BOLETÍN Nº 141 - 12 de noviembre de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

MANCOMUNIDAD DE VALDIZARBE

Aprobación Definitiva de la Ordenanza para la Creación de ficheros de datos de carácter personal para su declaración ante la agencia Española de Protección de Datos

Aprobada inicialmente en sesión del 15 de marzo de 2007, habiéndose publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 61, de fecha 15 de mayo del 2007 y transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, reparos u observaciones, se anuncia la aprobación definitiva de la Ordenanza para la Creación de ficheros de datos de carácter personal para su declaración ante la agencia Española de Protección de Datos.

Puente la Reina, 24 de octubre de 2007.-El Presidente, Pedro María Egea Ortiz.

ORDENANZA MUNICIPAL

Creación de ficheros de datos de carácter personal para su declaración ante la Agencia Española de Protección de Datos en virtud de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal

La Constitución Española, en su artículo 18, reconoce como derecho fundamental el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y establece que la "ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos".

Este derecho fundamental se garantiza y protege a través de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal establece que la creación, modificación y supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el "Boletín Oficial del Estado" o Diario Oficial correspondiente.

El Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio, actualmente en vigor conforme a la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Orgánica 15/1999, el cual desarrolla determinados aspectos de la Ley Orgánica 5/1992, establece, en su artículo 5, que todo fichero de datos de carácter personal de titularidad pública será notificado a la Agencia Española de Protección de Datos por el órgano competente de la Administración responsable del fichero para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado, a través del modelo normalizado que al efecto elabore la Agencia, y de una copia de la disposición de creación del fichero.

En este estado y siguiendo la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, la Junta General de la Mancomunidad de Valdizarbe, en reunión de fecha 15 de marzo de 2007, acuerda aprobar la ordenanza que ha de regir la creación, modificación y supresión de los ficheros de datos de carácter personal con el tenor literal siguiente:

Primero.-Creación de ficheros de datos de carácter personal.

Se crean los 5 ficheros de datos de carácter personal que se relacionan y se describen en el Anexo de la presente Ordenanza, en los términos y condiciones fijados en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como su inscripción en el Registro General de Protección de Datos de la Agencia Española de Protección de Datos.

De conformidad con el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de carácter Personal, se indica para cada uno de los ficheros mencionados en el Anexo a la presente ordenanza:

-Las finalidades y usos previstos.

-Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos.

-El procedimiento de recogida de datos.

-La estructura básica del fichero, indicando los tipos de datos personales que incluye.

-Las cesiones de datos personales a terceros y/o transferencias internacionales.

-Los órganos de la Administración responsables del fichero.

-Los servicios ante los que los interesados pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

-La indicación del nivel (básico, medio, alto) y de las medidas de seguridad aplicables a cada uno de los ficheros.

Segundo.-Responsable y encargado del tratamiento.

La entidad responsable de todos los ficheros contenidos en el Anexo de la presente ordenanza es la Mancomunidad de Valdizarbe, sin perjuicio de que ésta delegue sus funciones en una tercera empresa que por cuenta suya realice alguna prestación de servicios que requiera el tratamiento de los datos de carácter personal incluidos en los ficheros de los que es responsable. En este sentido se hará constar en un contrato que cumplirá todas las exigencias del artículo 12 de la LOPD de forma que la tercera entidad, en su calidad de encargada del tratamiento no podrá aplicar o utilizar dichos datos con otra finalidad, ni comunicarlos a otras personas, ni siquiera para su conservación.

La sociedad Servicios Arga Valdizarbe S.L. es la que actuará como encargada del tratamiento para todos los ficheros de datos de carácter personal de los que es responsable la Mancomunidad de Valdizarbe, sin perjuicio de que pudiesen existir otros encargado de tratamiento en algunos ficheros.

Tercero.-Medidas de seguridad y gestión.

El responsable del fichero adoptará las medidas necesarias que garanticen el uso de los ficheros para las finalidades para las que fueron creados y la seguridad de los datos de carácter personal, y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en sus normas de desarrollo.

Cuarto.-Ejercicio de derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

En todos los ficheros incorporados en el siguiente Anexo, los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición por escrito ante la Mancomunidad de Valdizarbe, en la siguiente dirección:

-Mancomunidad de Valdizarbe.

-Carretera de Mendigorría 1.

-31100 Puente La Reina. Navarra.

La información recogida en el Anexo que sigue, especifica y define lo exigido por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, para la regulación del procedimiento de elaboración de disposición general de creación de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro General de Protección de Datos.

ANEXO

Creación de ficheros

1. Ficheros de usuarios o abonados.

1.-El órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Mancomunidad de Valdizarbe

2.-El órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición será la Mancomunidad de Valdizarbe

3.-El nombre del fichero: Usuarios o abonados a los servicios.

4.-Descripción del fichero: Contiene los datos de carácter personal necesarios para la gestión y prestación de los servicios contratados a la Mancomunidad de Valdziarbe.

5.-Encargado del tratamiento: Servicios Arga Valdizarbe S.L.

6.-Medidas de seguridad: Nivel básico.

7.-El carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado y Manual.

8.-El sistema de información al que pertenezca el fichero: Ordenadores personales con conexión a Internet y conectados en red a un Servidor. Sistema operativo: Programa informático GIA, Gestión Integrada de Ayuntamientos.

9.-Los tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el mismo:

Nombre, apellidos, DNI, dirección, teléfono y firma. Número de abonado. Bienes y servicios recibidos por el afectado. Datos económicos. Fecha de alta y de baja de los servicios contratados. Histórico de consumo. Regularidad en los pagos.

