BOLETÍN Nº 150 - 3 de diciembre de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

PAMPLONA

Aprobación definitiva de modificación Plantilla Orgánica 2007

Aprobada inicialmente por el Pleno de la Corporación del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, en sesión de fecha 21 de septiembre de 2007, la modificación de la Plantilla Orgánica 2007, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de fecha 12 de octubre de 2007, y una vez transcurrido el plazo de exposición pública sin haberse presentado reclamaciones, ha quedado definitivamente aprobada, cuyo texto a continuación se transcribe:

«Vista la documentación obrante en el expediente, se acuerda:

1.º Aplicar las siguientes medidas retributivas específicas para el personal del Ayuntamiento de Pamplona y sus organismos autónomos:

a) Incrementar las retribuciones complementarias (complemento de puesto de trabajo, complemento específico y complemento específico docente), correspondientes a todos los puestos de trabajo, con excepción del personal perteneciente al Cuerpo de la Policía Municipal, que queda cifrada en una cantidad equivalente al siguiente porcentaje con efectos de 1 de enero de 2006, y en el mismo porcentaje adicionalmente con efectos de 1 de enero de 2007:

-Puestos de trabajo de nivel A: 0,58 por ciento.

-Puestos de trabajo de nivel B: 0,58 por ciento.

-Puestos de trabajo de nivel C: 0,58 por ciento.

-Puestos de trabajo de nivel D: 0,68 por ciento.

-Puestos de trabajo de nivel E: 0,78 por ciento.

Las cantidades pendientes se abonarán en una paga en concepto de paga convenio.

Aplicar al puesto de trabajo 301200, con efectos 1 de enero de 2007, un incremento en el complemento de puesto de trabajo del 4 por ciento, sin perjuicio del complemento establecido con carácter general al nivel C.

b) Los policías y cabos de la Brigada de Vigilancia interior-exterior incrementan su complemento de puesto de trabajo en una cantidad equivalente al 3,11 por ciento con efectos de 1 de enero de 2006 y un 1,02 por ciento adicional con fecha 1 de enero de 2007.

Los policías y cabos de las Brigadas de Tráfico y Gabinete Técnico incrementan su complemento de puesto de trabajo en una cantidad equivalente al 0,55 por ciento con efectos de 1 de enero de 2006 y un 1,02 por ciento adicional con fecha 1 de enero de 2007.

c) Garantizar a los aprendices y peones de la Escuela-Taller para el año 2007, las siguientes retribuciones:

-Mayores de 18 años: 582,90 euros/mes *14 pagas.

-Menores de 18 años: 552,19 euros/mes *14 pagas.

2.º Modificar la Plantilla Orgánica del 2007 en los siguientes términos:

Modificar, incrementando las retribuciones complementarias (complemento de puesto de trabajo, complemento específico y complemento específico docente), correspondientes a todos los puestos de trabajo, con excepción del personal perteneciente al Cuerpo de la Policía Municipal, en los porcentajes recogidos en el punto 1 de este acuerdo.

Se añade un nuevo párrafo al punto 4 de las normas complementarias para la ejecución de la plantilla orgánica, con el siguiente texto: "A partir del segundo contrato, en el pliego de bases del concurso de adjudicación se deberá incluir la condición indispensable de subrogación de los contratos de trabajo de la anterior empresa adjudicataria."

Se añade un nuevo párrafo al punto 8 de las normas complementarias para la ejecución de la plantilla orgánica, con el siguiente texto: La Dirección del Area de Cultura podrá encomendar funciones de conducción a diferentes puntos de Navarra, en un vehículo de propiedad municipal, a un máximo de dos trabajadores, en cuyo caso percibirán un complemento de puesto de trabajo del 10 por ciento desde la prestación de dicho servicio y hasta la notificación del cese en el mismo.

De conformidad con la Ley Foral 8/2007, el párrafo 1.º del punto 11 de las normas complementarias para la ejecución de la plantilla orgánica, queda redactado de la siguiente forma: "Transitoriamente, hasta la provisión de los puestos de Comisario, las personas que fueran designadas para ocupar el puesto de trabajo de Subinspector P.M.P., desarrollarán funciones de Comisario y percibirán la retribución equivalente al mismo".

