II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS GENERALES DE MALERREKA
Aprobación inicial de modificación de Ordenanza
La Asamblea de la Mancomunidad de Servicios Generales de Malerreka, en sesión celebrada el día 6 de noviembre de 2007 aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por los servicios del servicio de atención a domicilio.
La modificación supone un aumento de las tasas de un 2,1 por ciento (IPC).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, la modificación aprobada se somete a información pública durante treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.
Si transcurrido el período de exposición pública no se formularan alegaciones, la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por los servicios del servicio de atención a domicilio quedará definitivamente aprobada, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Doneztebe/Santesteban, 20 de noviembre de 2007.-El Presidente, Mikel Petrirena Aspiazu.
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