BOLETÍN Nº 18 - 9 de febrero de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

ACUERDO por el que se aprueba la participación de la Comunidad Foral de Navarra en la Convocatoria Nacional de Ayudas para la financiación de la adaptación de las instituciones universitarias al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), y el texto del Convenio a suscribir con la Universidad Pública de Navarra para el curso 2006-2007.

Por Resolución de 2 de agosto de 2006, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, se dispuso la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de julio de 2006, por el que se formalizaban los criterios de distribución, así como la distribución resultante, para el año 2006, de las ayudas para la financiación de la adaptación de las instituciones universitarias al Espacio Europeo de Educación Superior. Según ésta a Navarra le corresponde una asignación de 150.187 euros.

Posteriormente, por Orden ECI 1790/20067, de 8 de septiembre, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la financiación de la adaptación de las instituciones universitarias al Espacio Europeo de Educación Superior.

Pretende esta convocatoria ayudar económicamente a las universidades españolas a que desarrollen proyectos inspirados en las directrices emanadas de la Declaración de Bolonia para que, con el horizonte del año 2010, avancen en el proceso de convergencia de todos los países miembros y asociados hacia lo que se ha dado en llamar Espacio Europeo de Educación Superior: un espacio de educación superior común en el que se reconozcan las titulaciones universitarias y las competencias profesionales de estudiantes y profesores del ámbito europeo.

En este proyecto de gestión descentralizada participan las Comunidades Autónomas, quienes a su vez, deben convocar y resolver las ayudas entre las universidades de su territorio, o bien, como en el caso de Navarra, al tratarse de una Comunidad titular de una sola Universidad Pública, formalizar un Convenio de Colaboración y gestionar la asignación de los fondos a favor de la Universidad Pública de Navarra.

En la Comunidad Foral de Navarra, la Dirección General de Universidades y Política Lingüística del Departamento de Educación asume la gestión de los proyectos docentes e investigadores de la Universidad Pública de Navarra, constituyéndose en interlocutor del Ministerio de Educación y Ciencia para estas cuestiones.

Teniendo en cuenta lo anterior, de acuerdo con las competencias establecidas en la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Educación,

ACUERDA:

1.º Aprobar la participación de la Comunidad Foral de Navarra en la Convocatoria Nacional de Ayudas para la financiación de la adaptación de las instituciones universitarias al Espacio Europeo de Educación Superior. Dicha participación se desarrolla según se especifica en el convenio de colaboración con la Universidad Pública de Navarra cuyo texto se acompaña como Anexo.

2.º Notificar el presente acuerdo a la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia, al Vicerrector de Convergencia Europea y Relaciones Institucionales de la Universidad Pública de Navarra, al Director General de Universidades y Política Lingüística y al Director del Servicio de Enseñanza y Extensión Universitaria e Investigación del Departamento de Educación, a los efectos oportunos.

3.º Publicar el presente Convenio de Colaboración en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

ANEXO

Convenio de colaboración entre la Universidad Pública de Navarra y el Gobierno de Navarra para el desarrollo en la Comunidad Foral de Navarra de la Convocatoria Nacional de Ayudas para la financiación de la adaptación de las instituciones universitarias al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) en el curso 2006-2007

En Pamplona, a ...... de ................. de 2006.

INTERVIENEN:

De una parte: el Excelentísimo Señor don Luis Campoy Zueco, Consejero de Educación del Gobierno de Navarra, facultado para la firma en virtud del artículo 90.1 de la Ley 15/2004, de 3 de diciembre de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

De otra parte: el Excelentísimo Señor don Pedro Burillo López, Rector Magfco. de la Universidad Pública de Navarra.

Las partes se reconocen recíprocamente la capacidad para la firma de este Convenio y, por este motivo,

EXPONEN:

Que el Ministerio de Educación y Ciencia a través de su Secretaría de Estado e Investigación, según Resolución de 2 de agosto de 2006, acordó la asignación de 150.187 euros a favor de la Comunidad Foral de Navarra para impulsar los proyectos de adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior que desarrolle la Universidad Pública de Navarra a lo largo del Curso 2006-2007.

El propio Ministerio de Educación y Ciencia, en la ORDEN ECI 2790/2006, de 8 de septiembre, estableció las bases reguladoras de las subvenciones para la financiación de dichos proyectos de adaptación, a las cuales debería adaptarse la gestión de las ayudas por parte de las Comunidades Autónomas. En el caso de Navarra, el procedimiento de aplicación será la firma de un Convenio con la Universidad Pública de Navarra.

