BOLETÍN Nº 141 - 12 de noviembre de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

ARAITZ

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de un puesto de trabajo de empleado de limpieza

Por Resolución de Alcaldía de fecha 22 de octubre de 2007 se aprueba la convocatoria para la provisión mediante concurso oposición de un puesto de trabajo de empleado de limpieza en régimen laboral con carácter fijo del Ayuntamiento de Araitz, con arreglo a las siguientes

BASES

1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición y en régimen de personal laboral fijo, de un puesto de trabajo de empleado de limpieza al servicio del Ayuntamiento de Araitz.

1.2. El nombramiento conferirá al designado, a todos los efectos, el carácter de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Araitz, desde la fecha de toma de posesión, siendo afiliado, en su caso, y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.3. La plaza estará dotada con las retribuciones del Nivel E, correspondiente al personal al servicio de las administraciones públicas de Navarra. Percibirá igualmente los complementos salariales que prevea plantilla orgánica.

1.4. El régimen de jornada de trabajo es de jornada parcial correspondiente a 18,5 horas semanales, calculadas sobre un cómputo anual de 1592 horas.

La prestación del trabajo se distribuirá de la forma siguiente:

-Consultorio: 7 horas semanales, de lunes a sábado (inclusive).

-Dependencias municipales, incluida la Sala de Usos Múltiples: 6 horas semanales. (Al menos dos días a la semana).

-Piso de guardia del personal sanitario: 3 horas semanales, en días alternos.

-Casa Concejil de Arribe-Atallu: 2 horas semanales.

-Frontón de Arribe-Atallu: 1 hora cada quince días.

En todo caso la prestación del trabajo no podrá coincidir con el horario del resto de personal del Ayuntamiento, de los Concejos Unidos de Arribe-Atallu y personal sanitario.

No obstante la prestación del trabajo se adaptará a las necesidades del servicio pudiendo ser modificada en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

1.5. Las funciones a desempeñar serán las propias de su nivel y categoría, incluyendo limpieza de las instalaciones municipales, consultorio médico y piso de guardia del personal sanitario.

1.6. El régimen de vacaciones será el de los restantes trabajadores municipales de las oficinas municipales.

1.7. Los aspirantes aprobados sin plaza, según el orden de puntuación obtenida, podrán ser contratados temporalmente en los supuestos previstos en la normativa vigente.

Igualmente, podrá generase una lista de los aspirantes que sin estar incluidos en el apartado anterior, hubieran superado alguna de las pruebas de la oposición que se determinan en la presente convocatoria.

2.-Requisitos generales.

2.1. Para ser admitido al presente concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad y tener la nacionalidad española o de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea.

b) Tener capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

c) Hallarse en posesión, como mínimo, del título de certificado de escolaridad o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del ejercicio de una Administración Pública.

2.2. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados por el aspirante que obtenga el puesto de trabajo en el plazo y forma previstos en la base novena de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de oposición hasta el momento del nombramiento.

3.-Solicitudes.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Araitz en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y hasta las once horas, treinta minutos del último día. Si éste es inhábil o sábado, será el siguiente día hábil.

3.2. A las instancias deberán adjuntarse la siguiente documentación:

a) Instancia en modelo oficial, con todos los extremos cumplimentados, según el anexo 1 a la presente convocatoria y fotocopia del DNI o documento equivalente de identificación.

b) Copia autentificada o fotocopia, (que se presentará acompañada del original para su compulsa), de las titulaciones exigidas en el apartado 2.1.c de la presente convocatoria.

c) Certificados originales acreditativos de los méritos que el aspirante desee hacer valer en la fase del concurso, o tratándose de extremos que no puedan acreditarse por este conducto, copia autentificada o fotocopia (que se presentará acompañada del original para su compulsa) de los títulos, justificantes de asistencia a cursillos y otros que pretendan ser valorados.

3.3. El plazo señalado para la presentación de instancias y documentos será improrrogable.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Araitz dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Araitz.

