BOLETÍN Nº 112 - 7 de septiembre de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

LERIN

Sobre régimen de retribuciones y asistencias de cargos electos

El Pleno del Ayuntamiento de Lerín, en sesión celebrada el día 6 de agosto de 2007, adoptó el siguiente acuerdo:

Retribuciones y asistencias:

1.º 1. Aprobar una retribución al Señor Alcalde, don Marcelino Azcoiti Alonso, por importe anual de 12.000 euros, que serán abonados en 14 mensualidades, por dedicación parcial a la Alcaldía.

2. Establecer que, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2, inciso b, de la Ley Foral 22/1998, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el 80% de las retribuciones aprobadas para el Alcalde, en concepto de dedicación parcial, se asignan para gastos y, por lo tanto, no sujetas a retención.

3. Solicitar ante la oficina territorial de la Tesorería de la Seguridad Social la afiliación y alta en el Régimen General de la Seguridad Social para el Señor Alcalde, don Marcelino Azcoiti Alonso, con efectos de la toma de posesión o de la fecha de hoy si no fuera posible la anterior.

2.º Determinar que los miembros de la Corporación que no tienen asignada dedicación exclusiva ni parcial percibirán las siguientes cantidades:

Asistencias:

a) Por la asistencia efectiva a cada una de las sesiones ordinarias del Pleno del Ayuntamiento, 55,00 euros.

b) Por la asistencia efectiva a cada una de las sesiones extraordinarias del Pleno del Ayuntamiento, 40,00 euros.

c) Por la asistencia efectiva a cada una de las reuniones de los grupos o comisiones de trabajo, 35,00 euros.

d) Por la asistencia efectiva a cada una de las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación municipal de la que forman parte, 35,00 euros.

La misma cantidad en concepto de asistencias a cada una de las sesiones de las Mancomunidades de las que formen parte en representación de este Ayuntamiento, mientras no sean abonadas por dichos organismos.

e) Por la asistencia efectiva a cada una de las sesiones de la Mesa de Contratación, 60,00 euros.

f) Por la asistencia efectiva a cada uno de los actos no señalados en los epígrafes anteriores, 40,00 euros.

Indemnizaciones:

Dietas. Por cada viaje realizado en representación del cargo, siempre que tal gasto no se asuma por otro organismo o mancomunidad, 50,00 euros.

3.º Determinar que todos los miembros de la Corporación tendrán derecho a percibir indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio del cargo, siempre que sean debidamente autorizados y justificados en el ejercicio del cargo, conforme se determina en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, comprendiendo todos los gastos correspondientes a dietas de manutención, alojamiento y transporte con motivo de comisiones de servicio, desplazamientos fuera del término municipal efectuados por razón del cargo y otros que respondan a idéntica motivación, siempre debidamente autorizados y justificados documentalmente, incluyéndose los que se desempeñen en dedicación exclusiva o parcial, y excluyéndose las percepciones de cualquier remuneración por pérdida o ganancia dejada de obtener respecto a otras actividades como consecuencia de la dedicación al cargo, estableciéndose en desplazamientos fuera del término municipal con utilización de vehículo propio el abono de la cantidad que apruebe anualmente el Gobierno de Navarra para los funcionarios.

4.º Autorizar el gasto que comporta el precedente acuerdo con cargo a las partidas 111-10001 y 121-23001 del vigente Presupuesto General Unico del Ayuntamiento.

5.º Publicar el presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Lerín, 20 de agosto de 2007
El Alcalde, Marcelino Azcoiti Alonso.

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