BOLETÍN Nº 154 - 12 de diciembre de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.1. Ordenación del territorio y urbanismo

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 19 de noviembre de 2007, por el que se declara Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal el proyecto de "Abastecimiento de agua en alta a la asociación voluntaria de Municipios Aoiz, Urraúl Bajo y Lumbier-Fase IV y V", promovido por el Ayuntamiento de Aoiz, actuando en nombre propio y en el de los Ayuntamientos de Urraúl Bajo y Lumbier.

Como antecedente en el que enmarcar el actual proyecto, cabe señalar el Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Abastecimiento de Agua en Alta a la Asociación Voluntaria de los Municipios de Aoiz, Urraúl Bajo y Lumbier, cuyas dos primeras fases fueron aprobadas por Acuerdo de Gobierno de Navarra de 8 de abril de 2002, y la tercera mediante Acuerdo de 27 de febrero de 2006. Por tanto, se trataría ahora de tramitar la 4.ª y 5.ª fases de dicho PSIS para culminar las obras y abastecer de agua a las poblaciones que integran la citada Asociación Voluntaria de Municipios.

Las obras proyectadas ahora se refieren a una serie de tuberías o ramales que partiendo de la conducción maestra ejecutada en su día abastecen a diversos núcleos de población. Dichas obras afectan a los términos municipales de Lónguida (Concejo de Villaveta, Aós, Meoz, Murillo y Villanueva) y Urraúl Bajo (Concejos y lugares: Grez, Artieda, Sansoain, Nardués-Andurra, Rípodas, San Vicente, Aldunate, Tabar y Nardués-Aldunate).

En el Proyecto se distinguen los siguientes ramales:

-Ramal de Oleta: conducción desde el depósito de Villaveta a la muga de Oleta. El tramo tiene una longitud de 933 metros, y discurre en paralelo y por el lado derecho del camino de Oleta.

-Ramal de Meoz: conducción de 2.484 metros, que discurre desde el depósito de Aós al depósito de Meoz, atravesando parcelas de cultivo, varios caminos públicos, la regata Zarikieta y barrancos.

-Ramal de Villanueva de Lónguida: conducción entre el depósito de Murillo al depósito de Villanueva. El tramo, de 466 metros de longitud, discurre en paralelo y a unos 170 metros de la carretera NA-150 Pamplona-Aoiz-Lumbier.

-Ramal de Grez: conducción desde la tubería general al depósito de Grez. El tramo, de 1.583 metros de longitud, nace en un punto cercano a la antigua vía del ferrocarril del Irati, continua paralelo al camino del Soto de Arriba, atraviesa la regata de Izaga y, apoyándose en la traza de un camino público y una calle, atraviesa la población de Grez de norte a sur.

-Ramal de Artieda: discurre desde la tubería general al depósito de Artieda. El tramo, de 351 metros de longitud, tiene su origen en el cruce de las carreteras NA-150 Pamplona-Aoiz-Lumbier y NA-2455 Grez y, tras atravesar el barranco de Auzalor, un camino de concentración y varias parcelas agrícolas, termina en el depósito de Artieda.

-Ramal Sansoain: con 2.134 metros de longitud, parte del anterior ramal, a la altura del cruce de este con el camino de concentración, y finaliza en el depósito de Sansoain. Discurre paralelo al camino de Artieda hasta la proximidades de Sansoain donde, tras cruzar dos veces el barranco de Euntzemear, bordea la población por el norte para llegar al depósito.

-Ramal Andurra: tramo de 2.256 metros de longitud, que inicia su trazado en el depósito de Sansoáin y finaliza en el de Nardués-Andurra. Tras atravesar la carretera NA-2100 Valle de Urraúl Alto, discurre en paralelo a la misma hasta el encuentro con la carretera NA-2152 Nardués-Andurra, donde quiebra su trazado para continuar en paralelo a esta última carretera. A unos 450 metros de la población de Nardués-Andurra, la traza gira al oeste para concluir en el depósito de la localidad.