En el caso de que no hubiera aspirantes excluidos en la convocatoria, se hará constar el hecho en dicha publicación, la lista pasará a ser definitiva y se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

4.2. En el caso de que hubiera aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, éstos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo señalado y resueltas las reclamaciones, en su caso, el Alcalde-Presidente dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Araitz. En esta publicación se concretará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal estará compuesto por:

-Presidente: Imanol Iriarte Gorostegi, Alcalde del Ayuntamiento de Araitz.

Suplente: Miren Urdampilleta Gonzalez, Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Araitz.

-Vocal: M. Concepción Cruz Liciaga, Administrativa del Ayuntamiento de Araitz.

Suplente: Idoia Olazkuaga Etxarri, Administrativa del Ayuntamiento de Lekunberri.

-Vocal: Idoia Saralegui Ochotorena, Administrativa del Ayuntamiento de Goizueta.

Suplente: Jacinto Bengoechea Mariezcurrena, Administrativo del Ayuntamiento de Larraun.

-Vocal: Ainhoa Beraza Elizondo, Técnico de Euskara de Nafar Iparraldeko Euskara Mankomunitatea.

Suplente: Alazne Garmendia Txurio, Secretaria del Ayuntamiento de Leitza.

-Vocal-Secretario: Jon Ander Mendinueta Ochotorena, Secretario de la Agrupación de Secretarías de los Ayuntamientos de Araitz y Betelu.

Suplente: Miriam Arocena San Miguel, Secretaria de la Agrupación de Secretarías de los Ayuntamientos de Goizueta y Arano.

5.2. El Tribunal se constituirá antes del inicio de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución y actuación la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. Las decisiones serán adoptadas por mayoría de los miembros presentes.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente de aquéllas.

6.-Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.j del Reglamento de Ingreso en las Administraciones públicas de Navarra, el concurso-oposición dará comienzo como mínimo a partir de transcurridos dos meses desde la fecha de publicación de la convocatoria, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición, en la forma indicada en las presentes Bases.

6.2. Concurso (máximo 12 puntos).

-Experiencia. 12 puntos.

-Por servicios de limpieza prestados en la Administración Pública: 1,2 puntos por año.

Para el cómputo de los méritos previstos en los apartados anteriores, acreditados por certificados de la Administración Pública donde trabajó el concursante, se tendrán en cuenta los servicios prestados tanto en régimen laboral, eventual o fijo, como administrativo, interino o en propiedad, pero si coincide en el tiempo la prestación de servicios encuadrados en más de un apartado, se computarán en ese período de coincidencia únicamente los prestados en el que tiene asignada mayor puntuación.

Cuando el tiempo de experiencia acreditado no complete anualidades enteras, se obtendrá la correspondiente proporcionalidad, que se calculará por mensualidades completas y se considerarán solo aquellos casos que como mínimo acrediten una mensualidad completa por contrato.

Para el caso que la jornada no sea completa también se calculará conforme a la proporcionalidad que corresponda.

Los documentos donde se acrediten la prestación de servicios deberán indicar expresamente si aquella lo fue a jornada completa o reducida y en éste último caso, el alcance de la misma.

6.3. Oposición.

-Primer ejercicio: Euskara.

Primera parte.-Consistirá en una prueba escrita sobre conocimientos generales sobre el euskara.

Segunda parte.-Consistirá en una prueba oral sobre conocimientos generales sobre el euskara.

Las pruebas serán calificadas por personal técnico de la Mancomunidad de Euskara del Norte o los designados por dicha Mancomunidad.

-Segundo ejercicio: de carácter teórico; consistirá en la realización de un test psicotécnico.

Las prueba serán calificadas por personal del Instituto Navarro de Administración Pública.

El Tribunal establecerá antes del comienzo de cada prueba el tiempo de realización de los ejercicios.

6.4. Valoración de los ejercicios de la oposición.

-Primer ejercicio. Este ejercicio tendrá una puntuación total máxima de 40 puntos, desglosados de la siguiente forma:

Primera parte.-Prueba escrita: 20 puntos.

Quedarán eliminados los que no obtengan al menos 10 puntos.

