BOLETÍN Nº 156 - 17 de diciembre de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

ARTAJONA

Modificación del Plan Municipal de Artajona en la unidad de actuación UC-9.1

Aprobado definitivamente por Orden Foral 0059/2007, de 31 de octubre de 2007, del Consejero de Vivienda y Vivienda el expediente de modificación del Plan Municipal de Artajona, en la unidad de actuación UC-9.1, promovido por Ignacio Buzunariz Martínez, de conformidad con lo establecido en el artículo 81 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se procede a publicar la normativa urbanística.

Lo que se publica para general conocimiento de los interesados.

Artajona, 20 de noviembre de 2007.-El Alcalde, Pedro María Egea Ortiz.

1.-Descripción y justificación de la solución adoptada

1.-Red viaria.

Se mantiene básicamente la ordenación viaria existente, es decir la división de la unidad en dos manzanas por un vial central y un sistema de viales perimetrales que forman la calle Atxerukos, la Ronda Rufo Ayestarán, la Avenida San Isidro Labrador y un nuevo vial que comunica la calle Atxerukos con la Avenida San Isidro Labrador.

Esta ordenación viaria posibilita el acceso a cada una de las parcelas resultantes por viales interiores, no previendo ningún acceso desde la Avenida San Isidro Labrador (carretera NA-6030 Mendigorría-Tafalla).

Con respecto a la carretera NA-6030:

-Se amplía la anchura de la calzada a 7 metros, dando continuidad al tramo que proviene del núcleo urbano.

-Las edificaciones más próximas se sitúan a 18 metros de la arista exterior de la calzada.

-Los cierres de parcelas están situados a una distancia superior a 8 metros de la arista exterior de la explanación y menor de 18 metros, por lo tanto serán diáfanos, con posible cimiento corrido de un máximo de 60 cm de altura sobre el terreno y malla hasta 2,00 metros.

-La salida a la carretera solo se realiza por las calles laterales, salidas que estarán dotadas de sendas señales de stop.

Se han establecido plazas de aparcamiento en las calles Atxerukos, calle interior paralela a la Avenida San Isidro y en la Ronda Rufo Ayestarán, junto a la parcela de equipamiento colectivo.

2.-Edificaciones.

Inicialmente el número de viviendas previstas es de 21, siendo el 15% de las mismas de protección oficial, es decir 18 (libres) + 3 (protección).

Con la presente modificación se plantean 30 viviendas, 22 viviendas libres unifamiliares pareadas + 8 viviendas colectivas de V.P.O., es decir del exceso de 9 viviendas sobre el número inicial de 21, el 50% queda sujeto a régimen de protección oficial.

Con las 30 viviendas propuestas, con una superficie construida de 4.559,86 m² y una densidad de la unidad de 21,14 viv/ha, tanto la superficie construida como la densidad se sitúan muy por debajo de la máxima legalmente establecida para este tipo de suelos y acorde con las establecidas en otras unidades de similares características del Plan Municipal de Artajona.

Las edificaciones residenciales se han distribuido en las dos manzanas creadas. En la manzana residencial próxima a la Avenida San Isidro Labrador con una propuesta lineal de 10 parcelas para 10 viviendas unifamiliares pareadas que dan frente a la zona verde de la unidad.

La manzana superior se divide en 12 parcelas para 12 viviendas unifamiliares pareadas, una parcela para 8 viviendas colectivas de V.P.O. y una parcela para equipamiento colectivo.

3.-Zonas verdes y equipamiento comunitario polivalente.

Según la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo el carácter del suelo de la Unidad es de urbano no consolidado, se ha tenido en cuenta en la ordenación propuesta las correspondientes cesiones de zonas verdes, equipamiento colectivo y aparcamientos.

La zona verde con una superficie de 1.726,96 m² se localiza junto a la Avenida San Isidro, planteándose como un boulevard de 12 metros de anchura, con su correspondiente arbolado, un boulevard que separa las edificaciones de la carretera y que amplifica la entrada al núcleo urbano de Artajona, sirviendo de conexión entre la trama urbana y el suelo no urbanizable.

