BOLETÍN Nº 18 - 9 de febrero de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCION 398/2006, de 15 de diciembre, del Director General de Bienestar Social, por la que se concede una subvención de 90.200 euros a la Fundación Alboan para la realización de las Jornadas "Cultura y Desarrollo Humano" a celebrar en Pamplona entre el 20 y el 23 de noviembre de 2006.

Vista la solicitud de subvención de la Fundación Alboan para llevar a cabo unas Jornadas de Cooperación Internacional, en el marco de la celebración del V Centenario de San Francisco Javier, denominadas "Cultura y Desarrollo" a celebrar en Pamplona entre el 20 y el 23 de noviembre de 2006.

Una vez analizado el correspondiente expediente administrativo, número 238/2006, y a la vista del informe propuesta del Servicio de Cooperación Internacional al Desarrollo respecto al mismo.

Habida cuenta que el 11 de diciembre de 2006 el Gobierno de Navarra acordó autorizar al Director General de Bienestar Social a conceder una subvención de 90.200 euros a la Fundación Alboan para la realización de las Jornadas "Cultura y Desarrollo Humano" en el marco de la celebración del V Centenario del nacimiento de San Francisco Javier.

Habida cuenta que la Ley Foral 5/2001, de 9 de marzo, de Cooperación al Desarrollo, establece en su artículo 7, que las Administraciones Públicas de Navarra colaborarán con las Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo, en acciones de formación, entre otras, que favorezcan una mejor percepción de la sociedad hacia los problemas que afectan a los países en desarrollo y que estimulen la solidaridad y cooperación activas con los mismos.

Vista la conformidad de la Intervención Delegada de Hacienda en este Departamento.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y por el Decreto Foral 46/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud,

RESUELVO:

1.º Conceder una subvención de 90.200 euros a la Fundación Alboan (CIF número G-4881137-6) para la celebración de las Jornadas denominadas "Cultura y Desarrollo Humano".

2.º Autorizar y disponer de un gasto total de 90.200 euros, para la financiación de la subvención indicada en el apartado anterior, a favor de la Fundación Alboan (CIF número G-4881137-6), con cargo a la partida 900000-91200-4819-143106 denominada "Congreso Internacional de Cooperación al Desarrollo V Centenario San Francisco Javier de la Fundación Alboan" del presupuesto de gastos de 2006.

3.º Interesar al Centro Contable para que, previa autorización expresa del Departamento de Economía y Hacienda, abone 60.000 euros a la Fundación Alboan (CIF número G-4881137-6) con cargo a la partida 900000-91200-4819-143106 denominada "Congreso Internacional de Cooperación al Desarrollo V Centenario San Francisco Javier de la Fundación Alboan" del presupuesto de gastos de 2006, en concepto de anticipo de la subvención aprobada en el punto anterior.

Abonándose el resto conforme se justifique documentalmente la realización del gasto.

4.º Aprobar las siguientes bases reguladoras de la subvención:

4.1. Obligaciones del beneficiario.

a) Comunicar el importe de las subvenciones solicitadas y concedidas con posterioridad a la concesión de la subvención del Gobierno de Navarra, con el mismo objeto y por cualquier organización o institución pública o privada. El importe de la subvención concedida no podrá en ningún caso superar el coste del proyecto a realizar.

b) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras comprobaciones y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. En particular, poner a disposición del órgano concedente, si así se lo solicita, los comprobantes de gasto que avalan los listados a que se refiere el apartado 4.2.º; en caso contrario este comportamiento tendrá la consideración de infracción del artículo 42, 1.1.f) de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

4.2. Plazo y forma de justificación de la finalidad de la subvención y de las aplicaciones de fondos.

a) Justificación documental, mediante informe narrativo y económico final de ejecución y su utilización, antes del 31 diciembre 2006.

b) Presentación de cuenta justificativa, compuesta de los siguientes elementos:

b1) Declaración responsable, firmada por el representante legal de la Fundación Alboan, de que son ciertos todos los datos contenidos en la cuenta.

b2) Balance de ingresos y gastos totales de la realización de las Jornadas.

b3) Listados de gastos completos en los que se hará constar el tipo de gasto y fuente de financiación. Constará por cada gasto el número de documento en la lista, número de documento del comprobante, fecha de emisión, nombre o razón social del emisor y su número de identificación fiscal o similar, concepto, modo de pago, cuantía en moneda en la que se ha efectuado el pago e importe en euros. Los listados de gastos deberán ser acompañados de los originales de los comprobantes de gasto.

b4) Cuanta otra documentación escrita o gráfica se desee aportar voluntariamente, que avale la buena marcha o ejecución del proyecto financiado.

4.3. En el supuesto de que la Fundación Alboan realice un gasto subvencionable superior a 12.000 euros para la prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia, la Fundación Alboan deberá acreditar que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. La justificación de estos extremos se realizará mediante un informe adicional al de justificación señalado en el apartado 4.2.º que deberá recoger el procedimiento y criterios de elección de los proveedores, acompañado de los presupuestos solicitados al menos a tres de ellos.

4.4. Anticipo de subvención. Se anticipará, previa autorización expresa del Departamento de Economía y Hacienda. hasta un máximo de 60.000 euros al haber sido justificada la necesidad de provisión de fondos para el cumplimiento de los fines de la subvención,

4.5. Obligaciones del beneficiario en relación con la publicidad de la subvención.

a) Colaborar con el Gobierno de Navarra en la divulgación del proyecto, con el fin de promover la sensibilización de la opinión pública de Navarra en materia de cooperación al desarrollo.

b) Hacer público el origen de la subvención en cuanta difusión y publicidad del proyecto se haga. En el caso de difusión escrita o gráfica se deberá utilizar el logotipo del Gobierno de Navarra, en los términos señalados en el Decreto Foral 189/2004, de 3 de mayo, por el que se regula el símbolo oficial del Gobierno de Navarra y su utilización, que deberán figurar con el mismo tamaño y en iguales condiciones de visibilidad que el de la Fundación Alboan.

4.6. Incumplimientos y su graduación.

a) Se deberá proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en los artículos 35 y 37 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones y en esta Resolución.

b) Para la graduación de los posibles incumplimientos se tendrá en cuenta:

b1) El nivel de ejecución técnica de las Jornadas.

b2) El número y entidad de las alteraciones realizadas sin autorización administrativa previa.

5.º Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y notificarla a la Fundación Alboan, y al Centro Contable, a los efectos oportunos, haciendo constar que, contra la misma, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.

Pamplona, 15 de diciembre de 2006
El Director General de Bienestar Social, José Carlos Esparza Sáez.

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