Segundo parte.-Prueba oral: 20 puntos.

Quedarán eliminados los que no obtengan al menos 10 puntos.

-Segundo ejercicio. Este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 40 puntos, quedando eliminados los que no obtengan 20 puntos.

6.5. Cada uno de los ejercicios de que consta la fase de la oposición serán eliminatorios, quedando eliminado en cada uno de ellos, aquellos opositores que no alcancen, al menos, la puntuación mínima asignada a los mismos. Igualmente y en todos los ejercicios quedarán eliminados los aspirantes que sean calificados con 0 puntos en cualquiera de las pruebas que conste/comprenda cada ejercicio.

6.6. Para la corrección de los ejercicios el Tribunal seguirá el mismo orden establecido para la realización práctica de los mismos. Los aspirantes que no superen la puntuación mínima exigida para aprobar un ejercicio quedarán eliminados sin que el Tribunal entre a calificar el resto de la prueba.

6.7. La publicación de fechas, horas y lugar de las sucesivos ejercicios deberá hacerse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento con un mínimo de cuarenta y ocho horas, o de veinticuatro horas si se trata de la continuación de algún ejercicio iniciado.

6.8. Todos los ejercicios se harán mediante llamamiento único, al que todos los aspirantes deberán acudir a las pruebas provistos del Documento Nacional de Identidad o asimilado legalmente y exhibirlo cuando sean requeridos al efecto, so pena de expulsión y eliminación.

El copiar de notas y otros fraudes en las pruebas serán causa de exclusión inmediata, sin perjuicio de actuaciones penales, si procediese.

7.-Relación de aprobados y propuesta del tribunal.

Hecha la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las dos fases señaladas en la base séptima, el Tribunal confeccionará una lista de aprobados, ordenados de mayor a menor puntuación y elevará propuesta de nombramiento a la Alcaldía a favor del aspirante que mayor puntuación haya obtenido, procediendo la Alcaldía a publicar la propuesta en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8.-Presentación de documentos.

8.1. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá presentar en el Registro General municipal, los siguientes documentos:

a) Copia autentificada o fotocopia (a compulsar con el original que se presentará en las oficinas municipales) de la titulación exigida.

b) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

c) Informe médico acreditativo de que el interesado no padece enfermedad o defecto físico o psíquico para el ejercicio de las funciones propias del cargo, realizado por el equipo médico que determine el Ayuntamiento de Araitz.

8.2. Quien dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, suficientemente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

8.3. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Alcalde-Presidente cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados.

9.-Incorporación al puesto de trabajo.

9.1. La Alcaldía nombrará, mediante Resolución, Empleado de limpieza del Ayuntamiento de Araitz al aspirante que hubiera dado cumplimiento a lo establecido en la Base anterior.

9.2. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

9.3. El aspirante nombrado deberá incorporarse al puesto de trabajo en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo por causas de fuerza mayor no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Araitz. En tal supuesto se estará a lo dispuesto en la Base 9.

9.4. Transcurrido el período de prueba de tres meses, el nombrado adquirirá la condición de personal laboral fijo.

10.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el señor Alcalde dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Araitz, 22 de octubre de 2007.-El Alcalde, Imanol Iriarte Gorostegi.

ANEXO 1

Modelo oficial de instancia

Don/Doña ..................., de ...... años, con DNI número ........., con domicilio a efectos de notificaciones en la calle ............, número ...... de ..........., teléfono .........,

Ante usted comparece y como mejor proceda dice:

-Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de un puesto de trabajo de empleado de limpieza en régimen laboral y carácter fijo, al servicio del Ayuntamiento de Araitz, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número ...., de fecha ..............

-Que no padece enfermedad ni defecto físico ni psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

-Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

-Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

-Que está en posesión de la titulación señalada en el base 2 de la convocatoria.

-Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

-Que alega y acredita los siguientes méritos.

Por todo ello, solicita ser admitido a las pruebas selectivas para la obtención de dicha plaza.

Araitz, ................. de ................. de 2007.

(Firma del solicitante)

SEÑOR ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ARAITZ.

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