BOLETÍN Nº 20 - 14 de febrero de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

LODOSA

Normas Subsidiarias-Unidades de Ejecución U.E.-5 y U.E.-6. Aprobación definitiva

Modificación de determinaciones de ordenación urbanística pormenorizada.

El Ayuntamiento Pleno de este Municipio, en sesión celebrada el 4 de enero de 2007, a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, acordó aprobar definitivamente una modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Lodosa, publicando a continuación la parte dispositiva del acuerdo y el texto íntegro de la nueva normativa.

APROVACION DEFINITIVA

Acuerdo del Pleno:

1.º Aprobar definitivamente el expresado documento, titulado "Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Lodosa, Promotor Propietarios de la U.E.-5, Emplazamiento U.E.-5 y U.E.-6, Documentación aprobación definitiva", redactado por el Arquitecto don Jesús María Gil-Alias Madorrán, de fecha 16 de octubre de 2006 y Visado por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro, Delegación de Navarra, el 19 de octubre de 2006, presentado por don Rafael Martínez Lizanzu, propietario de terrenos incluidos en el ámbito de actuación, con el múltiple objetivo de modificar los límites de las Unidades de Ejecución U.E.-5 y U.E.-6, pasando la parcela 319 de una a otra Unidad, ajustando los aprovechamientos, revisar las tipologías edificatorias, reordenar los volúmenes, regularizar las zonas edificables y los espacios públicos, realizar una ordenación basada en la nueva tipología edificatoria, y redefinir el espacio destinado a viales, para disponer de más plazas de aparcamiento, de conformidad con los artículos 79.3, en relación con el 74, de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de acuerdo con los informes de arquitectura evacuados y por sus propios fundamentos.

2.º De conformidad con los antecedentes expuestos, desestimar la alegación presentada por don Félix López Aramendía, aunque se modifica la ordenación del entorno de la plaza, con el reflejo que consta en el documento aprobado definitivamente, y desestimar la alegación de don Jesús María Ramírez Martínez, en representación de la Junta de Compensación del Polígono Huertos de Arriba, por entender que el actual momento de modificación de la ordenación, no sirve para reclamar derechos por la aportación de terrenos, lo que podrá plantear en el momento de reparcelar la Unidad.

3.º Publicar la parte dispositiva de este acuerdo de aprobación definitiva y el texto íntegro de la nueva normativa, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, remitiendo un ejemplar de la documentación técnica y certificados de tramitación al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, del Gobierno de Navarra, de conformidad con el artículo 81 de la de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y notificarlo al promotor.

4.º Este Acuerdo es firme en vía administrativa y contra él puede interponerse potestativamente cualquiera de estos recursos:

1._En el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación, el de reposición, ante el órgano municipal autor del mismo (Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

Si se presenta el recurso de reposición, no se pueden interponer ni el de alzada ni el contencioso administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de reposición.

Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.

2._En el plazo de un mes desde la notificación, el de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra (Ley Foral 6/1990, de 2 de julio).

Si se presenta el recurso de alzada, no se podrá interponer el contencioso administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de alzada.

3._En el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la notificación, el Contencioso Administrativo ante el órgano competente de dicha jurisdicción (Ley 29/1998, de 13 de julio).

Las nuevas fichas de la Normativa Urbanística Particular de las Unidades de Ejecución U.E.-5 y U.E.-6 de Lodosa, es la siguiente:

Artículo 29.

Identificación:

Unidad de Ejecución 5 (U.E.-5).

Descripción:

Unidad de Ejecución en Suelo Urbano que se plantea como transición entre el núcleo residencial consolidado de alta densidad y la nueva zona de expansión residencial.

Superficie:

Superficie unidad: 24.855 m².

Superficie parcelas aportadas: 21.213 m².

Normas de Ordenación:

_Las alineaciones exteriores y alturas de la edificación están grafiadas en los planos correspondientes.

_La alineación exterior está definida por el límite de la manzana conforme a lo grafiado en los planos. La ordenación interior de cada manzana que se ha dibujado es orientativa de un posible diseño, pudiendo ser modificada.

_Superficie de parcela mínima edificable en la Subunidad 5-2: 100 m².

_Superficie de parcela mínima edificable en la Subunidad 5-3: 125 m².

Normas de diseño:

_Altura de la edificación: PB+3. 13,40 m. De altura máxima de la rasante de PB hasta la cara inferior del último forjado.

_Altura libre máxima de PB = 4,00 m.

_Altura libre mínima de planta elevadas = 2,40 m.

_Altura libre mínima de Planta de Sótano = 2,20 m.

_Se deberá mantener la altura de cornisa, balcones y huecos existentes en las edificaciones colindantes.

1._Viviendas en bloque:

_El diseño de las fachadas de los bloques de vivienda en altura será unitario y marcará los criterios básicos de composición de los locales de PB.

_Anchura de la crujía de la edificación: 10 a 14 m.

2._Viviendas unifamiliares adosadas:

_Altura de la edificación: PB+2.

_Altura máxima de la rasante de la acera a la cara inferior del último forjado: 10,50 m.

