BOLETÍN Nº 29 - 7 de marzo de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

ACUERDO de 5 de febrero de 2007, del Gobierno de Navarra por el que se aprueba la firma de un Plan de Actuación conjunta entre la Entidad Pública Empresarial Red. Es y el Gobierno de Navarra para el desarrollo del programa "Registro Civil en Línea" incluido en el Plan Avanza, se autoriza la firma de un Acuerdo de Colaboración con la Federación Navarra de Municipios y Concejos para el fomento de la informatización de los Registros delegados de Navarra, y se autoriza al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior para la concesión de subvenciones de forma directa a Ayuntamientos de Navarra para dicha finalidad.

El Gobierno de Navarra aprobó el II Plan de Actuación para la Promoción de la Sociedad de la Información y las Telecomunicaciones en la Comunidad Foral de Navarra.

El Consejo de Ministros aprobó el día 4 de noviembre de 2005 el Plan Avanza, una de cuyas áreas de actuación es la de los Servicios Públicos Digitales, con medidas que permitan ampliar la oferta y calidad de los servicios prestados actualmente por las Administraciones Públicas, aumentar la calidad de vida, el crecimiento económico y la participación en la Sociedad de la Información.

En este, marco el Gobierno de Navarra suscribió, con fecha 27 de junio de 2006 con el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, un Plan Conjunto de Colaboración para el desarrollo del Plan Avanza en la Comunidad Foral de Navarra. Por otra parte, el 17 de mayo de 2006, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Presidente de la Entidad Pública Empresarial Red.es, suscribieron con el Ministro de Justicia un Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Justicia y la Entidad Pública Empresarial Red.es para la puesta en marcha del Programa Registro Civil en Línea, incluido en el Plan Avanza.

En la cláusula tercera de dicho Convenio Marco se establece que las Comunidades Autónomas que participen en el desarrollo de las acciones previstas en el mismo, suscribirán con Red.es los oportunos documentos bilaterales describiendo el alcance y contenido de las actuaciones que correspondan a cada una de las partes, conforme a lo dispuesto en dicho Convenio.

El Gobierno de Navarra en su labor de mejora continua de los Sistemas de Información al servicio de la Administración de Justicia ha dotado a los llamados Registros Civiles Principales, es decir, los correspondientes a los municipios que son cabecera de Partido Judicial (Pamplona, Tudela, Estella, Tafalla y Aoiz) y que se encuentran en las sedes judiciales, de todas las herramientas básicas y específicas, tanto telemáticas como informáticas precisas y también de la aplicación Inforeg para la inscripción de todas las situaciones que afectan al registro civil de las personas y para su certificación en papel y vía web, y pretende ahora instalar todas las funcionalidades de esta aplicación en los llamados Registros Civiles delegados, es decir, los que dependen de los Ayuntamientos de Navarra que no son cabecera de Partido Judicial, y que son doscientos sesenta y siete.

Procede ahora suscribir con Red.es, un Plan de Actuación conjunta para el desarrollo del Programa Registro Civil en Línea, incluido en el Plan Avanza, con la finalidad de dotar de conectividad, equipamiento informático y soporte a los Registros Civiles delegados de la Comunidad Foral de Navarra, implantar en estos la aplicación informática INFOREG y formar a los responsables en su uso.

El artículo 93 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, dispone que la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y las demás Administraciones Públicas podrán concertar planes de actuación conjunta cuando, en un determinado sector administrativo concurran intereses comunes, atribuyendo la facultad de aprobar los referidos planes de actuación al Gobierno de Navarra, mediante Acuerdo, o a cualquiera de sus miembros.

El Director del Servicio de Modernización de la Administración de Justicia ha informado favorablemente el contenido del Plan de Actuación conjunta para el desarrollo del Programa "Registro Civil en línea", incluido en el Plan Avanza, y el Director del Servicio de Promoción de la Sociedad de la Información y las Telecomunicaciones ha emitido asimismo su informe favorable.

En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta de los Consejeros de Presidencia, Justicia e Interior y de Economía y Hacienda,

ACUERDA:

1.º Aprobar el Plan de Actuación conjunta para el desarrollo del Programa "Registro Civil en línea", incluido en el Plan Avanza, a suscribir entre el Departamento de Presidencia, Justicia e Interior y la Entidad pública empresarial Red.es, cuyo texto se incorpora como Anexo número 1 al presente Acuerdo.

2.º Autorizar un gasto por importe total de 541.056 euros para los ejercicios de 2007 y 2008, imputando la cantidad de 180.000 euros a la partida 060001-06000-7609-112100 "Convenios con Ayuntamientos para informatización de Juzgados de Paz", del Presupuesto de Gastos de 2007, y la cantidad de 361.056 euros a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos de 2008.

3.º Autorizar al Excelentísimo Señor Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, para la firma del Plan de Actuación conjunta.

4.º Autorizar al Excelentísimo Señor Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, para la firma del Acuerdo de Colaboración entre el Gobierno de Navarra y la Federación Navarra de Municipios y Concejos, para el fomento de la informatización de los Registros Civiles delegados de Navarra, que se incorpora a este Acuerdo como Anexo número 2.

