BOLETÍN Nº 141 - 12 de noviembre de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

OROZ-BETELU

EDICTO

El Pleno del Ayuntamiento de Oroz-Betelu en sesión celebrada con fecha 24 de octubre de 2007 ha acordado lo siguiente:

Mediante acuerdo de este Ayuntamiento de 1 de agosto de 2007, se dio inicio al expediente de declaración de ruina de la edificación sita en la calle Barrio de la Fábrica número 31 de Olaldea (Oroz-Betelu) referencia catastral parcela número 135 del polígono 1 de Oroz-Betelu, figurando como titular catastral del mismo, Herederos de Crisóstomo Lapiedra.

Este acuerdo fue publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 112 de 7 de septiembre de 2007, y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y notificado a los propietarios mediante correo ordinario con acuse recibo y que fue imposible su comunicación, por lo que se les notificó mediante anuncio publicado en el Boletín número 118 de 21 de septiembre de 2007, dándoles un plazo de quince días a los propietarios, así como a los moradores si los hubiera y titulares de derechos reales, para que examinaran el expediente y alegaran por escrito cuantos informes periciales y documentación estimaran conveniente a la defensa de sus derechos.

Transcurrido el plazo de audiencia que se estableció, resulta que no se ha hecho manifestación alguna al respecto, por lo que no ha habido contradicción por parte de los interesados.

De conformidad con lo establecido en el artículo 196 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Se acuerda por unanimidad:

1.-Declarar en estado de ruina la edificación sita en la calle Barrio de la Fábrica número 31 de Olaldea (Oroz-Betelu) referencia catastral parcela número 135 del polígono 1 de Oroz-Betelu, figurando como titular catastral del mismo, Herederos de Crisóstomo Lapiedra.

2.-Fijar un plazo de 15 días contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que se inicien las oportunas obras de demolición del edificio, previa presentación en el Ayuntamiento del oportuno proyecto técnico visado y nombramiento de la dirección técnica competente.

3.-Si transcurrido el plazo señalado no se ha llevado a cabo el derribo, se procederá a la ejecución forzosa por este Ayuntamiento siendo los gastos a costa de la propiedad.

4.-Notificar el presente acuerdo a los interesados, ordenando asimismo su publicación en el Boletín de Navarra a los efectos legales pertinentes, y en particular, a los efectos señalados en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sirviendo su inserción de notificación a Hros de Crisostomo Lapiedra cuyo domicilio se desconoce, así como su inserción en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, haciéndose constar que el presente acuerdo es definitivo en vía administrativa, y que contra el mismo cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contando a partir del día siguiente al de la notificación de este acuerdo.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acuerdo, o

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo.

Oroz-Betelu, 24 de octubre de 2007.-La Alcaldesa, Ainhoa Mendia Orradre.

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