BOLETÍN Nº 112 - 7 de septiembre de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCION 300/2007, de 14 de agosto, del Director del Servicio de Integración Ambiental, por la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales para el Proyecto de mejora y construcción de caminos de acceso a parcelas de comunal en Oskotz, promovido por el Concejo de Oskotz (Imotz).

Con fecha 19 de abril de 2007 ha tenido entrada en el Servicio de Integración Ambiental el expediente arriba citado. El proyecto queda recogido en el Anexo 2C,D del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, por lo que se somete a régimen de Autorización de Afecciones Ambientales.

La Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental establece en el artículo 28 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales en el plazo de cuatro meses desde la presentación de la solicitud.

El artículo 25.2 de dicha Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales, integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Vistos los informes que figuran en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Orden Foral 537/2005, de 27 de septiembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

RESUELVO:

1.º Otorgar la Autorización de Afecciones Ambientales para el "Proyecto de mejora y construcción de caminos de acceso a parcelas de comunal en Oskotz", promovido por el Concejo de Oskotz (Imotz).

2.º Esta autorización estará sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones de contenido ambiental:

_Se deben respetar íntegramente los setos arbolados y otras zonas con vegetación natural del entorno de las obras

_Antes de iniciar el movimiento de tierras se decapará un espesor de al menos 40 cm de tierra vegetal, que se reservará, empleándose en la restauración de los taludes de los caminos.

_Las tierras sobrantes serán trasladadas a vertedero autorizado.

_El plazo máximo de ejecución del proyecto será de dos años.

3.º Esta autorización tendrá además, los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo al procedimiento de autorización de actividades a realizar en suelo no urbanizable con las siguientes condiciones de contenido urbanístico:

_Los taludes y terraplenes generados que resulten del ejercicio de la actividad serán tratados de la forma más adecuada para integrarlos en el paisaje y con la correspondiente plantación de árboles y especies herbáceas.

4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

5.º Publicar la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

6.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Integración Ambiental, al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Guarderío de Medio Ambiente, al Ayuntamiento de Imotz y al Concejo de Oskotz, a los efectos oportunos.

Pamplona, 14 de agosto de 2007
El Director del Servicio de Integración Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

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