5.º Autorizar al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior para la concesión de subvenciones de forma directa a los Ayuntamientos que se adhieran a la implantación del programa Registro Civil en línea, en los términos señalados por el Plan de Actuación conjunta y por el punto primero del Acuerdo a suscribir con la Federación Navarra de Municipios y Concejos, de conformidad con las circunstancias concretas de cada Ayuntamiento.

6.º Ordenar la publicación de este Acuerdo y del Plan de Actuación Conjunta en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

ANEXO NUMERO 1

Plan de actuación conjunta entre la entidad pública empresarial Red.es y el Gobierno de Navarra para el desarrollo del programa "Registro Civil en Línea" incluido en el Plan Avanza

En Madrid, a ... de enero de 2007.

En presencia de don Juan Fernando López Aguilar, Ministro de Justicia del Gobierno de la Nación.

Reunidos:

De una parte, el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de Navarra, Excelentísimo Señor don Javier Caballero Martínez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre.

De otra parte, el Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, don Sebastián Muriel Herrero, facultado para este acto en virtud de las facultades delegadas a su favor de acuerdo con el Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Red.es.

El Gobierno de Navarra y Red.es podrán ser denominadas, individualmente, "la parte" y, de forma conjunta, "las partes".

Ambas partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente Plan de Actuación conjunta y en su virtud,

Exponen:

Primero._Que con fecha 17 de mayo de 2006 el Ministerio de Justicia y la Entidad Pública Empresarial Red.es suscribieron el "Convenio Marco de Colaboración para la puesta en marcha del programa "Registro Civil en Línea" incluido en el Plan Avanza" (en adelante el "Convenio Marco de Colaboración").

Segundo._Que en la Cláusula Tercera del Convenio Marco de Colaboración se establece que: "Las Comunidades Autónomas que así lo deseen podrán participar en el desarrollo de las acciones previstas en el presente Convenio asumiendo los derechos y obligaciones que les correspondan en los términos y condiciones recogidos en el mismo mediante la suscripción de Convenios específicos, que figurarán como adendas a este Convenio Marco."

Tercero._Que con fecha 27 de junio de 2006 el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Foral de Navarra suscribieron el Plan conjunto de colaboración para el desarrollo del Plan Avanza, con el fin de conseguir la adecuada utilización de las TIC, y así, contribuir al éxito de un modelo de crecimiento económico basado en el incremento de la productividad y la competitividad, en la promoción de la igualdad social y regional, en la accesibilidad universal y en la mejora del bienestar y de la calidad de vida de los ciudadanos.

Cuarto._Que el Gobierno de Navarra, en ejercicio de sus competencias para la provisión de medios materiales y económicos al servicio de la Administración de Justicia, apuesta por continuar en el camino de la implantación de cuantas herramientas informáticas y telemáticas puedan mejorar el ejercicio de las funciones encomendadas a la Administración de Justicia en Navarra y, en definitiva, a mejorar la accesibilidad de los ciudadanos al servicio público de la Justicia en dicha Comunidad.

Una de las funciones que la legislación vigente encomienda en la actualidad a la Administración de Justicia es la del Registro Civil de las personas.

Quinto._Que Red.es, Entidad Pública Empresarial, adscrita al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a través de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, tiene encomendada la gestión de actuaciones encaminadas a la promoción y al desarrollo de la Sociedad de la Información en todos los ámbitos de la actividad económica y social, incluida la gestión de los fondos comunitarios previstos para estos fines en el "Programa Operativo FEDER Sociedad de la Información" de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3 del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Red.es.

Sexto._Que las partes entienden que la extensión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (en adelante "TIC") en materia de Registro Civil es sin duda indispensable para conseguir un Registro capaz de satisfacer las necesidades de los ciudadanos de la sociedad actual, que requieren la existencia de Registros Públicos que permitan inscribir y acceder a la información inscrita de una forma fácil y rápida.

Habida cuenta del proceso global de modernización e informatización de los Registros Civiles, resulta imprescindible para su efectiva implantación, que todos los órganos registrales estén conectados y que dispongan de la infraestructura y equipamiento adecuados para posibilitar el uso generalizado de las nuevas herramientas de gestión y sistemas desarrollados, así como para facilitar el intercambio de información.

Por tanto es necesario informatizar y conectar los Registros Civiles delegados por medio de la aplicación INFOREG, al objeto de extender también a este tipo de órganos el proyecto de informatización de los Registros Civiles, formando adecuadamente al personal que lo gestione.

Septimo._Por todo ello, se hace necesario que las distintas Administraciones Públicas que desarrollan sus funciones y competencias en la órbita del Registro Civil realicen las actuaciones necesarias para incorporar definitivamente dicho Registro a la sociedad de la información.

En este sentido y conforme a lo establecido en las Cláusula Cuarta y Quinta del Convenio Marco, el Ministerio de Justicia colaborará con Red.es en la implantación de INFOREG y en la formación en su uso en los Registros Civiles delegados, asumiendo la realización de estas actuaciones por un importe máximo de 1.981.083 euros, así como en la digitalización y grabación de libros registrales anteriores a la fecha de implantación de la aplicación INFOREG.