-Ramal Rípodas: con una longitud de 246 metros tiene su origen en la tubería general a la altura de la población de Rípodas. La conducción, tras atravesar la carretera NA-150 Valle de Urraúl Alto y unos campos de cultivo, finaliza en el depósito de Rípodas.

-Ramal arqueta derivación conducción principal-Arqueta derivación depósito San Vicente-Tabar: conducción que, con 1.573 metros de longitud, discurre desde la tubería general hasta una arqueta de derivación situada al sur del casco urbano de San Vicente. Dicha conducción parte del margen derecha de la carretera NA-150 Pamplona-Aoiz-Lumbier, continua por la Cañada de los Salacencos y paralela a la carretera de San Vicente NA-2405, hasta la arqueta de derivación, situada al sur de la localidad en las cercanías del cruce de los caminos de Grez, de Tabar y de Apardués.

-Ramal San Vicente: conducción de 395 metros de longitud que, discurriendo junto al camino de Apardués, conecta la arqueta de derivación proyectada al sur de San Vicente con el depósito de la localidad.

-Ramal arqueta derivación San Vicente-Arqueta derivación Tabar: conducción que, con una longitud de 2.095 metros y un trazado paralelo al camino de Tabar y de San Vicente, conecta las arquetas de derivación proyectadas en las cercanías de los cascos urbanos de San Vicente y de Tabar.

-Ramal Tabar: conducción, de 300 metros de longitud, que conecta la arqueta de derivación proyectada al noreste de Tabar con el depósito de esta localidad.

-Ramal arqueta derivación Tabar-Arqueta derivación Nardués-Aldunate y Aldunate: conducción, de 3.100 metros longitud, que conecta las citadas arquetas de derivación. Dicha conducción bordea el casco urbano de Tabar por el oeste, discurre a continuación por los caminos de Nardués y Tabar y tras cruzar varias parcelas de cultivo, finaliza en la arqueta proyectada al oeste del casco urbano de Nardués-Aldunate.

-Ramal Nardués-Aldunate: conducción de unos 250 metros de longitud, que conecta la última arqueta de derivación proyectada con el depósito de Nardués-Aldunate.

-Ramal Aldunate: con aproximadamente 500 metros de longitud, conecta la última arqueta de derivación proyectada con el depósito de Aldunate.

La longitud total de los trazados proyectados es de 18.619 metros. Además de cruzar diversos caminos, regatas y barrancos los cruces más significativos son los siguientes:

-Cruce con las carreteras NA-150 Pamplona-Aoiz-Lumbier, NA-2455 Grez, NA-2100 del Valle de Urraúl Alto, NA-2152 Nardués-Andurra, y NA-2405 San Vicente.

-Cruce de la antigua vía del ferrocarril del Irati.

-Cruce con el río Irati.

-Cruce con las vía pecuaria Traviesa T-13 (de los Salacencos) en 3 puntos y coincidente en 460 metros (Ramal arqueta derivación conducción principal arqueta derivación depósito San Vicente-Tabar).

Consideraciones urbanísticas.

Las infraestructuras proyectadas se emplazan en suelo no urbanizable con categorías y subcategorías cuyos regímenes de protección, conforme a las determinaciones de la Ley Foral 35/2002 de Ordenación del Territorio y Urbanismo y a las del planeamiento urbanístico vigente en Urraúl Bajo, son compatibles con aquéllas (el término municipal de Lónguida carece de planeamiento urbanístico en vigor).

Por otra parte, los cruces de las carreteras antes señalados, determinan la necesidad de que, de manera previa a la ejecución de las obras, se obtenga la pertinente autorización del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

Asimismo, y tal como se ha recogido anteriormente, algunos ramales cruzan la antigua vía del ferrocarril del Irati. Pues bien, la posibilidad de que, en su día, tal ferrocarril pudiera rehabilitarse para "vía verde", requiere que se tenga en cuenta que las obras de la tubería sean compatibles con tal destino, es decir, que se evite la aparición de elementos emergentes sobre la plataforma del ferrocarril, teniendo en cuenta, a su vez, que determinados tramos de esta plataforma quizás se estén utilizando en la actualidad como acceso de maquinaria agrícola a distintos campos de cultivo.

