BOLETÍN Nº 26 - 28 de febrero de 2007

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

PAMPLONA

EDICTO

No habiendo podido ser notificada la resolución del Concejal Delegado de Conservación Urbana, Medio Ambiente y Sanidad del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 12 de enero de 2007 y el pliego de cargos de fecha 16 de enero de 2007 a don Aurelio Tirapu Ardaiz y de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de residencia de los interesados.

RCS-12-ENE-07 (4/MA).

«Visto informe del Gestor del Servicio de Inspección Alimentaria y Zoonosis y demás documentación que obra en el expediente en la que consta que en fecha 3 de enero de 2006 fue recogido de espacio público de Pamplona el perro de número TIA 985100009720706, propiedad de don Aurelio Tirapu Ardaiz, y una vez transcurrido el plazo para su recogida del Centro de Atención de Animales de Pamplona, el animal no se recogió por su propietario, a pesar del requerimiento efectuado por la Dirección del Area de Medio Ambiente y Sanidad el 2 de febrero de 2006, notificado a través del BOLETIN OFICIAL de Navarra de fecha 12 de julio de 2006,

He resuelto:

1._Aprobar la liquidación de una tasa por recogida y estancia del animal en el Centro de Atención de Animales de Pamplona, por importe de 80,00 euros, conforme al artículo 2.a de la ordenanza fiscal número 17 del 2006, que se aplicará a la partida 20/33018 del presupuesto de ingresos vigente, y exigir a don Aurelio Tirapu Ardaiz (D.N.I. 33427509), el pago de dicho importe en Depositaría Municipal en el plazo de treinta días hábiles a contar desde la notificación de la presente resolución, pasando a cobro ejecutivo en caso contrario.

2._Incoar expediente sancionador a don Aurelio Tirapu Ardaiz como presunto responsable de una infracción administrativa tipificada como muy grave en el artículo 24.4.c de la L.F. 7/1994 de Protección de los Animales.

El artículo 26.2 de la Ley Foral 7/1994 faculta a los municipios donde se produce la infracción para instruir y resolver los expedientes sancionadores por infracciones en materia de animales domésticos. El artículo 127.1.l) de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye a la Junta de Gobierno Local el ejercicio de la potestad sancionadora, salvo que por ley esté atribuida a otro órgano. La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pamplona, delegó, según acuerdo de fecha 7 de enero de 2004 (BOLETIN OFICIAL de Navarra 10 de marzo de 2004), entre otras, dicha competencia sancionadora en la Concejalía Delegada de Conservación Urbana, Medio Ambiente y Sanidad, quien resulta, por lo tanto, el órgano municipal competente.

El artículo 25.1 de la L.F. 7/1994 fija las cuantías de las multas por infracciones a las normas para la protección de los animales domésticos y de la fauna alóctona.

3._Designar instructora del expediente a la Secretaria Técnica de Medio Ambiente y Sanidad doña María del Mar Indave García. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el interesado podrá promover la recusación de la instructora nombrada.

4._En el plazo de quince días contados desde el siguiente a la recepción del pliego de cargos, el expedientado podrá proponer alegaciones y pruebas, aportar documentos e informaciones, debiendo hacerlo mediante escrito presentado en los Registros del Ayuntamiento de Pamplona.

5._En el caso de que no sean formuladas alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo indicado, el presente acto administrativo podrá ser considerado propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, R.D. 1398/1993, significando que la cuantía de la sanción que se propone es de 601,02 euros, sin perjuicio de la posible reducción del 30% de la multa que pudiera acordarse, conforme a los requisitos establecidos en el artículo 9.º del Decreto Foral 225/1994, de 14 de noviembre, por el que se regula el procedimiento sancionador en desarrollo de la L.F. 7/1994 de protección de los animales.

6._Informar a don Aurelio Tirapu Ardaiz que, con base en lo dispuesto en el artículo 7 del D.F. 225/1994 de 14 de noviembre, el plazo máximo establecido para la resolución y notificación de este procedimiento será de 6 meses, contados a partir de la fecha de aprobación de la presente resolución, ampliable como máximo a otros 6 meses mediante acuerdo motivado.»

Contra el punto 1.º de la citada resolución podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de Reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de este edicto.

b) Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de este edicto.

c) Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de la notificación de este edicto.

Así mismo se manifiesta que el expediente se encuentra a disposición del interesado en las oficinas del Area de Medio Ambiente y Sanidad sita en calle San Saturnino, 2, donde podrá examinarlo de 8 a 14 horas en días laborables.

Pamplona, 12 de enero de 2007
La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

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