Octavo._Para la consecución de este objetivo las partes, con la colaboración del Ministerio de Justicia, entienden que es necesario llevar a cabo actuaciones conjuntas, en el marco establecido en el presente Plan de Actuación conjunta, para definir, desarrollar e implantar infraestructuras, aplicaciones informáticas y herramientas de gestión en las oficinas registrales así como colaborar estrechamente en la digitalización y grabación de los libros registrales.

Noveno._Que el Gobierno de Navarra ha llevado a cabo diferentes iniciativas para extender e implantar el uso de las TIC en el ámbito de los Registros Civiles existentes en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra

La situación actual en relación con tales actuaciones se especifica en detalle en el documento que, bajo la rúbrica "Situación de partida", se acompaña como Anexo I al presente Plan de Actuación conjunta (en adelante, "el Plan conjunto").

En este Anexo se refleja también la situación de partida de los Registros Civiles delegados.

Décimo._Que las actuaciones que las partes acuerdan poner en marcha en la Comunidad Foral de Navarra tomando como punto de partida las soluciones adoptadas en las iniciativas referidas en el Expositivo Noveno anterior, aparecen descritas en el documento que se acompaña al presente Plan conjunto como Anexo II bajo la rúbrica "Actuaciones a realizar".

Undécimo._Que las actuaciones que es necesario ejecutar en la Comunidad Foral de Navarra, van encaminadas a la integración de las TIC en el ámbito de los Registros Civiles delegados y, en concreto, a cumplir una serie de objetivos cuyos indicadores aparecen referidos en el documento que se aneja al Plan conjunto como Anexo III bajo la rúbrica "Seguimiento de las actuaciones".

Duodécimo._Igualmente, las partes consideran necesaria la digitalización y grabación de los libros registrales a fin de que cualquier Registro Civil pueda consultar por medios telemáticos los datos inscritos por otros órganos. En este sentido, y dentro del ámbito de sus respectivas actuaciones, pondrán todos los medios a su alcance en la realización de este proyecto.

Decimotercero._Que las partes coinciden en la necesidad de aunar esfuerzos para aumentar la eficacia de los servicios públicos aprovechando el potencial que ofrecen las TIC y, a su vez, acelerar la convergencia con Europa en este ámbito. En este sentido, las actuaciones previstas en el presente Plan conjunto se enmarcan dentro del Plan Avanza a través del cual se pretende, entre otros, impulsar la puesta a disposición de nuevos servicios públicos en línea más accesibles, eficientes y que favorezcan la mejora de la calidad de vida.

Que con base en lo expuesto anteriormente, el Gobierno de Navarra y Red.es acuerdan suscribir el presente Plan conjunto, al objeto de desarrollar las actuaciones referidas en el Expositivo Décimo anterior.

En virtud de lo anterior, las partes

ACUERDAN:

Primera._Objeto del Plan conjunto.

El objeto del presente Plan conjunto es la ejecución en la Comunidad Foral de Navarra de las actuaciones del Programa "Registro Civil en Línea" incluido en el Plan Avanza, de acuerdo con lo establecido en el Convenio Marco de Colaboración.

Estas actuaciones están destinadas a incorporar definitivamente el Registro Civil a la sociedad de la información y, en particular, a acelerar la efectiva integración de las TIC en todos los Registros Civiles de la Comunidad Foral de Navarra, en los términos y condiciones previstos en el Convenio Marco de Colaboración.

Segunda._Actuaciones a realizar.

Las actuaciones a realizar por las partes, tomarán como punto de partida, la situación actual de los Registros Civiles en cuanto a equipamiento, conectividad a Internet de banda ancha e implantación de INFOREG, que se recoge en el Anexo I.

El presente Plan conjunto servirá para instrumentalizar la ejecución en la Comunidad Foral de Navarra de las siguientes actuaciones, conforme a lo establecido en las Cláusulas Cuarta y Quinta del Convenio Marco de Colaboración:

2.1. Dotar de conectividad, equipamiento informático y soporte a los Registros Civiles delegados de la Comunidad Foral de Navarra.

El Gobierno de Navarra y Red.es desarrollarán las actuaciones encaminadas a dotar a los Registros Civiles delegados del equipamiento, conectividad y soporte necesarios para la implantación de la aplicación INFOREG.

La Comisión de Seguimiento determinará la configuración del equipamiento informático que mejor se adapte para cumplir con los objetivos del Plan conjunto.

Las actuaciones a realizar tendrán como finalidad dar el soporte necesario a la actividad registral utilizando la versión de INFOREG que en cada momento determine y proporcione el Ministerio de Justicia.

2.2. Implantar en los Registros Civiles delegados la aplicación informática INFOREG y formación para su uso

Red.es, con la colaboración del Gobierno de Navarra implantará la aplicación INFOREG en los Registros Civiles delegados, y organizará y gestionará la impartición de la formación que precise el personal de los Registros Civiles delegados para hacer uso de la nueva aplicación INFOREG.

La formación se proporcionará sobre la versión de INFOREG determinada por el Ministerio de Justicia, en los términos del apartado 2.1.

