II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES
ABERIN
Tipos de gravamen para el año 2008
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, la Corporación en sesión celebrada el día 22 de noviembre de 2007, acordó fijar para el año 2008 los tipos de gravamen, índices y porcentajes que se citan:
-Riqueza Urbana: 0,15.
-Riqueza Rústica: 0,80.
-Impuesto sobre Instalaciones, Construcciones y Obras en el 3,5% del presupuesto de ejecución material de las mismas.
-Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, aplicar los porcentajes mínimos establecidos en el artículo 175 y un gravamen del 10% conforme al artículo 176 de la Ley Foral 2/95 de Haciendas locales de Navarra.
-Impuesto sobre actividades económicas aplicar el índice 1 a las tarifas.
-Canon comunal-roturo: 0,0035 céntimos/metro. Cantidad mínima: 1 euro.
-El presente acuerdo entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2008.
Contra dicho acuerdo se podrá interponer optativamente uno de los siguientes recursos:
a) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a esta notificación.
b) Recurso de reposición ante el mismo autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.
c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.
Aberin/Muniain, 23 de noviembre de 2007.-El Alcalde, Luis Enrique Aguilar Lizarraga.
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