BOLETÍN Nº 103 - 20 de agosto de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

ALLO

Modificación Estatutos Sociedad Urbanística Municipal de Allo

El Ayuntamiento, en Sesión celebrada el día 9 de julio de 2007, acordó aprobar inicialmente la modificación del artículo 17 de los Estatutos de la Sociedad Urbanística Municipal de Allo, quedando como sigue:

Los miembros de la Corporación podrán formar parte del Consejo de Administración y afectarán a los Consejeros las incapacidades e incompatibilidades que para ejercer cargos representativos establece la legislación vigente.

Será presidente del consejo de Administración: El Alcalde del Ayuntamiento de Allo, si fuese consejero, o un concejal que sea consejero designado por la Junta General. El Vicepresidente del Consejo será designado por el Consejo de Administración. El Vicepresidente sustituirá al Presidente en casos de ausencia, enfermedad o cualquier otra imposibilidad, con todas sus atribuciones.

Actuará como Secretario del Consejo quien designe el propio Consejo, pudiendo recaer el nombramiento en un consejero o persona ajena al Consejo, en cuyo caso tendrá voz pero sin voto en las reuniones del Consejo.

Podrán asistir a las reuniones del Consejo de Administración, con voz pero sin voto, hasta tres técnicos especializados, designados por el Alcalde-Presidente.

El cargo de Consejero será retribuido mediante indemnizaciones por asistencia a sesiones, juntas y mesas de trabajo, en la cuantía que determine para cada ejercicio la Junta General.

De conformidad con lo establecido en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, modificada por Ley de Foral 11/2004, de 29 de octubre, se expone a Información Pública por plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Allo, 16 de julio de 2007
El Alcalde-Presidente, firma ilegible.

Código del anuncio: L0711830