El Ministerio de Justicia, conforme a lo establecido en la Cláusula Quinta del Convenio Marco de Colaboración, realizará la formación de los formadores y proporcionará los materiales necesarios.

La Comisión de Seguimiento determinará la estrategia de formación que se considere más eficaz pudiendo incorporar entre otros mecanismos, formación telemática, formación in situ y jornadas formativas centralizadas.

2.3. Ejecución del proyecto de grabación y digitalización de los libros registrales:

Red.es ejecutará las actuaciones necesarias para la grabación y digitalización de los libros registrales, en los términos previstos en la Cláusula Quinta del Convenio Marco de Colaboración. El Gobierno de Navarra apoyará a Red.es en todo lo necesario para que Red.es pueda llevar a cabo el proyecto de grabación y digitalización de los libros registrales.

Tercera._Seguimiento de las Actuaciones

El Gobierno de Navarra, el Ministerio de Justicia y Red.es, conforme a lo acordado en la Cláusula Duodécima del Convenio Marco de Colaboración, desarrollarán actividades de seguimiento que permitan conocer el estado y grado de avance de la implantación y uso de las TIC en los órganos registrales ubicados en su ámbito territorial, llevando a cabo los estudios cuantitativos y cualitativos necesarios para obtener dicha información.

Como primera fase de realización de dichos estudios, el Gobierno de Navarra proporcionará los datos de partida contemplados en el Anexo I y realizará las mediciones necesarias para el cálculo de los indicadores comprendidos en el Anexo III del presente Plan conjunto. Además actualizará los indicadores del Anexo III de forma periódica en la forma y plazos que establezca la Comisión de Seguimiento. Mediante acuerdo de la Comisión de Seguimiento, las partes podrán establecer indicadores adicionales o diferentes que resulten adecuados para medir el impacto de las actuaciones.

Asimismo, el Gobierno de Navarra proporcionará la colaboración e información necesarias para la realización de las acciones que se emprendan a los efectos de realizar un seguimiento exhaustivo de la ejecución e impacto de las actuaciones llevadas a cabo en ejecución del Plan conjunto, tales como encuestas, visitas a los órganos registrales o herramientas de evaluación y seguimiento.

Cuarta._Inversiones

4.1. La inversión total a realizar en la Comunidad Foral de Navarra en las actuaciones objeto del presente Plan conjunto es de 901.760 euros.

4.2. El importe que corresponde a Red.es para desarrollar las actuaciones referidas en los apartados 2.1 y 2.2 de la Cláusula Segunda asciende a 360.704 Euros. Este importe incluye las acciones formativas a realizar por el Ministerio de Justicia conforme a lo establecido en el apartado 2.2 que, de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo II del Convenio Marco, suponen 39.255,15 euros.

4.3. Por su parte, el importe que corresponde al Gobierno de Navarra para desarrollar las actuaciones descritas en los apartados 2.1 y 2.2 de la Cláusula Segunda asciende a 541.056 euros.

4.4. Red.es no invertirá un porcentaje superior al 75% de la cantidad prevista en el apartado 4.2 en tanto el Gobierno de Navarra no certifique al menos un 75% de su inversión prevista en el apartado 4.3, de acuerdo a los mecanismos previstos por la Comisión de Seguimiento, y no se verifique que las acciones desarrolladas por ambas partes hasta ese momento han tenido un impacto significativo en la mejora de la eficiencia de los trámites registrales efectuados por los Registros Civiles delegados. Al objeto de verificar este extremo, las partes presentarán a la Comisión de Seguimiento del Plan conjunto un balance de las actuaciones realizadas así como su impacto en los indicadores de seguimiento previstos en el Anexo III.

En ningún caso Red.es realizará la totalidad de la inversión prevista el apartado 4.2, sin que la Comunidad Foral de Navarra previamente haya efectuado la totalidad de la inversión que le corresponde realizar de conformidad con lo establecido en el apartado 4.3.

Quinta._Certificación de las obligaciones de inversión.

5.1. Cumplimiento de la obligación de inversión por el Gobierno de Navarra.

A efectos del cumplimiento de la obligación de inversión prevista en el apartado 4.3, se computará como inversión realizada por el Gobierno de Navarra únicamente el importe de aquellas obligaciones de contenido económico que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que se reconozcan con cargo a su presupuesto o, en su caso, al de un Organismo Público o de una sociedad participada por el Gobierno de Navarra.

b) Que tengan por causa bienes o servicios incluidos en el presente Plan conjunto.

c) Que la fecha de reconocimiento de la obligación sea posterior a la fecha de la firma del presente Plan conjunto.

El Gobierno de Navarra justificará la inversión realizada mediante certificación emitida y firmada por las personas que señale la Comisión de Seguimiento. El Gobierno de Navarra emitirá las certificaciones con la periodicidad que determine la Comisión de Seguimiento.

La Comisión de Seguimiento, acordará los instrumentos destinados a certificar la efectiva prestación de las actuaciones objeto del presente Plan conjunto.

