BOLETÍN Nº 25 - 26 de febrero de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

GARDE

Aprobación definitiva modificación pormenorizada del Plan Municipal

El Ayuntamiento de Garde, en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2006, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva de la modificación pormenorizada del área de actuación AA-45 del Plan Municipal de Garde, promovida por Promociones Artaso Dos, S.L.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 81.1 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se procede a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva y de su normativa urbanística.

DESCRIPCION DE LA MODIFICACION Y NORMATIVA URBANISTICA

La modificación afecta al número de viviendas permitidas en el área AA45.

Por lo que respecta a: alineaciones, superficie máxima ocupada en planta, aprovechamiento urbanístico y ordenanzas que le son de aplicación, se mantienen lo indicado el Plan Municipal vigente.

Se modifica la Ficha número1 del articulo 24 de las Normativa en suelo urbano, en lo referente al Area AA45, anulándose lo relativo a numero de viviendas y tipología.

Por lo que se incorpora la siguiente ficha dentro del artículo 24:

Ficha N.º1 bis.

_Identificación: Area de actuación: AA45.

_Características: Area con nuevas edificaciones en suelo urbano, con pequeñas cesiones de suelo para ampliación de viales y espacios públicos.

_Clasificación: Suelo urbano.

_Calificación: Residencial propuesto de nueva ordenación, áreas privadas libres de edificación y sistema de comunicaciones.

_Grupo de edificación: G-3Ž.

_Ordenanza particular de edificación = OP3 (Tomo 2, documento 3).

_Topología: Residencial Unifamiliar.

_N.º Viviendas autorizado: Area AA45: 4 Viviendas.

Se permite un incremento máximo de 2 Viviendas.

Como consecuencia de dicho incremento y en cuanto al número de viviendas protegidas se aplicara el artículo 52 de la Ley Foral 35/2002, modificado por la disposición Final primera de la LF 8/2004, a efectos del cumplimiento del estándar mínimo de viviendas protegidas. Así como, en su caso, la Disposición adicional decimosexta del Decreto Foral DF 4/2006, por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda y fomento de la edificación residencial.

Una vivienda de las dos que se incrementan deberá ser Vivienda de Protección Oficial de Régimen General, el resto serán viviendas libres.

_Actuación urbanística: Direcuenta (Compensación o reparcelación voluntaria en el supuesto de dos o mas propietarios).

_Ejecución: Directamente proyecto de edificación en el que se incluirán en capítulo diferenciado las obras de urbanización de los espacios de cesión y acometida a infraestructuras.

_Normas particulares: En cada área de actuación se realizaran las Infraestructuras precisas para su propio servicio, además de la urbanización y cesión señalada en planos.

_Area de actuación AA45:

Corresponde a la parcela 423 del Polígono 1.

Superficie total de la parcela según cédula parcelaria = 690,00 m².

Superficie edificable máxima en planta = 234,00 m².

Suelo a urbanizar y ceder (sistemas locales) y alineaciones según el Plan Municipal vigente.

Parcela A-2:

Superficie aproximada de parcela = 154,50 m². Para una futura segregación de solares, deberá tener un frente mínimo a calle de 6 m.

Uso: Residencial VPO de Régimen general.

Numero máximo de viviendas: 1.

Superficie edificada máxima en planta = 58,50 m².

Alturas máximas autorizadas: PB + P1.ª + P2.ª + PE. (se autoriza el aprovechamiento de entrecubierta para uso residencial).

Parcela A-1:

Superficie aproximada de parcela = 535,50 m².

Uso: Residencial vivienda libre.

Numero máximo de viviendas: 5.

Superficie edificada máxima en planta: 234 m² menos la sup. máxima edificada en A-2.

Alturas máximas autorizadas: PB + P1.ª + P2.ª + PE. (se autoriza el aprovechamiento de entrecubierta para uso residencial).

Ordenanzas de edificación en toda la parcela:

Se aplicara la Ordenanza particular 3 (OP3). Grupo de edificación G3Ž, del Plan Municipal de Garde, en todo lo relativo a: alturas, alineaciones, cubiertas, materiales, huecos de fachada, vuelos, etc.

Garde, 25 de enero de 2007
El Alcalde, José Javier Echandi Sarriés.

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