BOLETÍN Nº 26 - 28 de febrero de 2007

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de lo Social número Tres de Pamplona

EDICTO

Doña Rosario Alonso Llamas Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Tres de Pamplona.

Hago saber: Que en proceso de ejecución seguido ante este Juzgado registrado con número 41/2006 , a instancia de Nadiya Lebedyeva contra Gestión Sinérgica de Servicios, Sociedad Limitada, en reclamación sobre despido, en resolución de esta fecha he acordado sacar a la venta en pública subasta, los siguientes bienes embargados como propiedad de la parte demandada cuya relación y tasación es la siguiente:

BIENES QUE SE SUBASTAN Y VALORACION

Finca 5916/9 del Registro de la Propiedad de Majadahonda. Tomo 2776, libro 89, folio 156. Descripción: Número uno. Garaje aparcamiento, situado en la planta sótano del edificio sito en la calle Joaquín Turina, número nueve, en el término municipal de Majadahonda. Con acceso exterior, a través de rampa, desde dicha calle, e interior, por la escalera y ascensor del edificio. Es la plaza de garaje número nueve. Tiene una dimensión perimetral de 14,80 metros lineales una superficie útil de 13,05 metros cuadrados.

Ha sido valorada a efectos de la presente subasta en la cantidad de 15.600 euros.

CONDICIONES DE SUBASTA

Tendrá lugar en la sede de este Juzgado sito en Pamplona, calle San Roque, s/n, primera planta, el día 27 de abril de 2007 a las diez horas, quince minutos en la en la Sala de Vistas número 15.

Si por causa de fuerza mayor se suspendiese se celebrará al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar.

La subasta se celebrarán bajo las condiciones siguientes:

Primera._Antes de verificarse el remate podrá el deudor liberar sus bienes, pagando principal, intereses y costas.

Segunda._Los licitadores deberán identificarse de forma suficiente, declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta y presentar resguardo de que han depositado en el Banesto, sucursal de Cortes de Navarra, 5 de Pamplona, en la cuenta 0030-8025 referencia de procedimiento 3160.0000.64.0041.06, de depósitos y consignaciones de este Juzgado, o de que han prestado aval bancario, por el importe del 30 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo de ingreso, a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la LEC.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 652.1 de la LEC, las cantidades depositadas para participar en la subasta serán devueltas una vez aprobado el remate.

Tercera._Desde el presente anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, que contendrá identificación en forma suficiente del postor y declaración de que conoce las condiciones de la subasta, acompañando justificante de haber efectuado el depósito a que se refiere la condición anterior. Los sobres cerrados serán abiertos al inicio de la subasta y las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.

Cuarta._El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de consignar cantidad alguna.

Quinta._Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose facultad de ceder el remate a un tercero.

Sexta._Obra en la Secretaría de este Juzgado certificación registral en la que consta la titularidad del dominio del bien subastado y el estado de sus cargas y gravámenes, donde puede ser examinada, entendiéndose que todo licitador la acepta como bastante por el hecho de participar en la subasta.

Las cargas y gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito de los ejecutantes, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en las responsabilidades de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate, por el solo hecho de participar en la subasta.

Séptima._En la subasta se podrán ofrecer cantidades libremente, si bien, la aprobación directa del remate sólo se producirá si la cantidad más alta de las ofrecidas fuera igual o superior al 70 por 100 del valor de los bienes subastados, sin ofrecimiento de pago aplazado. Si la postura fuese inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LEC.

Octava._El precio del remate deberá abonarse en el plazo de veinte días siguientes a la aprobación del mismo.

Y para que sirva de notificación al público en general y a las partes de este proceso en particular, una vez que haya sido publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en cumplimiento de lo establecido en leyes procesales expido la presente.

Pamplona, 15 de febrero de 2007
La Secretaria Judicial, Rosario Alonso Llamas.

Código del anuncio: J0703128