La parcela de equipamiento comunitario polivalente con una superficie de 692,18 m², se sitúa en el ángulo noroeste de la unidad entre las calles Atxeruko y Ronda Rufo Ayestarán, siendo una parcela con fácil accesibilidad y separada por la Ronda Rufo Ayestarán de una zona de posible desarrollo urbano de Artajona, donde se podrían localizar parcelas dotacionales.

2.-Parcelación Propuesta

Según la ordenación propuesta, resulta la siguiente parcelación:

Parcela 1. 252,54 m².

Parcela 2: 252,66 m².

Parcela 3: 252,68 m².

Parcela 4: 252,83 m².

Parcela 5: 252,50 m².

Parcela 6: 252,52 m².

Parcela 7: 252,73 m².

Parcela 8: 252,44 m².

Parcela 9: 252,41 m².

Parcela 10: 325,40 m².

Parcela 11: 250,17 m².

Parcela 12: 250,16 m².

Parcela 13: 250,16 m².

Parcela 14: 250,16 m².

Parcela 15: 250,16 m².

Parcela 16: 250,16 m².

Parcela 17: 227,56 m².

Parcela 18: 237,95 m².

Parcela 19: 269,20 m².

Parcela 20: 307,24 m².

Parcela 21: 353,83 m².

Parcela 22: 533,95 m².

Parcela V.P.O.: 764,49 m².

Parcela Equipamiento Colectivo: 692,18 m².

3.-Situación Urbanística propuesta

1.-Determinaciones de carácter general.

Clase de suelo: Urbano no consolidado.

Superficie de la Unidad de Ejecución: 14.191,95 m².

Uso predominante: Residencial.

Tipología: Vivienda unifamiliar pareada y colectiva de protección.

Edificabilidad: 4.559,86 m².

2.-Determinaciones funcionales.

Superficie resultante destinada a parcelas privadas: 6.793,90 m².

Superficie resultante destinada a zonas verdes: 1.726,96 m².

Superficie resultante de parcela de equipamiento colectivo polivalente: 692,18 m².

Superficie resultante destinada a red viaria y peatonal: 6.705,87 m².

Número máximo de viviendas pareadas: 22.

Número máximo de viviendas colectivas V.P.O.: 8.

Superficie construida máxima destinada a viviendas unifamiliares pareadas: 3.779,86 m².

Superficie construida máxima destinada a vivienda colectiva V.P.O.: 780,00 m².

El suelo destinado a parcela edificable residencial que finalmente no resulta ocupado por la edificación pasará a tener la calificación de parcela libre privada.

Los usos permitidos en la parcela edificable residencial serán el residencial unifamiliar y colectivo de protección y los usos compatibles de acuerdo a la Ordenanza de actividades clasificadas del vigente Plan Municipal de Artajona. Los usos prohibidos serán todos los demás.

Sobre las parcelas libres privadas se permiten actividades de ocio y esparcimiento, deportivas y agrícolas de ocio. Asimismo en las parcelas libres privadas de las viviendas unifamiliares pareadas, podrán preverse áreas para acceso y estacionamiento de vehículos.

3.-Determinaciones de carácter formal.

Número máximo de plantas: Sótano, planta baja y planta primera.

Altura libre máxima de planta baja: 3,50 m.

Altura libre mínima de planta baja: 2,50 m.

Altura libre mínima de sótano: 2,20 m.

Altura máxima total de los edificios: 6,50 m.

Se permite el uso de vivienda en plantas bajas de edificios de vivienda colectiva.

Podrán construirse entrecubiertas en las condiciones establecidas en la Normativa Urbanística General del vigente Plan Municipal de Artajona.

4.-Determinaciones relativas a la gestión.

Sistema de actuación: Reparcelación voluntaria o compensación.

Figura de gestión: Reparcelación voluntaria o reparcelación.

Figuras de materialización: Proyecto de urbanización y Proyecto de Edificación.