_Altura libre máxima de PB: 4,00 m.

_Altura libre mínima de plantas elevadas: 2,40 m.

_Altura libre mínima de plantas de sótanos: 2,20 m.

_La alineación exterior está definida por la edificación o el cierre de parcela.

_Los cierres de parcela serán unitarios para cada manzana no permitiéndose cerramientos opacos por encima de 1,20 m de altura.

_Altura máxima del cierre de parcela: 2,40 m.

3._Viviendas unifamiliares aisladas:

_Altura de la edificación: PB+1.

_Altura máxima desde la rasante de la acera hasta la cara inferior del último forjado: 8 m.

_Altura libre máxima de PB: 4 m.

_Altura libre mínima de plantas elevadas: 2,40 m.

_Altura libre mínima de plantas de sótanos: 2,20 m.

_La alineación exterior está definida por la edificación o el cierre de la parcela.

_Los cierre de parcela serán unitario para cada manzana no permitiéndose cerramientos opacos por encima de 1,50 m de altura.

_Altura máxima de cierre de parcela: 2,40 m.

_Retranqueo mínimo de la edificación al límite de la parcela con vial público: 3 m.

Cesiones:

Se contemplan como cesiones mínimas y obligatorias de la Unidad las siguientes:

_Solar para dotación pública con una superficie mínima de 736 m² en la Subunidad 5-1.

_Reserva de suelo para zona verde de expansión junto al río con una superficie de 2.704 m² en Subunidad 5-4.

Normas de usos:

Uso principal:

_Residencial.

_Almacenamiento y garajes en PB.

Usos compatibles: (Sólo para las viviendas en bloque).

_Oficinas en PB y planta primera.

_Comercial en PB.

Normas de Aprovechamiento:

Datos de cálculo:

_Superficie de la Unidad: 24.855 m².

_Superficie de parcelas aportadas: 21.213 m².

Cálculo aprovechamiento Unidad U.E.-5:

_Superficie de parcelas: 3.982 m² (5-2=879 y 5-3=3.103).

_Coeficiente de homogeneización parcelas: 0,2 m² h/m².

_Aprovechamiento de parcelas: 796 m²h.

_Superficie construida en PB: 6.005 m² (5-1= 1.844; 5-2=2.015 y 5-3=2.146).

_Coeficiente de homogeneización de PB: 0,7 m² h/m².

_Aprovechamiento en Planta Baja: 4.203 m²h.

_Superficie construida en plantas elevadas: 8.789 m² (5-1= 3.688; 5-2=3.454 y 5-3=1.647).

_Coeficiente de homogeneización plantas elevadas: 1,0 m² h/m².

_Aprovechamiento plantas elevadas: 8.789 m²h.

_Aprovechamiento Lucrativo Total: 13.788 m²h.

_Aprovechamiento Medio: 0,65 m² h/m².

_Número orientativo de viviendas: 57 viviendas.

Reparto orientativo del Aprovechamiento:

152 1.146 745 74 671

150 694 451 45 406

147 872 567 57 510

148 446 290 29 261

149 1.265 822 82 740

151 2.652 1.724 172 1.552

146 2.398 1.559 156 1.403

145 2.277 1.480 148 1.332

144 1.897 1.233 123 1.110

143 2.764 1.797 180 1.617

142 1.179 766 77 689

139 1.969 1.280 128 1.152

54 6 4 0 4

53 29 19 2 17

52 219 142 14 128

318 1.400 910 91 819

Normas de gestión:

_Se divide la Unidad de Ejecución en cuatro Subunidades que se pueden ejecutar independientemente.

_La subunidad 5-4 se contempla como cesión de zona verde de toda la Unidad de Ejecución.

_La alineación viene definida por la alineación exterior de la manzana grafiada en los planos de Ordenación. Dentro de cada manzana se podrán definir las alineaciones y las zonas libres mediante la tramitación de un Estudio de Detalle. No se determina ninguna tipología obligatoria dentro de cada manzana pudiéndose optar por viviendas unifamiliares aisladas, pareadas, adosadas o en bloque cuando se defina la ordenación de cada una de ellas.

_Se podrá ejecutar cada una de las Subunidades propuestas de forma independiente siempre y cuando se haya definido pormenorizadamente la Ordenación y se haya tramitado el correspondiente Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución en el que se distribuyan cargas y beneficios.

_Previamente a la ejecución de ninguna obra se procederá al derribo de los inmuebles existentes ubicados dentro del límite de la Unidad que afecten a la Subunidad que se quiere desarrollar.

_Previamente a la concesión de licencias de obra se tramitará ante el Ayuntamiento el Proyecto de Urbanización de la Ordenación planteada.

_Una vez aprobado el Proyecto de Urbanización se podrán tramitar licencias de edificación previa presentación de los correspondientes Proyectos de Obras.

_La construcción de la urbanización que afecte a la parcela edificada deberá ejecutarse previa o paralelamente a la propia edificación.

Serán de cesión gratuita y obligatoria a favor del Ayuntamiento de Lodosa la totalidad de los espacios destinados a:

_Viales y aparcamientos en superficie.