10.-La descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: Efectuar el control y gestión de los usuarios de los servicios públicos que presta la Mancomunidad de Valdizarbe.

11.-Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: Vecinos de los Municipios que componen la Mancomunidad de Valdizarbe que soliciten la prestación de los servicios.

12.-La procedencia o el procedimiento de recogida de los datos: Propio interesado, en soporte papel y a través de formularios.

13.-Los órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas: No hay ningún tipo de cesión de los datos que se contienen en este fichero.

2. Fichero de registro de documentos.

1.-El órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Mancomunidad de Valdizarbe

2.-El órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición la Mancomunidad de Valdizarbe

3.-El nombre del fichero: Registro de Documentos.

4.-Descripción del fichero: Gestión de registro de entrada y salida de documentos.

5.-Encargado del tratamiento: Servicios Arga Valdizarbe, S.L.

6.-Medidas de seguridad: Nivel básico.

7.-El carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado.

8.-El sistema de información al que pertenezca el fichero: Ordenadores personales con conexión a Internet y conectados en red a un Servidor. Sistema operativo: Programa informático GIA, Gestión Integrada de Ayuntamientos.

9.-Los tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el mismo:

Nombre, apellidos, DNI, dirección y documentación que entrega o recibe.

10.-La descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: Almacenar, conservar y difundir, cuando así proceda, aquella documentación generada por la Mancomunidad en el desarrollo de sus funciones.

11.-Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: Personas que en su relación con la Mancomunidad hayan generado documentación que sea necesario almacenar.

12.-La procedencia o el procedimiento de recogida de los datos: Administraciones Públicas, en soporte papel y a través de formularios.

13.-Los órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas: Personas que acrediten interés legítimo.

3. Fichero de proveedores.

1.-El órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Mancomunidad de Valdizarbe

2.-El órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición Servicios Arga Valdizarbe, S.L.

3.-El nombre del fichero: Proveedores

4.-Descripción del fichero: Datos necesarios para la gestión de las relaciones con los proveedores de la Mancomunidad.

5.-Encargado del tratamiento: Servicios Arga Valdizarbe, S.L.

6.-Medidas de seguridad: Nivel básico.

7.-El carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado.

8.-El sistema de información al que pertenezca el fichero: Ordenadores personales con conexión a Internet y conectados en red a un Servidor. Sistema operativo: Programa informático GIA, Gestión Integrada de Ayuntamientos.

9.-Los tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el mismo:

Nombre y apellidos, dirección, DNI y teléfono. Datos económicos y transacciones de bienes o servicios que prestan.

10.-La descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: Controlar la gestión de los proveedores.

11.-Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: Proveedores de bienes o servicios a la Mancomunidad de Valdizarbe.

12.-La procedencia o el procedimiento de recogida de los datos: Propio interesado, en soporte papel e informático y a través de entrevistas y formularios.

13.-Los órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas: No se prevén cesiones.

4. Fichero de agenda de contactos.

1.-El órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Mancomunidad de Valdizarbe

2.-El órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición Mancomunidad de Valdizarbe

3.-El nombre del fichero: Agenda de Contactos.

4.-Descripción del fichero: Contiene los datos de contacto necesarios para la gestión de las actividades de la Mancomunidad.

5.-Encargado del tratamiento: Servicios Arga Valdizarbe, S.L.

6.-Medidas de seguridad: Nivel básico.

7.-El carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado.

8.-El sistema de información al que pertenezca el fichero: Ordenadores personales con conexión a Internet y conectados en red a un Servidor. Sistema operativo: Programa informático GIA, Gestión Integrada de Ayuntamientos.

9.-Los tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el mismo:

Nombre, apellidos, dirección, teléfono y cargo o puesto de trabajo.

10.-La descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: Datos de contacto necesarios para la gestión de las actividades de la Mancomunidad.

11.-Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: Personas que mantengan relación alguna con la Mancomunidad.

12.-La procedencia o el procedimiento de recogida de los datos: Propio interesado, de las Administraciones Públicas y de Fuentes accesibles al público.

13.-Los órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas: No se prevén cesiones.

5. Fichero de gestión económica.

1.-El órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Mancomunidad de Valdizarbe

2.-El órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición Mancomunidad de Valdizarbe

3.-El nombre del fichero: Gestión Económica.

4.-Descripción del fichero: Contiene los datos necesarios para la gestión económica y contable de la Mancomunidad.

5.-Encargado del tratamiento: Servicios Arga Valdizarbe, S.L.

6.-Medidas de seguridad: Nivel básico.

7.-El carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado.

8.-El sistema de información al que pertenezca el fichero: Ordenadores personales en red y con conexión a Internet.

9.-Los tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el mismo: Nombre, apellidos, dirección, teléfono, datos económicos, información comercial y transacciones de bienes o servicios recibidos.

10.-La descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: Datos necesarios para el control y gestión económica y contable de la Mancomunidad de Valdizarbe.

11.-Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: Usuarios y proveedores de la Mancomunidad de Valdizarbe.

12.-La procedencia o el procedimiento de recogida de los datos: Propio interesado, en soporte informático y a través de entrevistas o formularios.

13.-Los órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas: No se prevén cesiones.

Puente la Reina, 15 de marzo de 2007.-El Presidente, Alfredo Morales Vidarte.

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