BOLETÍN Nº 17 - 7 de febrero de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

LEITZA

Aprobación definitiva de la modificación de ordenanzas fiscales. Tarifas para el año 2007

Mediante edictos publicados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 139, de 20 de noviembre de 2006, se anunció la aprobación inicial de la modificación de determinadas Ordenanzas Fiscales.

Durante el periodo de información pública, de treinta días, se ha presentó una alegación que fue rechazada por el Pleno del Ayuntamiento de Leitza en sesión celebrada con fecha 8 de enero de 2007, aprobando definitivamente las modificaciones propuestas.

Procede, por ello, publicar la relación de las tarifas que estarán en vigor durante el año 2007.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR EXPEDICION Y TRAMITACION DE LA DOCUMENTACION

b) Fotocopias: 0,18 euros.

c) Informes técnicos realizados como consecuencia de las consultas urbanísticas.

Por cada informe: 33,20 euros.

e) Modificaciones del Plan Municipal: 54,00 euros más gastos de prensa.

Cuando se trate de las siguientes modificaciones se añadirá:

_Cambio de suelo forestal a suelo no urbanizable de preservación, en la subcategoría de suelo de valor para su explotación natural: 0,025 euro/m².

_Cambio de suelo de mediana productividad a suelo urbanizable: un euro/m².

_Cambio de suelo forestal a suelo urbanizable: 1,50 euro/m².

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR LOS SERVICIOS DE RECOGIDA Y TRATAMIENTO DE BASURA

a) Por la recogida domiciliaria de basura o residuos sólidos en las viviendas: 24,20 euros cada cuatro meses.

b) Por la recogida de basura o residuos sólidos de establecimientos industriales o comerciales:

1.º Grupo: Zapaterías, bodegas, tiendas de fotos, bancos, oficinas, relojerías, armerías, gimnasios, colegios, peluquerías, floristerías, panaderías, residencias, tintorerías y casas rurales: 116,31 euros al año.

2.º Grupo: Pescaderías y tiendas de comestibles. 199,39 euros al año.

3.º Grupo: Carpinterías, sociedades, farmacias, droguerías, gasolineras, librerías y salones de máquinas. 136,25 euros al año.

4.º Grupo: Tiendas de ropa, ferreterías, empresas de fontanería, carnicerías, tiendas de congelados y tiendas de electrodomésticos. 152,86 euros.

5.º Grupo: Restaurantes, bares, bar-restaurantes y bar-restaurante-hoteles. 239,27 euros anuales.

6.º Grupo: Naves del polígono industrial PII Landa. 169,48 euros.

7.º Grupo: Hoteles: 611,47 euros.

8.º Grupo: Depuradora Nilsa: 847,41 euros al año.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR SUMINISTRO DE AGUA

a) Consumo domiciliario:

_Hasta 50 m³: 8,05 euros cada cuatro meses.

_Por el consumo de cada metro cúbico superior a 50 m³: 0,45 euros/m³ cada cuatro meses.

b) Consumos industriales:

a._Hasta 650 m³ cada cuatro meses: 0,34 euros/m³.

b._Desde 650 m³ a 2000 m³: 0,89 euros/m³.

c._Lo que se consuma por encima de 2000 m³: 1,27 euros/m³.

c) Tasa de enganche a la red de aguas: 152,13 euros.

d) Precio de los contadores de agua: Coste del contador de agua+ 20 euros.

e) Por un segundo enganche (bajeras, jardines ...): 228,17 euros.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DE SUELO, VUELO Y SUBSUELO DE LA VIA PUBLICA Y TERRENOS DEL COMUN

a) Barracas, quioscos, puestos de mercado, cuando no se realiza subasta:

_Longitud hasta seis metros lineales, 5,40 euros por día. Días festivos: 7,52 euros por día.

_Longitud entre seis y doce metros lineales, 10,90 euros/día. Días festivos: 16,07 euros/día.

_Longitud entre doce y dieciocho metro lineales, 22,50 euros/día.

Días festivos: 32,15 euros/día.

b) Terrazas: 21,52 euros por cada mesa.

c) Colmenas: 1,05 euro por cada una.

d) Canales: 0,35 euros por cada uno.

e) Aparatos y cajeros en la calle: 32,15 euros/año.

f) Contenedores de obras: 107,33 euros.

g) Por apilar leña en la calle: 103,70 euros.

ORDENANZA REGULADORA DE LA UTILIZACION DEL CEMENTERIO MUNICIPAL Y DE LOS DERECHOS Y TASAS POR SU UTILIZACION Y PRESTACION DE SERVICIOS

ANEXO DE LAS TASAS

1.º epígrafe._Enterramiento en suelo o en panteón: 207 euros.

