BOLETÍN Nº 156 - 17 de diciembre de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

FALCES

Tipos de gravamen

El Pleno del Ayuntamiento de Falces, en sesión celebrada el día 29 de noviembre de 2007, adoptó con el quórum reglamentario, los siguientes acuerdos:

1º. Fijar en el 0,1374% el tipo de gravamen para la exacción de la contribución territorial Urbana, para cada período impositivo.

2º. Fijar en el 0,4984% el tipo de gravamen para la exacción de la contribución territorial Rústica, para cada período impositivo.

3º. Fijar el tipo de gravamen del I.C.I.O. en el 3,50% del coste real y efectivo de la construcción.

4º. Fijar los porcentajes mínimos establecidos en el artículo 175 de la Ley Foral 2/1995, en los cuadros para cada período, según la población de derecho (hasta 5.000 habitantes) y el tipo del gravamen del 8%.

5º Este acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2008.

6º Publicar el presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos consiguientes.

Contra este acuerdo puede interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a esta notificación, pudiendo no obstante interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo; o bien

b) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a esta notificación.

Falces, 30 de noviembre de 2007.-El Alcalde-Presidente, José Carlos García García

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