BOLETÍN Nº 137 - 2 de noviembre de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

VILLAMAYOR DE MONJARDIN

Asistencias e indemnizaciones a corporativos

El Pleno del Ayuntamiento de Villamayor de Monjardín, en sesión celebrada el día 19 de septiembre de 2007, adoptó el acuerdo cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:

Visto lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local y la Ley Foral 17/2004, de 3 de diciembre, por la cual se establece un sistema de compensación económica a los Ayuntamientos de Navarra que abonen a sus miembros retribuciones o asistencias por el ejercicio de sus cargos, el Pleno, acuerda por unanimidad lo siguiente:

a) Fijar para los señores Corporativos una dieta por su asistencia efectiva a cada una de las sesiones ordinarias o extraordinarias del Pleno, Comisiones Informativas y cualesquiera otras convocadas por el Alcalde, de 187,50 euros, con un límite de 1.125,00 euros anuales para cada uno de ellos.

b) Fijar para el Señor Alcalde-Presidente una dieta por su asistencia semanal a las oficinas municipales de 70,50 euros, con un límite anual de 3.375 euros.

c) El presente acuerdo entrará en vigor el 1 de octubre de 2007.

d) Las cuantía señaladas serán objeto de actualización anual.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Villamayor de Monjardín, 1 de octubre de 2007.-El Alcalde-Presidente, Eugenio Fernando Barbarin Luquin.

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