BOLETÍN Nº 156 - 17 de diciembre de 2007

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de Instrucción número Tres de Pamplona

EDICTO

En Juzgado de Instrucción número Tres de Pamplona a 22 de noviembre de 2007.

Se hace saber: Que en este juzgado se sigue Juicio de faltas número 207/2007 por lesiones habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 496/07.

En Pamplona, a 26 de octubre de 2007.

María Paz Benito Oses, Magistrada-Jueza de Juzgado de Instrucción número Tres de Pamplona, en nombre del Rey, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa Juicio de faltas 207/2007, seguida por una falta de lesiones con intervención del Ministerio Fiscal en representación de la acción pública y como implicados Anibal Elio Espinoza Camacho y Edgar Fabian González Cabrera como denunciantes y Jhony Williams Espinoza León, César Augusto Velasquez Bautista, Oscar Efrain Machado Davalos, Víctor Hugo Regalado Zambonino, Jorge Hernan Zambrano Risco y Christian Anibal Taipe Alvarez como denunciados asistidos todos ellos por el Letrado señor Tudanca, y

Fallo: Condeno a Jhony Williams Espinoza León y Víctor Hugo Regalado Zambonino como autores responsables de una falta de lesiones a la pena de multa de 40 días con una cuota diaria de 6 euros cada uno, que hace un total de 240 euros cada uno más las costas.

Si el penado no satisface voluntariamente, o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de arresto por cada dos cuotas diarias impagadas, que habrá de cumplirse en el centro penitenciario correspondiente.

Absuelvo a Jhony Williams Espinoza Leon, César Augusto Velasquez Bautista, Oscar Efrain Machado Davalos, Víctor Hugo Regalado Zambonino, Jorge Hernan Zambrano Risco y Christian Anibal Taipe Alvarez, de las faltas de que venían siendo imputados.

En materia de responsabilidad civil los condenados deberan indemnizar conjunta y solidariamente a anibal elio espinoza en la cantidad de 200 euros por las lesiones sufridas.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial, que podrá interponerse en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación en la forma prevista en el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que sirva de notificación a Christian Anibal Taipe Alvarez hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Pamplona, 22 de noviembre de 2007.-La Magristrada-Jueza, firma ilegible.

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