BOLETÍN Nº 20 - 14 de febrero de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCION 4/2007, de 8 de enero, del Director del Servicio de Integración Ambiental por la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales para la extracción de áridos en el paraje Las Coseras, en el término municipal de Murillo del Fruto, en relación a las obras "Ensanche y mejora de la carretera NA-124 de Caparroso a Carcastilo, Tramo: Santacara - Carcastillo, Variante Murillo del Fruto", promovido por Vionasa.

Con fecha 19 de octubre de 2006 ha tenido entrada en el Servicio de Integración Ambiental la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente arriba citado. El proyecto se incluye en el Anexo 2.C, Apartado O) de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, por lo que se somete al régimen de Autorización de Afecciones Ambientales.

De acuerdo al artículo 27 de la citada ley, esta solicitud ha sido informada por el Ayuntamiento de Murillo del Fruto.

Esta Ley Foral establece en el artículo 28 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales en el plazo de cuatro meses desde la presentación de la solicitud.

Vistos los informes que figuran en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Orden Foral 537/2005, de 27 de septiembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

RESUELVO:

1.º Otorgar la Autorización de Afecciones Ambientales para la extracción de áridos en el paraje Las Coseras, en el término municipal de Murillo del Fruto, en relación a las obras "Ensanche y mejora de la carretera NA-124 de Caparroso a Carcastilo, Tramo: Santacara - Carcastillo, Variante Murillo del Fruto", promovido por Vionasa.

La presente Autorización estará sujeta a las siguientes condiciones:

.Se deberá regularizar el terreno, eliminando socavones, amontonamientos de tierra y enterrando piedras. Posteriormente se procederá al recubrimiento con tierra vegetal con un espesor mínimo de 40 cm y a la siembra de todas las superficies afectadas por la actividad con una mezcla de semillas de herbáceas y arbustivas propias de la zona.

.Las labores de restauración se realizarán en un plazo de 3 meses desde la fecha de esta legalización.

2.º La Autorización de Afecciones Ambientales del proyecto estará supeditada a la constitución de una fianza por importe de 12.000 eurosuros para garantizar la reparación o minimización de daños que pudieran ocasionarse por la actividad autorizada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 69 de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.

3.º Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean administraciones podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar desde su notificación.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

4.º Publicar esta Resolución a los efectos de Autorización de Afecciones Ambientales en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Integración Ambiental, al Guarderío de Medio Ambiente, al Ayuntamiento de Murillo del Fruto y al promotor, a los efectos oportunos.

Pamplona, 8 de enero de 2007
El Director del Servicio de Integración Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

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