BOLETÍN Nº 150 - 3 de diciembre de 2007

V. ADMINISTRACION DEL ESTADO

CONSEJO REGULADOR D.O.Ca. RIOJA

Oficio-circular N.º 16/2007: Entrada elaboración en ficha de movimiento de vinos

Comunicamos a todos los inscritos que, en el tablón de anuncios de este Consejo Regulador, C/. Estambrera, número 52 de Logroño, está expuesta la circular número 16/2007 por la que se comunica que se procede al envío de las Fichas de Control de Movimiento de Vinos de la añada 2007 y las instrucciones de asiento de la elaboración, tanto para las fichas manuales como para las mecanizadas.

En las fichas manuales la entrada en la ficha de los vinos obtenidos en la presente campaña está reflejada con fecha 1 de diciembre de 2007 en el asiento número 1 con el "concepto" de "elaboración" y en la casilla de Hls. figura el vino total obtenido (sin lías) que se corresponde con él que la bodega indicó en la Declaración de Cosecha. En las fichas mecanizadas deberá reflejarse la entrada por la bodega con la clave número 1 de "Elaboración".

Con posterioridad, y una vez que los Servicios Técnicos del Consejo Regulador procesen los datos de elaboración, les remitiremos un informe con los vinos amparados en primera fase antes de la calificación de la cosecha. Si la cantidad de vino amparada fuera diferente al vino elaborado reflejado en el asiento número 1, se ajustará la cantidad mediante un asiento de "salida exceso" (clave 74) que refleja la diferencia entre lo elaborado y amparado, de tal manera que la cantidad de vino resultante sea el vino amparado antes de la calificación. La diferencia debe pasar a la ficha de "Subproductos y vinos no amparados", utilizando la clave 43 para esta entrada.

Por último, cuando reciban el informe de vinos calificados, si hubiera que hacer alguna modificación sobre los vinos amparados, la salida se hará con la clave 70: "Dpto. a descalificación" y en la casilla de Hls. se reflejará la diferencia entre amparado y calificado; en la casilla de existencias en Dpto. quedará el vino calificado de esta añada. La diferencia se debe pasar a la ficha "Subproductos y vinos no amparados", utilizando la clave 43.

Todas las salidas con clave 74 y 70 desde la ficha de vinos, tendrán sus correspondientes contrapartidas de entrada en la ficha de Subproductos y vinos no amparados.

Con fecha 1 de diciembre de 2007 deberán dar entrada en la ficha Subproductos y vinos no amparados a las heces de elaboración anotadas en la declaración de cosecha. Tanto la anotación en la ficha de "Subproductos y vinos no amparados", como la salida del exceso / descalificación de la nueva añada, deberán ir reflejadas en los datos del siguiente envío de movimientos al Consejo Regulador.

Todos los productos no amparados se reflejarán en la ficha de "Subproductos y vinos no amparados" hasta su salida de bodega antes del 31 de mayo al año siguiente al de su elaboración, tal como establece el Anexo 2, apdo. III. Uno de la Orden APA/3465/2004, de 20 de octubre, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Calificada "Rioja" y de su Consejo Regulador.

Les aconsejamos que ante cualquier duda se pongan en contacto con los Servicios Técnicos del Consejo Regulador a través del teléfono 941 500 400.

Lo que les comunicamos para su conocimiento y efectos.

Logroño, 15 de noviembre de 2007.-El Jefe de los Servicios Técnicos, Domingo Rodrigo Martínez.

Código del anuncio: E0718283