2.º epígrafe._Enterramiento en nichos: 149,07 euros.

3.º epígrafe._Exhumación solicitada por el interesado: 123,92 euros.

4.º epígrafe._Enterramiento de cenizas: 140 euros.

5.º epígrafe._Otros servicios. Para otros servicios no mencionados en esta ordenanza y enterramientos no mencionados en la normativa general y que el Ayuntamiento debe aprobar expresamente se cobrará el coste de la contraprestación, si los lleva a cabo el Ayuntamiento.

ORDENANZA SOBRE LOS PRECIOS PUBLICOS PARA LA UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES

A._Para la utilización de piscinas:

SOCIOS NO SOCIOS

ABONO FAMILIAR (*) 106,85 117,80

NIÑOS (5-13 AÑOS) 17,15 21,40

JOVENES (14-17 AÑOS) 26,75 32,10

ADULTOS (18-64 AÑOS) 50,40 57,90

MAYORES DE 65 AÑOS 17,15 21,40

Abono familiar (padres y niños menores de 13 años). Por lo menos uno de los padres deberá ser socio.

Entradas diarias.

DIAS LABORALES FESTIVOS

SOCIOS NO SOCIOS SOCIOS NO SOCIOS

ABONO DE 10 DIAS 26,75 32,15 - -

NIÑOS (5-13 AÑOS) 1,85 2,05 2,50 2,80

JOVENES (14-17 AÑOS) 3,25 3,45 3,75 4,05

ADULTOS (18-64 AÑOS) 3,75 4,05 5,10 5,40

MAYORES DE 65 AÑOS 1,85 2,05 2,50 2,80

Para la utilización de las instalaciones del polideportivo municipal:

CUOTAS DE ABONADOS MENSUAL A N U A L A L T A

FAMILIA 18,70 224,00 49,80

NIÑOS (5-13 AÑOS) 3,15 37,35 12,45

JOVENES (14-17 AÑOS) 5,70 68,45 18,70

ADULTOS (18-64 AÑOS) 9,35 112,00 24,90

MAS DE 65 AÑOS 3,65 43,55 12,45

Entradas diarias:

_Niños (5-13 años): 2,50 euros.

_Jóvenes (14-17 años): 3,25 euros.

_Adultos (18-64 años): 4,85 euros.

_Más de 65 años: 2,50 euros.

Precios de alquiler de instalaciones.

SOCIOS NO SOCIOS

CUOTAS ALQUILER SQUASH:

ALQUILER DE PISTA SIN LUZ 1,25 2,20

ALQUILER DE PISTA CON LUZ 2,30 3,25

CUOTAS ALQUILER FRONTON PEQUEÑO:

ALQUILER DE PISTA SIN LUZ 1,25 2,20

ALQUILER DE PISTA CON LUZ 2,30 3,25

CUOTAS ALQUILER PISTA POLIDEPORTIVA:

ALQUILER DE PISTA SIN LUZ 17,15 -

ALQUILER DE PISTA CON LUZ 23,35 -

CUOTAS ALQUILER FRONTON:

ALQ. PISTA SIN LUZ PARA MENO. DE 14 AÑOS 2,50 -

ALQ. PISTA SIN LUZ PARA MAYO. DE 14 AÑOS 5,20 -

ALQ. PISTA CON LUZ PARA MENO. DE 14 AÑOS 3,35 -

ALQ. PISTA CON LUZ PARA MAYO. DE 14 AÑOS 6,90 -

Los no abonados, además del alquiler de las instalaciones, deberán pagar la entrada diaria.

Aurrera, Guraso Elkartea u otros grupos que firmen acuerdos con el ayuntamiento pagarán el 30% del alquiler de las instalaciones utilizadas.

ORDENANZA REGULADORA DE LOS APROVECHAMIENTOS COMUNALES

Tierra de labor: 0,05 euro por metro.

Pasto:47 euros por hectárea.

Prado: 78 euros por hectárea.

Hierbas y aguas:

_Por cada oveja y cabra, 0,9 euros.

_Por cada cabeza que paste en el comunal, suplemento de 0,25 euros.

_Por cada yegua y vaca: 9 euros.

-Por cada cabeza que paste en el comunal, suplemento de 2,5 euros.

Por cada hectárea certificada para el PAC, 3 euros.

Lote de leña: un día de auzolan o el sueldo correspondiente al sueldo de un día de un trabajador de nivel D.

Leitza, 15 de enero de 2007
El Alcalde, Patxi Saenz Lazcano.

Código del anuncio: L0700758