Se cederá el 10% del aprovechamiento al Ayuntamiento de Artajona.

4.-Determinaciones de ordenacion urbanística

En el artículo 49 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se definen las determinaciones que constituyen la ordenación urbanística.

Las determinaciones afectadas por la presente Modificación del Plan Municipal de Artajona son:

1.-Determinaciones estructurantes.

-En el suelo urbano no consolidado, la indicación del aprovechamiento máximo, los usos globales y la fijación del porcentaje obligatorio de viviendas sujetas a algún tipo de protección pública.

2.-Determinaciones pormenorizadas.

-La definición detallada de las tramas urbanas, especialmente mediante las alineaciones y rasantes de las edificaciones y de los elementos viarios.

-La definición de los sistemas locales de vías públicas, espacios libres públicos y equipamientos públicos.

5.-Justificación de la reserva de módulos

1.-Espacios libres de dominio y uso público.

10% 14.191,95 m² = 1.419,20 m².

35,00 m²/vivienda x 30 viviendas = 1.050,00 m².

35,00 m²/100 m² const. uso residencial x 45,60 m² = 1.596,00 m².

1.726,96 m² de zona verde > 1.596 m².

2.-Aparcamientos.

2 plazas/100 m² edificación (descontando garajes) x 41,36 m² = 83 plazas.

Se localizan 45 aparcamientos en espacios de uso público.

Se localizan 38 plazas de aparcamiento en espacios de uso privado, 22 plazas correspondientes a las viviendas unifamiliares pareadas y 16 plazas correspondientes a las 8 viviendas de V.P.O.

El total de plazas de aparcamiento de la unidad es de 83.

3.-Equipamiento comunitario polivalente.

15,00 m²/vivienda x 30 viviendas = 450,00 m².

15,00 m²/100 m² const. uso residencial x 45,60 m² = 684,00 m².

692,18 m² de equipamiento comunitario polivalente > 684,00 m².

6.-Cálculo de superficies

1.-Superficie construida computable de las viviendas unifamiliares pareadas.

Viviendas unifamiliares pareadas de las parcelas (1-16 y 19-22).

-Planta baja: 102,38 m².

-Planta primera: 69,30 m².

-Total: 171,68 m².

20 viviendas x 171,68 m² = 3.433,60 m².

-Viviendas unifamiliares pareadas de las parcelas (17 y18).

-Planta baja: 102,29 m².

-Planta primera: 70,84 m².

-Total: 173,13 m².

2 viviendas x 173,13 m² = 346,26 m².

-Total viviendas unifamiliares pareadas: 3.779,86 m².

2.-Superficie construida computable de las 8 viviendas V.P.O.

Planta baja: 390,00 m².

Planta primera: 390,00 m².

Total: 780,00 m².

7.-Densidad, edificabilidad

1.-Densidad.

La superficie de la unidad es de 14.191,95 m².

30 viviendas: 1,419 ha = 21,14 viv/ha, densidad inferior a la densidad máxima establecida.

2.-Edificabilidad.

Parcela 1: 171,68 m².

Parcela 2: 171,68 m².

Parcela 3: 171,68 m².

Parcela 4: 171,68 m².

Parcela 5: 171,68 m².

Parcela 6: 171,68 m².

Parcela 7: 171,68 m².

Parcela 8: 171,68 m².

Parcela 9: 171,68 m².

Parcela 10: 171,68 m².

Parcela 11: 171,68 m².

Parcela 12: 171,68 m².

Parcela 13: 171,68 m².

Parcela 14: 171,68 m².

Parcela 15: 171,68 m².

Parcela 16: 171,68 m².

Parcela 17: 173,13 m².

Parcela 18: 173,13 m².

Parcela 19: 171,68 m².

Parcela 20: 171,68 m².

Parcela 21: 171,68 m².

Parcela 22: 171,68 m².

Parcela V.P.O.: 780,00 m².

Parcela Equipamiento Colectivo: Libre.

Estella, marzo de 2007.-Firmado, Ricardo Ros Zuasti.

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