No obstante lo señalado anteriormente, la certificación de la inversión recogida en el apartado 4.3 de la Cláusula Cuarta comprenderá el importe total de las obligaciones de contenido económico reconocidas por los órganos competentes encargados de desarrollar las actuaciones previstas en el presente Plan conjunto, y se acompañará de una relación individualizada de estas obligaciones, o bien de los documentos contables que las reflejen, debiendo coincidir el total de la relación con el importe de la certificación firmada. En ambos casos deberá constar en la relación, la fecha de reconocimiento de la obligación, su cuantía, los bienes o servicios que la han generado, el número de expediente que origina dicha obligación y el órgano que la ha reconocido.

5.2. Cumplimiento de los requisitos técnicos

a) El Gobierno de Navarra asegura a Red.es que los Registros Civiles delegados que se beneficien de las actuaciones previstas en el presente Plan conjunto, cumplirán los requisitos técnicos necesarios para que los bienes y servicios proporcionados por la Entidad resulten inmediatamente operativos.

b) El Gobierno de Navarra proporcionará un listado de direcciones y teléfonos de los Registros Civiles delegados en los que se vaya a actuar, así como los datos de la persona de contacto, que será el encargado de firmar el acta de aceptación de la actuación. Asimismo, deberá incluir el detalle de la actuación.

c) El Gobierno de Navarra, con la colaboración del Ministerio de Justicia, habrá de habilitar los mecanismos necesarios para garantizar la interoperabilidad de los sistemas informáticos de la Administración de Justicia en Navarra, con los del Ministerio de Justicia, de manera que la implantación de INFOREG, así como sus versiones posteriores, permitan realizar la gestión telemática de las inscripciones registrales y la gestión de datos registrales digitalizados.

d) El Gobierno de Navarra se encargará de garantizar, bien directamente, o a través de los entes locales, la reposición de consumibles en los Registros Civiles delegados.

5.3. Puesta a disposición de bienes y servicios

La puesta a disposición de los bienes y servicios por parte de Red.es en los Registros Civiles delegados se producirá en el momento en que se cumplan los requisitos técnicos establecidos en el apartado 5.2.

Sexta._Transmisión de la propiedad.

La propiedad de todo el equipamiento suministrado por Red.es en cumplimiento de la obligación de inversión prevista en el apartado 4.2 se entenderá transmitida a la Administración Receptora, en el momento en que dichos equipos sean puestos a disposición de los Registros Civiles delegados o, en su caso, en el momento en que dichos equipos sean puestos a disposición del Gobierno de Navarra en el lugar que éste señale al efecto.

En todo caso, dicho equipamiento será destinado a los fines previstos en el presente Plan conjunto.

Séptima._Comisión de seguimiento del presente Plan conjunto

Se establece una Comisión de Seguimiento del presente Plan conjunto constituida por dos representantes del Gobierno de Navarra, con nivel mínimo de Director de Servicio, y dos representantes de Red.es, con nivel mínimo de Subdirector de Departamento. Los miembros de la Comisión de Seguimiento podrán ser sustituidos por las personas que éstos designen.

La presidencia de la Comisión de Seguimiento tendrá carácter rotatorio. Corresponderá a Red.es designar un Secretario, que actuará con voz pero sin voto.

A las reuniones de la Comisión de Seguimiento asistirá un representante del Ministerio de Justicia.

Las partes podrán invitar, asimismo, a las reuniones de la Comisión de Seguimiento a asesores externos.

Adicionalmente a las funciones previstas en el presente Plan conjunto, la Comisión de Seguimiento resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que se deriven del mismo, así como podrá modificar las actuaciones previstas, previo consentimiento de las partes y siempre que no supongan una alteración sustancial del objeto del presente Plan conjunto.

La Comisión de Seguimiento se reunirá como mínimo dos veces al año y siempre que lo solicite alguno de los miembros que la componen.

Octava._Derechos y obligaciones de las partes

Las partes firmantes del presente Plan conjunto se comprometen a realizar cuantas actuaciones sean necesarias para su total ejecución.

Las partes deberán facilitarse toda la información, asistencia técnica y colaboración que se requiera para la adecuada ejecución de las actuaciones que les corresponden así como para elaborar los correspondientes pliegos de cláusulas jurídicas y de cláusulas técnicas de los procedimientos de licitación que se realicen al efecto de cumplir las obligaciones asumidas en el presente Plan conjunto.

Concluidas las actuaciones objeto del presente Plan conjunto, el Gobierno de Navarra garantizará por si o a través de los instrumentos jurídicos necesarios con terceros el adecuado mantenimiento y reposición del equipamiento, aplicaciones básicas, contenidos y servicios objeto del mismo.

Novena._Resolución de conflictos

La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente Plan conjunto, deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes, a través de la Comisión de Seguimiento. Si no se pudiera alcanzar dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas ante el orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Décima._Naturaleza del presente Plan conjunto

El presente Plan conjunto se enmarca en el artículo 3.1.c) del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.

Undécima._Vigencia del presente Plan conjunto

El presente Plan conjunto surtirá efecto desde el momento de su firma y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008, pudiendo prorrogarse por acuerdo de las partes a partir de ese momento por períodos anuales sucesivos.

