BOLETÍN Nº 151 - 5 de diciembre de 2007

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de lo Social número Uno Pamplona

Cédula de notificación

Doña Rosa María Valencia Ederra Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Pamplona,

Hago saber: Que en el procedimiento 172/2007 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Edmundo Fanjiot de la Torre Paredes contra la empresa Coymonta Pamplona, S.L. y Fondo de Garantia Sala- rial, sobre Cantidad, se ha dictado sentencia de fecha 5 de octubre del 2007 en cuyo Fallo aparece lo siguiente:

Fallo: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Edmundo Fanjiot de la Torre Paredes contra la empresa Coymonta Pam- plona, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 1.810,41 euros brutos, por los conceptos a los que se contrae la demanda, cuantía que devengará el interés moratorio del 10% y debo condenar y condeno al Fogasa a estar y pasar por el anterior pronunciamiento.

Contra esta sentencia cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anun- ciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bas- tando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en el momento de la notificación pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, cuenta: 0030 8025 0000 0000 0000 procedimiento 3158 0000 65 017207) en Banesto sito en la calle Cortes de Navarra, número 5 de Pamplona, y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo Banco y Cuenta, esta vez con número 3158 0000017207, la can- tidad objeto de condena.

Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita, el cual ostentará también la cualidad de representante a menos que él hubiese hecho designación expresa de éste último.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Coymonta Pam- plona, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inser- ción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 14 de noviembre de 2007.-La Secretaria Judicial, Rosa María Valencia Ederra.

Código del anuncio: J0717920