BOLETÍN Nº 20 - 14 de febrero de 2007

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

CORELLA

Notificación propuesta de resolución expediente sancionador

Intentada la notificación a Arselina Callado Rodriguez y no habiéndose podido practicar, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero:

Se hace saber a Arselina Callado Rodriguez que el instructor del expediente sancionador referenciado con fecha 21 de diciembre de 2006, dictó la siguiente Propuesta de Resolución:

"Visto el expediente seguido a Arselina Callado Rodriguez, domiciliado en Corella (Navarra), en calle Camilo Castilla, 4, 3 D, como responsable de una infracción reguladora del artículo 34.3 b de la Ley 10/1998, de 21 de abril de Residuos.

Resultando que mediante denuncia de fecha 10 de octubre de 2006, formulada por la policía Municipal, se puso en conocimiento de esta Alcaldía la realización de los siguientes hechos: En la parcela 431 del polígono 3 se encuentra depositado los siguientes residuos: muebles, maderas, papeles, entre otros, entre los que se encuentran suficientes pruebas para determinar que el productor de tales residuos ha sido Arselina Callado Rodríguez.

Resultando que por la Alcaldía, se acordó la incoación de expediente sancionador mediante Resolución de fecha 27-10-2006, en el que se contenía la identidad de la Autoridad competente para resolver el expediente y la del Instructor del procedimiento.

Resultando que por el Instructor del expediente, con fecha 3 de noviembre de 2006, se notificaron los hechos imputados, las infracciones cometidas y las sanciones que en su caso podían recaer, con objeto de que en el plazo de quince días, o en cualquier momento anterior a dictarse esta Propuesta de Resolución, pudiera el infractor contestar la acusación realizada, tomar audiencia y vista del expediente, proponer pruebas y alegar cuanto tuviera por conveniente en orden a la mejor defensa de su derecho.

Resultando que dentro del plazo establecido se ha presentado escrito de descargo y alegaciones en el que se ha manifestado que:

"Que los hechos mencionados en la infracción el 30 de octubre de 2006, cometidos en la parcela 431 del polígono 3, no son constitutivos de dicha infracción. Dado que yo solo deposito en dicha zona una caja con revistas y papeles, en la puerta. Donde había múltiples en seres como muebles, maderas etc. No sabiendo que aquello no era el vertedero municipal donde otras veces he desistido cosas. Viéndolo cerrado y viendo más residuos, creí que se ocuparían los trabajadores municipales en hacer la recogida. No era mi intención cometer ninguna infracción. Ya que para mi hubiera sido más fácil dejarlo en el contenedor".

Considerando que estas manifestaciones realizas por el infractor no desvirtúan la realidad de los hechos denunciados, por lo que el Instructor se reafirma y ratifica según informe de la Policía Local de fecha 14 de noviembre de 2006.

Considerando que el órgano competente para sancionar a tenor del artículo 37.2 de la Ley 10/1998, de 21 de abril de Residuos corresponderá a la Alcaldía.

Considerando que los hechos probados son constitutivos de infracción administrativa grave, de conformidad con la tipificación establecida en el artículo 34.3 b de la Ley 10/1998, de 21 de abril de Residuos.

Vistos los antecedentes mencionados, las disposiciones citadas y las demás normas de general y pertinente aplicación, he tenido a bien dictar la siguiente

Propuesta de resolución:

Primero._Sancionar a Arselina Callado Rodriguez con la multa de 601,02 euros como responsable de la infracción administrativa consistente en depositar residuos en la parcela 431 del polígono 3.

Segundo._Notifíquese la presente Propuesta de Resolución al interesado con la indicación de que, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, podrá presentar alegaciones, en el plazo de quince días, al término de los cuales, por la Alcaldía, se dictará la Resolución definitiva que corresponda".

De todo lo cual le doy traslado para su conocimiento y efectos, en su condición de interesado en el expediente.

Corella, 16 de enero de 2007
El Instructor, firma ilegible.

Código del anuncio: L0701094