Así mismo, se modifica el párrafo 2.º, en el sentido de donde dice: "Las 2 personas funcionarias", debe decir: "Las 3 personas funcionarias".

El puesto de trabajo 101601, Arquitecto Gestor del Area de Servicios Sociales y Mujer, pasa a denominarse Director Escuela Taller Construcción, siendo necesario para su provisión estar en posesión del título de Arquitecto.

Asignar al puesto de trabajo 303.500, Oficial Inspector Obras, el 10 por ciento de complemento E.R.

Corregir el error material detectado en el complemento de puesto de trabajo de los puestos 200.900 y 200.500 del Area de Servicios Sociales y Mujer, debiendo figurar, respectivamente, el 20 por ciento y el 30 por ciento, sin perjuicio del complemento establecido con carácter general al nivel B.

En el mismo sentido, por lo que se refiere al complemento del puesto de trabajo del puesto 302.600 del Area de Medio Ambiente y Sanidad, debiendo figurar el 4 por ciento, sin perjuicio del complemento establecido con carácter general al nivel D.

Aplicar al puesto de trabajo 301.200 del Area de Medio Ambiente y Sanidad, con efectos 1 de enero de 2007, un incremento en el complemento de puesto de trabajo del 4 por ciento, sin perjuicio del complemento establecido con carácter general al nivel C.

Encuadrar el puesto de trabajo de auxiliar inspector a efectos pasivos en el nivel 12 de los fijados en la norma sobre equiparación de las retribuciones de los funcionarios de la Administración Municipal de Navarra a la de los funcionarios de la Diputación Foral, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de 6 de enero de 1980.

Policía Municipal

Los policías y cabos de la Brigada de Vigilancia interior-exterior incrementan su complemento de puesto de trabajo en el 4,13 por ciento con efectos de 1 de enero de 2007.

Los policías y cabos de las Brigadas de Tráfico y Gabinete Técnico incrementan su complemento de puesto de trabajo en el 1,57 por ciento con efectos de 1 de enero de 2007.

De conformidad con la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las Policías de Navarra. BOLETIN OFICIAL de Navarra 2 de abril de 2007, se modifican las denominaciones de los siguientes puestos de trabajo:

PUESTO DENOMINACION ANTERIOR PUESTO DENOMINACION NUEVA

102500 OFICIAL POLICIA MUNICIPAL 102500 COMISARIO PRINCIPAL POLICIA MUNICIPAL

102600 INSPECTOR POLICIA MUNICIPAL 102600 COMISARIO POLICIA MUNICIPAL

204700 SUBINSPECTOR POLICIA MUNICIPAL 204700 INSPECTOR POLICIA MUNICIPAL

204800 SUBOFICIAL POLICIA MUNICIPAL 204700 INSPECTOR POLICIA MUNICIPAL

204900 SARGENTO TRAFICO 204900 SUBINSPECTOR TRAFICO

205000 SARGENTO POLICIA MUNICIPAL ESTUPEFACIENTES 205000 SUBINSPECTOR ESTUPEFACIENTES

205100 SARGENTO POLICIA MUNICIPAL PROT. AUTORIDADES 205100 SUBINSPECTOR PROTECCION AUTORIDADES

207000 SARGENTO GABINETE TECNICO 207000 SUBINSPECTOR GABINETE TECNICO

207100 SARGENTO VIGILANCIA 207100 SUBINSPECTOR VIGILANCIA

Asimismo, se modifica la siguiente denominación:

PUESTO DENOMINACION ANTERIOR PUESTO DENOMINACION NUEVA

304300 AGENTE POLICIA MUNICIPAL 304300 AGENTE TRAFICO

Modificar el anexo 5 en los términos del apartado c) del punto 1.º del presente acuerdo.

3.º Adóptese la actuación necesaria en el presupuesto municipal para garantizar la oportuna cobertura económica del presente acuerdo.»

Pamplona, 7 de noviembre de 2007.-La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

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