En el Proyecto no consta, salvo error u omisión, que se haya tenido en cuenta el gasoducto internacional Larrau-El Villar de Arnedo, gestionado por Enagas, el cual podría cruzar los siguientes ramales: ramal Andurra y ramal arqueta derivación conducción principal-Arqueta derivación depósito San Vicente-Tabar.

Finalmente, y en relación con el patrimonio arqueológico, procede señalar que, con fecha 7 de septiembre de 2007, la Sección de Bienes Muebles y Arqueología informa que la zona donde va a discurrir la infraestructura no ha sido objeto de prospección arqueológica sistemática de cobertura total, por lo que en el momento actual se desconocen las afecciones reales que la construcción de este abastecimiento pueda ocasionar en el Patrimonio Arqueológico. A la vista de lo anterior, el citado informe recoge el deber de realizar, a cargo del promotor de la obra, un Estudio de Impacto al Patrimonio Arqueológico con una serie de pautas metodológicas. Este Estudio, una vez realizado, deberá ser remitido para su aprobación, con anterioridad a la aprobación del proyecto definitivo, a la Sección de Bienes Muebles y Arqueología.

Consideraciones medioambientales.

Con fecha 9 de agosto de 2007, el Servicio de Integración Ambiental ha emitido informe con la siguiente conclusión: "se considera que la información está completa y se puede iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, sometiendo a información pública el expediente durante el plazo de treinta días, simultáneamente a la información pública del Proyecto Sectorial".

En su virtud, de acuerdo con el informe de la Comisión de Ordenación del Territorio de 4 de octubre de 2007, y de conformidad con la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y demás normas de aplicación, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio,

ACUERDA:

1.º Declarar el proyecto de "Abastecimiento de agua en alta a la asociación voluntaria de Municipios Aoiz, Urraúl Bajo y Lumbier-Fase IV y V", promovido por el Ayuntamiento de Aoiz, actuando en nombre propio y en el de los Ayuntamientos de Urraúl Bajo y Lumbier, como Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal, a los efectos previstos en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

2.º Señalar al promotor que de manera previa al inicio de las obras, y de conformidad con lo informado por la Sección de Bienes Muebles y Arqueología, se completará el Proyecto de ejecución de las mismas con un Estudio de Impacto al Patrimonio Arqueológico, el cual se someterá a la aprobación de la citada Sección.

3.º Señalar, igualmente, al promotor que en el Proyecto y/o ejecución de las obras, se deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:

a) Las obras a llevar a cabo en las zonas de afección de las carreteras NA-150, NA-2100 y NA-178, deberán contar, de manera previa a su ejecución, con la pertinente autorización del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

b) Se evitará la aparición de elementos emergentes sobre la plataforma del antiguo ferrocarril del Irati.

c) Se tendrá en cuenta el gasoducto internacional Larrau- El Villar de Arnedo, el cual viene a cruzar dos de los ramales proyectados.

4.º Someter el expediente, por el plazo de treinta días, a los trámites simultáneos de información pública y audiencia a los Ayuntamientos cuyos términos quedan afectados por las actuaciones previstas, conforme a lo dispuesto en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y en la Ley 4/2005 de Intervención para la Protección Ambiental.

A tales efectos, el expediente estará a disposición de los interesados en las dependencias del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio (Avenida del Ejército, 2-Nivel 3, de Pamplona), pudiéndose presentar, por escrito, durante dicho plazo, cuantas alegaciones se consideren oportunas.

5.º Publicar el presente Acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y notificarlo a las Direcciones Generales de Obras Públicas, de Cultura y de Medio Ambiente y Agua, y a los Ayuntamientos de Lónguida, Urraúl Bajo y Lumbier, a los efectos oportunos.

Pamplona, 19 de noviembre de 2007.-El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez.

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