BOLETÍN Nº 103 - 20 de agosto de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCION 419/2007, de 29 de junio, de la Directora General de Cultura, por la que se delimita provisionalmente el entorno de protección y se abre un período de información pública en el expediente de Bien de Interés Cultural del inmueble denominado iglesia de Santa María, sita en Sangüesa (Navarra).

Por Real Orden de 5 de marzo de 1889 se declara monumento nacional la iglesia de Santa María de Sangüesa.

Para favorecer una mejor aplicación a este Bien de Interés Cultural de la protección establecida en la legislación de Patrimonio Histórico, Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra, resulta necesario fijar y delimitar, de una manera precisa, el entorno protegido de este monumento.

Por lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 4 de la Ley 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra.

RESUELVO:

1.º Delimitar provisionalmente el entorno de protección de la iglesia de Santa María, sita en Sangüesa (Navarra), a efectos de su protección como Bien de Interés Cultural, de conformidad con la documentación adjunta a esta Resolución.

2.º Abrir un período de información pública de 30 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de esta Resolución, a fin de que cuantos estén interesados en el expediente del citado inmueble, puedan examinarlo y aduzcan cuanto estimen conveniente.

3.º Notificar la presente Resolución al Arzobispado de Pamplona, a los interesados y al Ayuntamiento de Sangüesa, haciéndoles saber que según lo dispuesto en el artículo 19.1.d de la Ley 14/2005, de 22 de noviembre, debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse con carácter inaplazable en tales zonas precisarán, en todo caso, autorización de la Dirección General de Cultura.

4.º Comunicar la presente Resolución al Servicio de Patrimonio Histórico de la Dirección General de Cultura.

5.º Publicar en el BOLETIN OFICIAL de Navarra la presente Resolución y la delimitación del entorno afectado.

DELIMITACION DEL ENTORNO

Afecta la delimitación de entorno a las siguientes parcelas del polígono 5:

_Al total de la parcela números 804, 805, 806, 756, 727, 757 y 816.

_A la fachada de las parcelas números 1368, 778, 1501, 726, 797, 800, 795, 799 y 821.

Y a las calles Cantolagua, Bernabé Armendáriz, San Miguel, Mayor y Juan de Berruela en la parte que se encuentra dentro del entorno.

Pamplona, 29 de junio de 2007
La Directora General de Cultura, Camino Paredes Giraldo.

Código del anuncio: F0711231