Es criterio compartido tanto por el Gobierno de Navarra como por la Universidad Pública de Navarra que la progresiva construcción y consolidación de un sistema universitario en el ámbito europeo y en lo que a España se refiere, en este momento de desarrollo del proceso, requiere la decidida participación y colaboración del Gobierno, las Comunidades Autónomas y las Universidades en actuaciones conjuntas destinadas a la ejecución de proyectos de planificación, diseño y definición de las actividades que se consideren necesarias para avanzar en dicho proceso.

La Universidad Pública manifiesta su deseo de participar en esta convocatoria, cuyos objetivos vienen a reforzar sus propios fines, establecidos en el Plan Estratégico 2005-2008, en lo que concierne a la convergencia europea.

La Dirección General de Universidades y Política Lingüística del Departamento de Educación tiene expresamente recogido entre sus objetivos de política universitaria participar con el Ministerio de Educación y Ciencia en las convocatorias de ayudas para la financiación de las instituciones universitarias al Espacio Europeo de Educación Superior.

A los efectos de establecer y desarrollar las principales líneas de actuación conjuntas en el marco de la convocatoria del Ministerio de Educación y Ciencia para la financiación de propuestas orientadas a diseñar la adecuación de las instituciones universitarias dentro del marco del proceso de Bolonia e impulsar las acciones para promover la construcción del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) y la adaptación progresiva de nuestro sistema de educación superior al mismo, las partes abajo firmantes acuerdan las siguientes cláusulas:

Primera._Objeto.

Constituye el objeto del presente Convenio de Colaboración establecer las condiciones de desarrollo y resolución en la Comunidad Foral de Navarra de lo dispuesto en la Convocatoria Nacional por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la financiación de la adaptación de las instituciones universitarias al Espacio Europeo de Educación Superior, en el curso 2006-2007.

El condicionado para la concesión de las ayudas de referencia se regirá por lo dispuesto en la Orden ECI 2790/2006, de 8 de septiembre, del Ministerio de Educación y Ciencia, y las cláusulas establecidas en el presente Convenio de Colaboración.

Segunda._Finalidad.

El Gobierno de Navarra y la Universidad Pública de Navarra se comprometen a crear las condiciones y a facilitar los medios para impulsar la adaptación de la Universidad Pública de Navarra al Espacio Europeo de Educación Superior, mediante la realización de proyectos e iniciativas destinadas a tal fin.

Tal y como disponen las bases reguladoras de la Convocatoria Nacional, la Universidad Pública de Navarra quedará obligada a la realización de las actividades que fundamenten la concesión de la ayuda y deberá justificar ante el Departamento de Educación, en los términos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y los Acuerdos específicos que al efecto suscriba con el Departamento de Educación, la realización de tales actividades. Teniendo en cuenta que se trata de una Convocatoria de ayudas de carácter nacional las causas de reintegro, serán las previstas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tercera._Proyectos subvencionables.

La propuesta y ejecución de los proyectos serán de responsabilidad última del Vicerrector de Convergencia Europea y Relaciones Institucionales de la Universidad Pública de Navarra.

Los proyectos perseguirán contribuir a la adaptación de la Universidad Pública de Navarra a las reformas que exige la adaptación del sistema universitario español en el Espacio Europeo de Educación Superior.

Los proyectos, por tanto, deberán plantear estrategias y actividades conducentes a la implantación de los principales elementos del proceso de Bolonia para la construcción del referido Espacio de entre las contempladas en las líneas prioritarias.

Cuarta._Proyectos a desarrollar por la Universidad Pública de Navarra.

De acuerdo con lo establecido en la cláusula anterior, la Universidad Pública de Navarra viene obligada a desarrollar los proyectos que se relacionan a continuación, por lo que percibirán la asignación que se señala para cada uno de ellos:

A) Proyectos a desarrollar y subvención.

