BOLETÍN Nº 26 - 28 de febrero de 2007

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de lo Social número Uno de Pamplona

Cédula de notificación

Doña Rosa María Valencia Ederra Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento 0000430/2006 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de doña María José Sanromán Pulido contra la empresa Mutua Asepeyo, INSS, TGSS, Pavimper Navarra XXI, S.L. y Construcciones Pérez Gorráiz, S.L., sobre Seguridad Social-Prestaciones, se ha dictado resolución de fecha 11 de diciembre de 2006 en cuya parte dispositiva aparece lo siguiente:

Que, estimando la demanda interpuesta por doña María José Sanromán Pulido, actuando en nombre propio y en el de sus hijas menores de edad María y Vanesa García San Román, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 151 Mutua Asepeyo y las empresas Pavimper Navarra XXI, S.L. y Construcciones Pérez Gorráiz, S.L., debo declarar y declaro que la base reguladora de las prestaciones de viudedad y orfandad reconocidas a la demandante y a sus dos hijas derivadas del fallecimiento del trabajador don Agustín García Masa debe ascender a 28.247,71 euros anuales o 2.353,97 euros mensuales, y debo declarar y declaro la responsabilidad directa de Pavimper Navarra XXI, S.L. sobre la diferencia entre la base reguladora inicialmente reconocida por Mutua Asepeyo de 19.554,94 euros y la base reguladora que se ha expuesto, diferencia que asciende a la cantidad de 8.692,77 euros, con efecto de 13 de febrero del año 2.006, declarándose la responsabilidad solidaria de Construcciones Pérez Gorráiz, S.L. sobre dicho pago e igualmente debo condenar y condeno a Pavimper Navarra XXI, S.L. y Construcciones Pérez Gorráiz, S.L. a abonar solidariamente a la actora la cantidad de 5.795,16 euros en concepto de diferencia en las indemnizaciones a tanto alzado derivadas del fallecimiento, sin perjuicio de la obligación de anticipo por parte de Mutua Asepeyo y declarándose la responsabilidad subsidiaria del INSS y la TGSS para el caso de insolvencia empresarial.

Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en el momento de la notificación pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, cuenta 0030 8025 0000 0000 0000, procedimiento 3158 0000 65 0430 06 en Banesto, sito en la calle Cortes de Navarra, 5 de Pamplona, y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo banco y cuenta, esta vez con número 3158 0000 69 0430 06, la cantidad objeto de condena.

Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita, el cual ostentará también la cualidad de representante a menos que él hubiese hecho designación expresa de éste último.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Pavimper Navarra XXI, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 8 de febrero de 2007
La Secretaria Judicial, Rosa María Valencia Ederra.

Código del anuncio: J0702709