Decimosegunda._Resolución del Plan conjunto

El presente Plan conjunto podrá ser resuelto por acuerdo de ambas partes o por decisión unilateral de una de ellas, motivada por el incumplimiento de sus obligaciones por la otra parte, lo que deberá comunicarse a la otra con tres meses de antelación.

No obstante, la resolución del Plan conjunto no interrumpirá la marcha de todas aquellas actuaciones que se hallaran en ejecución hasta su completa terminación.

Y en prueba de conformidad, firmamos este Plan conjunto, por triplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados._El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Javier Caballero Martínez._El Director General de la Entidad Publica Empresarial Red.es, Sebastián Muriel Herrero._El Ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar.

ANEXO I

Situación de partida

Este anexo recoge en detalle la situación en que se encuentra la integración de las Tecnologías de la Información y Comunicación en los órganos con funciones de Registro Civil ubicados en la Comunidad Foral de Navarra en cuanto a datos generales, equipamiento de los centros, servicios de soporte y mantenimiento de las infraestructuras, conectividad, disponibilidad y utilización de servicios públicos en línea, grado de interoperabilidad con los sistemas del Ministerio de Justicia, estado de desarrollo o implantación de servicios así como el nivel de formación de los funcionarios y las actuaciones realizadas para difundir entre la población el acceso a estos servicios.

Tabla 1._Equipamiento instalado en Registros Civiles principales y Registros Civiles delegados (Ordenadores personales e impresoras específicas) a 15 de diciembre de 2006.

RRCC principales

5

13

13

RRCC delegados

45

45

17%

Tabla 2._Porcentaje de Registros Civiles principales y Registros Civiles delegados conectados a Internet en banda ancha y con redes de área local a 15 de diciembre de 2006.

RRCC principales

100%

100%

RRCC delegados

0%

o%

Tabla 3._Porcentaje de Registros Civiles principales y Registros Civiles delegados que disponen de la aplicación INFOREG y número de usuarios capacitados en el uso de la herramienta a 15 de diciembre de 2006

RRCC principales

5

15

15

RRCC delegados

0

0

0

Tabla 4._Tipología de Registros Civiles principales y Registros Civiles delegados por número de usuarios de la aplicación INFOREG a 15 de diciembre de 2006

RRCC principales

4

0

1

0

0

RRCC delegados

0

0

0

0

0

ANEXO II

Actuaciones a realizar por el Gobierno de Navarra y por Red.es en el ámbito de los Registros Civiles Delegados

Con el objetivo de cumplir con lo establecido en el Plan conjunto, las partes realizarán las actuaciones establecidas en el presente Anexo y en la Cláusula Segunda del presente Plan conjunto. La Comisión Técnica de Seguimiento determinará las actuaciones concretas a realizar por cada una de las partes.

Las actuaciones a realizar en ejecución del presente Plan conjunto son las siguientes:

1. Adquisición de equipamiento informático y software de sistema operativo para las sedes de los Registros Civiles delegados. El equipamiento informático incluye ordenadores personales e impresoras específicas.

La Comisión de Seguimiento determinará la configuración del equipamiento informático que mejor se adapte para cumplir con los objetivos del Plan conjunto.

El equipamiento informático que suministre Red.es será entregado en el lugar que determine el Gobierno de Navarra conforme al calendario de entrega que se acuerde al inicio de la ejecución del presente Plan conjunto.

2. Mantenimiento in-situ del equipamiento suministrado, que garantice su correcto estado de funcionamiento.

3. Dotación a los Registros Civiles delegados de la conectividad, servicios de red e instalación electrónica de red necesaria para que puedan hacer pleno uso de la aplicación INFOREG. Estos servicios estarán operativos durante la vigencia del presente Plan conjunto.

4. Instalación y puesta en funcionamiento de los equipos, las comunicaciones y la aplicación INFOREG.

5. Formación relativa al uso de la estación de trabajo, y de la aplicación INFOREG. La Comisión de Seguimiento determinará la estrategia de formación que se considere más eficaz pudiendo incorporar entre otros mecanismos, formación telemática, formación in situ y jornadas formativas centralizadas.

6. Atención y soporte de usuarios para la resolución de incidencias operativas. En este sentido, se facilitará un teléfono de contacto permanente y una dirección de correo electrónico. Las incidencias relativas a INFOREG, serán gestionadas a través del servicio de atención a usuarios que proporcione el Ministerio de Justicia.

ANEXO III

Seguimiento de las actuaciones

Este Anexo tiene como objeto contribuir al seguimiento de las actuaciones contempladas, con el objetivo de tener información que permita valorar el alcance y los beneficios sociales conseguidos por el proyecto.

Se debe proporcionar una serie de indicadores básicos en las diferentes áreas de actuación y se debe reflejar su valor objetivo antes del inicio del proyecto y a la finalización del mismo. Estos indicadores permiten tener una herramienta de seguimiento de la evolución del proyecto.

La lista de indicadores propuesta a continuación, así como el valor objetivo fijado, podrán ser modificados en Comisión de Seguimiento en función de la situación de partida y de la naturaleza de las actuaciones finalmente planificadas de acuerdo al presupuesto disponible.