1. Incentivos a la excelencia e innovación docente, que comprende los proyectos siguientes:

1.1. Estudios dirigidos a la aplicación de nuevas metodologías docentes en ECTS: 12.000 euros.

1.2. Plan Piloto de adaptación al EEES. Preparación para el diseño de los nuevos grados y posgrados: 50.000 euros.

1.3. Incentivos a la excelencia e innovación docente. Promoción de equipos de docencia de calidad: 3.000 euros.

2. Desarrollo de la dimensión social del proceso de Bolonia: 1.500 euros.

3. Establecimiento de procesos internos de planificación y garantía de calidad de las nuevas enseñanzas:

3.1. Plan de formación y seguimiento de planes piloto 2006-2007: 19.187 euros.

3.2. Estudio y ejecución en su caso de las nuevas necesidades en espacios e infraestructuras docentes de cara a la adaptación al EEES:20.000 euros.

4. Cooperación nacional e internacional:

4.1. Movilidad académica para el EEES: 20.000 euros.

4.2. Proyección internacional de la Universidad: 20.000 euros.

4.3. Incorporación profesorado: 3.000 euros.

5. Incentivos a la gestión: Implementación ECTS y suplemento: 1.500 euros.

B) Imposibilidad de cambios.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente convenio, la Universidad Pública de Navarra y el Departamento de Educación deberán suscribir acuerdos específicos en los que se concretarán los aspectos puntuales de la subvención inherente a cada proyecto y las obligaciones que asume la Universidad Pública de Navarra en relación con dicho proyecto. Dichos acuerdos, cuya aprobación corresponde al Director General de Universidades y Política Lingüística, serán suscritos por el Vicerrector de Convergencia Europea y Relaciones Institucionales de la Universidad Pública de Navarra y por el Director General de Universidades y Política Lingüística.

Quinta._Plazos de ejecución.

Los proyectos subvencionados deberán desarrollarse a lo largo del Curso Académico 2006/2007 y darán lugar a una memoria de ejecución por parte de la Universidad Pública de Navarra, que deberá ser presentada en el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra antes del 15 de noviembre de 2007.

Con anterioridad al 15 de diciembre de 2007 la Administración de la Comunidad Foral remitirá al Ministerio de Educación y Ciencia la memoria de ejecución de la Universidad Pública de Navarra, junto con su evaluación de las actividades realizadas.

Sexta._Valoración de las actividades realizadas.

La valoración de la memoria sobre las actividades realizadas por la Universidad Pública de Navarra, respecto de los proyectos subvencionados, corresponderá a la Dirección General de Universidades y Política Lingüística del Gobierno de Navarra.

Séptima._Publicidad del Convenio de Colaboración.

El contenido de este Convenio de Colaboración será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Dentro de los diez días siguientes a la firma de este Convenio de Colaboración se dará traslado de una copia al Ministerio de Educación y Ciencia para que éste proceda en la forma legalmente prevista al correspondiente libramiento, por el importe de 150.187 euros, cantidad asignada como subvención a los proyectos presentados en la Comunidad Foral de Navarra.

Octava._Forma de financiación.

Según se dispone en la Resolución de 2 de agosto de 2006, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación ("Boletín Oficial del Estado", número 188, de 8 de agosto de 2006), el Ministerio de Educación y Ciencia efectuará una transferencia a la Comunidad Foral de Navarra por un importe, que asciende a la cantidad de 150.187 euros, a partir de la firma del presente Convenio de Colaboración, y la Administración de la Comunidad Foral, a su vez, transferirá dicha cantidad, una vez recibida, a la Universidad Pública de Navarra, de acuerdo con la normativa vigente. El abono tendrá carácter de anticipo y en consecuencia quedará condicionado a la efectiva realización y justificación por la Universidad Pública de Navarra de los proyectos a desarrollar.

Novena._Compromisos derivados de la financiación.

La firma del presente Convenio no supone, por parte del Gobierno de Navarra, la asunción de ningún compromiso financiero, solamente la entrega efectiva de la aportación acordada por el Estado, determinará la puesta a disposición de la Universidad Pública de Navarra de la cantidad de 150.187 euros.

Décima._Naturaleza del Convenio.

El presente Convenio de Colaboración tiene naturaleza administrativa y será de aplicación al mismo, con carácter general, lo dispuesto en la Orden ECI 2790/2006, de 8 de septiembre, y lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las partes suscriben el presente Convenio de Colaboración, en fecha y lugar anteriormente indicado.

Por el Gobierno de Navarra, el Consejero de Educación, Luis Campoy Zueco. Por la Universidad Pública de Navarra, el Rector, Pedro Burillo López.

Pamplona, 18 de diciembre de 2006
El Consejero Secretario, del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez.

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