETÍN Nº 35 - 21 de marzo de 2007

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de Primera Instancia número Dos de Pamplona

Edicto cédula notificación general

En el procedimiento Ejecución, número 1212/2005 instado por Banco de Vasconia contra Ibermol, S.A.L., e Iruña 20, S.L., se ha dictado el auto número 138/07, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

S.S.ª, ante mí, la Secretaria, dijo: Que debía adjudicar y adjudicaba la finca número 5.509, cuya descripción registral consta en el segundo antecedente de hecho de esta resolución, a favor de Banco de Vasconia, S.A., con NIF número a/31-000417, por un importe de 88.626,05 euros (ochenta y ocho mil seiscientos veintiséis con cinco euros).

Facilítese al adjudicatario un testimonio de la presente resolución para que le sirva de título y para liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Se cancela y deja sin efecto la inscripción causada con motivo del presente procedimiento, y todas aquellas anotaciones e inscripciones posteriores que figuran en el hecho tercero y las que hubiesen podido causarse con posterioridad a la expedición de la certificación a que se refiere el artículo 688 de la L.E.C. A tal fin, líbrese Mandamiento al Registrado del la Propiedad, por duplicado, una vez firme la presente resolución.

Así lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.

Esta resolución no es firme, contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Iruña 20, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Pamplona, 20 de febrero de 2007
La Secretaria, firma ilegible.

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