Tabla 1._Valores inicial y final de indicadores de ejecución

Porcentaje de Registros Civiles delegados conectados con banda ancha

23,60 %

100 %

Porcentaje de Registros Civiles delegados conectados con banda ancha a la intranet

23,60 %

100%

Porcentaje de Registros Civiles delegados con puesto INFOREG

0 %

100%

Porcentaje de Registros Civiles delegados con equipamiento

16,85 %

100%

Porcentaje de personal de los Registros Civiles delegados capacitados para hacer uso de la aplicación INFOREG

0 %

100%

Porcentaje de Registros Civiles de la Comunidad Foral de Navarra en los que el proceso de digitalización ha concluido

0 %

100%

Número de libros de registro digitalizados en los Registros Civiles de la Comunidad Foral de Navarra

0%

100%

Número de páginas de los libros de registro digitalizadas en Registros Civiles de la Comunidad Foral de Navarra

0%

100%

ANEXO NUMERO 2

Acuerdo de colaboración entre el Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, del Gobierno de Navarra y la Federación Navarra de Municipios y Concejos, para el fomento de la informatización de los Registros Civiles Delegados de Navarra.

En Pamplona, a ......

Reunidos:

El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de Navarra, Excelentísimo Señor don Javier Caballero Martínez y el Presidente de la Federación Navarra de Municipios y Concejos, Ilmo. Señor don Jerónimo Gómez Ortigosa.

Reconociéndose ambas partes la capacidad legal suficiente para formalizar el presente Acuerdo de Colaboración,

Exponen:

1._El Gobierno de Navarra, asumiendo el compromiso y la voluntad política de actuar decididamente en busca de la plena consolidación de Navarra en la Sociedad de la Información, como elemento clave para su desarrollo económico y social, aprobó el II Plan de Actuación para la Promoción de la Sociedad de la Información y las Telecomunicaciones en la Comunidad Foral de Navarra.

2._El Consejo de Ministros aprobó el día 4 de noviembre de 2005 el Plan Avanza, una de cuyas áreas de actuación es la de los Servicios Públicos Digitales, con medidas que permitan ampliar la oferta y calidad de los servicios prestados actualmente por las Administraciones Públicas, aumentar la calidad de vida, el crecimiento económico y la participación en la Sociedad de la Información.

3._En este contexto y teniendo en cuenta que los objetivos descritos en los expositivos anteriores se alinean perfectamente, el Gobierno de Navarra suscribió, con fecha 27 de junio de 2006 con el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, un Plan Conjunto de Colaboración para el desarrollo del Plan Avanza en la Comunidad Foral de Navarra.

En el primer párrafo de la Cláusula tercera de dicho Plan se señala que la Comunidad Foral de Navarra establecerá con entidades locales, cuando fuese necesario, los correspondientes convenios, para llevar a cabo las aportaciones o actuaciones necesarias para la ejecución del Plan.

4._Por otra parte, el 17 de mayo de 2006, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Presidente de la Entidad Pública Empresarial Red.es, suscribieron con el Ministro de Justicia un Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Justicia y la Entidad Pública Empresarial Red.es para la puesta en marcha del Programa Registro Civil en Línea, incluido en el Plan Avanza.

En la cláusula tercera de dicho Convenio Marco se establece que las Comunidades Autónomas que participen en el desarrollo de las acciones previstas en el mismo, suscribirán con Red.es los oportunos documentos bilaterales describiendo el alcance y contenido de las actuaciones que correspondan a cada una de las partes, conforme a lo dispuesto en dicho Convenio.

5._El Gobierno de Navarra en su labor de mejora continua de los Sistemas de Información al servicio de la Administración de Justicia ha dotado a los llamados Registros Civiles Principales, es decir, los correspondientes a los municipios que son cabecera de Partido Judicial (Pamplona, Tudela, Estella, Tafalla y Aoiz) y que se encuentran en las sedes judiciales, de todas las herramientas básicas y específicas, tanto telemáticas como informáticas precisas y también de la aplicación Inforeg para la inscripción de todas las situaciones que afectan al registro civil de las personas y para su certificación en papel y via web, y pretende ahora instalar todas las funcionalidades de esta aplicación a los llamados Registros Civiles Delegados, es decir, los que dependen de los Ayuntamientos de los municipios que no son cabecera de Partido Judicial, y que son doscientos sesenta y siete.

6._Con esta finalidad ha suscrito con Red.es, con fecha .........., un Plan de Actuación conjunta para el desarrollo del Programa Registro Civil en Línea, incluido en el Plan Avanza.

Las actuaciones a realizar en desarrollo del Plan de Actuación conjunta son: A) Dotar de conectividad, equipamiento informático y soporte a los Registros Civiles delegados de la Comunidad Foral de Navarra, B) Implantar en los Registros Civiles delegados la aplicación informática INFOREG y formar a los responsables en su uso, y C) Ejecutar el proyecto de grabación y digitalización de los libros registrales.

7._El artículo 51.3 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial señala que las instalaciones y medios instrumentales de los Juzgados de Paz, y por lo tanto de los Registros Civiles delegados, estarán a cargo del Ayuntamiento respectivo.

