BOLETÍN Nº 18 - 9 de febrero de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

ARANO

Asistencias a corporativos

Dada cuenta de lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley de Bases de Régimen Local en concordancia con lo establecido en el articulo 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales respecto a la dedicación y retribución de los miembros de la Corporaciones Locales.

A la vista de todo ello, la Corporación acuerda por unanimidad:

1. Establecer a favor de los Concejales la cantidad de 60 euros por asistencia a Plenos. Esta cantidad se entiende una vez aplicada la retención que proceda en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de conformidad con la legislación vigente. Estas cantidades serán actualizadas para los años sucesivos de conformidad con el IPC correspondiente.

2. Este acuerdo sobre remuneración de Concejales entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2007, y en su caso, anualmente se procederá a su ratificación.

3. Publicar el presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, de conformidad al artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de julio reguladora de las Bases del Régimen Local.

Arano, 21 de diciembre de 2006
El Alcalde, Iñigo Larrea Perurena.

Código del anuncio: L0701150