_Paseos peatonales.

_Zonas verdes públicas.

_No se concederán licencias de edificación mientras no se hayan hecho efectivas las cesiones especificadas en el punto anterior.

_La delimitación de la Unidad es discontínua incluyendo dentro de la misma 2.704 m² de terreno del Parque del Medianil.

Sistema de Actuación:

_El Sistema de Actuación para el desarrollo de la Unidad de Ejecución será mediante Cooperación o Compensación. Los propietarios de terrenos afectados por la Unidad de Ejecución se verán obligados antes de acometer la misma a:

_Aportar los terrenos de cesión obligatoria.

_Realizar a su costa la urbanización de la Unidad en los términos indicados en las Normas.

_Tramitar el correspondiente Proyecto de Reparcelación.

Artículo 30.

Identificación:

Unidad de Ejecución 6 (U.E.-6).

Descripción:

Unidad de Ejecución en Suelo Urbano ubicada entre la zona de equipamientos asistenciales y el Parque del Medianil en la que se proponen unas viviendas unifamiliares en parcelas de gran tamaño.

Superficie:

Superficie unidad: 8.222 m².

Superficie parcelas aportadas: 5.800 m².

Normas de Ordenación:

_Superficie de parcela mínima edificable: 500 m².

_La alineación exterior está definida por el cierre de parcela y aparece grafiada en lo planos correspondientes.

_Altura de la edificación: PB+1.

_Altura máxima desde la rasante de la acera a la cara inferior del último forjado: 8,00 m.

_Altura libre máxima de PB: 4,00 m.

_Altura libre mínima de Plantas Elevadas: 2,40 m.

_Altura libre mínima de plantas de sótano: 2,20 m.

_Los cierres de parcelas serán unitarios para cada manzana no permitiéndose cerramientos opacos por encima de 1,20 m de altura.

_Altura máxima del cierre de parcela: 2,40 m.

_Retranqueo mínimo de la edificación al límite de la parcela con vial público: 3,00 m.

_Se contempla como cesión obligatoria de la Unidad una zona verde junto al río con una superficie mínima de 806 m².

Normas de usos:

Uso principal:

_Residencial.

_Almacenamiento y garajes en PB.

Normas de Aprovechamiento:

Datos de cálculo:

_Superficie de la Unidad: 8.222 m².

_Superficie de parcelas aportadas: 5.800 m².

_Superficie de parcelas unifamiliares: 4.890 m².

_Coeficiente de homogeneización parcelas: 0,2 m² h/m².

_Aprovechamiento parcelas unifamiliares: 978 m² h.

_Superficie construida en PB: 994 m².

_Coeficiente de homogeneización PB: 1,5 m² h/m².

_Aprovechamiento PB: 1.491 m² h.

_Superficie construida en plantas elevadas: 868 m².

_Coeficiente de homogeneización de plantas elevadas: 1,5 h/m².

_Aprovechamiento plantas elevadas: 1.302 m² h.

_Aprovechamiento Lucrativo Total: 3.771 m² h.

_Aprovechamiento Medio: 0,65 m² h/m².

_Número orientativo de viviendas: 9 viviendas.

Reparto orientativo del Aprovechamiento:

142 237 154 15 139

139 1.163 756 76 680

140 1.166 758 76 682

162 1.161 755 76 679

161 712 463 46 417

160 648 421 42 379

Desc. 422 274 27 247

319 291 189 19 170

Normas de Gestión:

_La delimitación de la Unidad es discontinua incluyendo dentro de la misma 1.151 m² de terreno del Parque del Medianil (860 m² en Subunidad 6-2 y 291 m² en subunidad 6-3).

_Previamente a la ejecución de ninguna obra se procederá al derribo de los inmuebles existentes dentro del límite de la Unidad.

_Con anterioridad a la concesión de Licencias de Obra se tramitará ante el Ayuntamiento el Proyecto de Urbanización de la Ordenación planteada.

_La construcción de la urbanización que afecte a la propia parcela se deberá ejecutar previa o paralelamente a la propia edificación.

_Serán de cesión gratuita y obligatoria a favor del Ayuntamiento de Lodosa la totalidad de espacios destinados a:

_Viales y aparcamientos en superficie.

_Paseos peatonales.

_Zonas verdes públicas.

_No se concederán licencias de edificación mientras no se hayan hecho efectivas las cesiones especificadas en el punto anterior.

_Se adjunta Convenio Urbanístico entre Ayuntamiento de Lodosa y propietarios de parcela 319 del polígono 3.

Sistema de Actuación:

_El Sistema de Actuación para el desarrollo de la Unidad de Ejecución será mediante Cooperación o Compensación. Los propietarios de terrenos afectados por la Unidad de Ejecución se verán obligados.

Antes de acometer la misma a:

_Aportar los terrenos de cesión obligatoria.

_Realizar a su costa la urbanización de la Unidad en los términos indicados en las Normas.

_Tramitar el correspondiente Proyecto de Reparcelación.

Lodosa, 5 de enero de 2007
El Alcalde, Jesús María García Antón.

Código del anuncio: L0700283