BOLETÍN Nº 26 - 28 de febrero de 2007

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de lo Social número Uno de Soria

Cédula de notificación

Doña Antonia Pomeda Iglesias, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Soria.

Hago saber: Que en el procedimiento Ejecución 107/2006 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña María Manuela Pariente Cadaval contra la empresa Asociación edad dorada mensajeros de la paz Navarra, se ha dictado Auto de fecha 9 de noviembre de 2006, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerda:

A._Despachar la ejecución solicitada por María Manuela Pariente Cadaval contra Asociación edad dorada mensajeros de la paz Navarra por un importe de 353,16 euros de principal más 35,31 euros para costas y otros 35,31 euros para intereses que se fijan provisionalmente.

B._Trabar embargo sobre la cantidad de 13,04 euros que en concepto de sobrante obran depositados en los autos de ejecución contenciosa seguida ante este Juzgado de lo Social con el número 89/06 librándose testimonio de la presente resolución que será unido a las referidas actuaciones a fin de que surta los efectos oportunos. Así mismo, se requiere, por notificación de la presente, al representante legal de la empresa demandada Asociación edad dorada mensajeros de la paz Navarra a fin de que en el plazo de diez días ingrese en la cuenta de consignaciones las cantidades arriba reseñadas en concepto de principal, intereses, costas y gastos provisionales en la cuenta de consignaciones que este Juzgado mantiene abierta en Banesto, oficina principal de Soria (8.037), c/c número 4165000064010706, con el apercibimiento de que transcurrido dicho plazo sin que se de cumplimiento a lo requerido se continuará la presente ejecución por la vía de apremio.

C._Advertir y requerir al ejecutado en lo términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto.

D._Advertir al ejecutado que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación:

Contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por el ejecutado en el plazo de diez días, por defectos procesales o por motivos de fondo (Art. 551 L.E.C. en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal.) Sin perjuicio de su ejecutividad."

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Asociación edad dorada mensajeros de la paz Navarra, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Soria, 1 de febrero de 2007
La Secretaria Judicial, Antonia Pomeda Iglesias.

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