8._La Federación Navarra de Municipios y Concejos es una asociación compuesta por las entidades locales de Navarra que voluntariamente se integren en la misma, y entre sus finalidades están el fomento y defensa de la autonomía local y la promoción y realización de estudios para el conocimiento de las circunstancias, problemática y cuestiones de interés de la vida local.

9._El Gobierno de Navarra y la Federación Navarra de Municipios y Concejos, una vez firmado el Plan de Actuación conjunta a que se refiere el Expositivo 5.º, tienen interés en que en el plazo de dos años que abarca el mismo, la totalidad de los Ayuntamientos de Navarra se impliquen en la informatización de los Registros Civiles delegados, por cuanto ambas instituciones consideran como una evidente mejora del servicio público, que los vecinos de Navarra y los restantes ciudadanos que tengan una relación directa o indirecta con el Registro Civil de cualquier municipio de Navarra, puedan consultar datos y obtener certificados de inscripciones por vía telemática, beneficiándose a su vez, de la información que, por esa vía, puedan obtener de otros Registros Civiles de España, principales y delegados, que vayan implementando las aplicaciones necesarias, y a tal efecto

ACUERDAN:

Primero._Potenciar la extensión del Registro Civil en línea en el campo de las Entidades Locales de Navarra como manifestación evidente de la mejora de los servicios públicos que se prestan a los ciudadanos desde la Administración municipal. A estos efectos, la Federación Navarra de Municipios y Concejos y el Departamento de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de Navarra, con base en los documentos suscritos por el Gobierno de Navarra y señalados en la parte expositiva de este Acuerdo, y de acuerdo con los principios de subsidiariedad y de autonomía local, propiciarán la firma de los Ayuntamientos de Navarra con el Gobierno de la Comunidad de un Convenio de adhesión que responda a los siguientes criterios:

A) El Gobierno de Navarra, en ejecución del Plan conjunto suscrito con Red.es, suministrará el material informático (ordenador e impresora) con los requerimientos y capacidad necesarios para que el Ayuntamiento de ............. pueda conectarse y operar con la aplicación de Registro Civil en línea Inforeg. Este suministro o el de alguno de sus elementos no se realizará si el Ayuntamiento dispone de dicho material y puede asignarlo al referido servicio. Asimismo, el Ayuntamiento podrá utilizar el material que se suministre, para otros servicios siempre que se encuentre operativo siempre para funciones de Registro Civil. En los casos en que la sede del Registro Civil de más de un Ayuntamiento esté en uno de los municipios, se suministrará el material para esa sede.

B) El Gobierno de Navarra abonará la cuota inicial y de mantenimiento de la conexión con Internet con ancho de banda suficiente para el correcto funcionamiento de Inforeg desde la fecha en que, firmado el Convenio, este operativo el servicio, hasta el 31 de diciembre de 2008. En el caso de los Ayuntamientos que ya tuviesen contratada línea con ancho de banda suficiente, el Gobierno de Navarra abonará el 50 % de la cuota de mantenimiento con el mismo plazo señalado en el inciso anterior.

C) El material informático señalado en el apartado A) se suministrará con pantalla TFT de 17", Microsoft Office y tres años de garantía. El Ayuntamiento de ........ se ocupará del suministro de todos los consumibles necesarios para el correcto funcionamiento de la estación, y del mantenimiento del equipo una vez finalizado el plazo de garantía

D) El Gobierno de Navarra se ocupará de formar al personal que realice en cada Ayuntamiento las labores de Registro Civil, tanto si es el Secretario Municipal como si es una persona idónea.

Segundo._Consecuentemente con lo anterior, la Federación utilizará todos los medios a su alcance para fomentar la adhesión de los Ayuntamientos de Navarra al citado Convenio mediante acciones de publicidad, explicaciones sobre su contenido y asesoramiento a las entidades locales.

Tercero._Las acciones anteriores se dirigirán, especial y preferentemente, a los Ayuntamientos de mayor población que no sean cabecera de Partido Judicial (en los que esta funcionalidad ya está instalada) y a aquellos que, con independencia de su población, y debido a sus especiales circunstancias, tengan una gran actividad en materias relacionadas con el registro civil de las personas, y todo ello con el objetivo de que entre los años 2007 y 2008 estén incorporados al servicio de Registro Civil en línea todos los Ayuntamientos de Navarra.

Cuarto._La firma de este Acuerdo de Colaboración no supone coste económico para ninguna de las partes firmantes.

Quinto._La duración de este Acuerdo alcanzará hasta el 31 de diciembre de 2008, prorrogándose tácitamente si fuera necesario, en caso de que ninguna de las dos partes manifieste lo contrario. Asimismo, podrá tener una duración menor si cualquiera de las partes lo denuncia por escrito con un preaviso de quince días.

Y en prueba de conformidad, ambas partes lo firman en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento._El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Javier Caballero Martínez._El Presidente de la Federación Navarra de Municipios, Jerónimo Gómez Ortigosa.

Pamplona, 5 de febrero de 2007
El Consejero de Secretario, del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez.

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