BOLETÍN Nº 103 - 20 de agosto de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

GALAR

Nombramiento de cargos y delegación de competencias

El Alcalde de la Cendea de Galar, por Decreto de Alcaldía 77/2007, de 2 de julio, adoptó la Resolución se trascribe a continuación:

Una vez celebradas las Elecciones Locales convocadas y constituido el nuevo Ayuntamiento, y con el objeto de dotar de una mayor celeridad y eficacia a la actuación municipal, esta Alcaldía, en uso de las facultades que le confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la nueva redacción dada a la misma por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación concordante, considera necesario proceder al nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno y de concejales delegados.

Considerando que de conformidad con la legislación a la que se ha hecho referencia anteriormente, esta Alcaldía puede delegar el ejercicio de sus atribuciones siempre y cuando no se encuentren dentro de los supuestos previstos por el artículo 21.3 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción actual, y por el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la nueva redacción dada al mismo por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en los que se regulan las competencias que no pueden ser objeto de delegación.

Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente tengo conferidas,

Resuelvo:

Primero._Designar a Cecilio Lusarreta Echarri como Teniente de Alcalde de este Ayuntamiento, con las facultades que le reconoce como tal la legislación vigente.

Segundo._Nombrar como miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes concejales:

_Presidente: El Alcalde, Ricardo Ariz Imízcoz.

_Vocales: Cecilio Lusarreta Echarri, Miguel Echeverría García y Esteban Lizarbe Aristu.

Tercero._Delegar en la Junta de Gobierno las competencias que en materia de Urbanismo y concesión de licencias de obras otorgan a esta Alcaldía los artículos 21.1.j) y 21.1.q) de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, así como la competencia en materia de disciplina urbanística.

Cuarto._Efectuar a favor de los miembros de la Corporación que a continuación se relacionan, una delegación general de atribuciones de gestión y resolución de los asuntos de sus respectivas Areas de actuación, y respecto de los campos de actuación que, a título enunciativo, se recogen a continuación en relación con cada una de ellas:

Concejal Señor: Area: Cultura y Deporte.

Ambito funcional: Todo lo relacionado con el área.

Concejal Delegado: Cecilio Lusarreta Echarri.

Concejal Señor: Area: Vivienda y Medio Ambiente.

Ambito funcional: Todo lo relacionado con el área.

Concejal Delegado: Alfredo Erro Maeztu.

Concejal Señor: Area: Obras Públicas, Alumbrado y Jardinería.

Ambito funcional: Todo lo relacionado con el área.

Concejal Delegado: Miguel Echeverría García.

Concejal Señor: Area: Trabajo.

Ambito funcional: Todo lo relacionado con el área.

Concejal Delegado: Luis Valero Erro.

Las áreas de Sanidad y Bienestar Social y de Igualdad de Oportunidades quedan pendientes de ser delegadas en un futuro.

La delegación general de competencias a favor de los citados Concejales a la que anteriormente se ha hecho referencia, comportará, tanto la facultad de dirección del Area correspondiente, como su gestión, no incluyendo ninguna facultad resolutoria y siempre entendiendo que la facultad de resolución corresponderá a esta Alcaldía.

Quinto._Delegar de forma indistinta en todos los Concejales de este Ayuntamiento, las competencias que a esta Alcaldía le otorga el artículo 51.1 del Código Civil, en la nueva redacción dada al mismo por la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, para autorizar los matrimonios civiles que se celebren en este término municipal.

Esta delegación faculta a todos los Concejales para autorizar matrimonios civiles, sin que en una misma ceremonia pueda intervenir más de uno de ellos.

Sexto._Nombrar como representantes de la Administración en los diferentes Organismos a los siguientes concejales:

Consejo de Redacción: Cecilio Lusarreta, Alfredo Erro, Carmen Oslé, Javier Nuin, Joaquin Videgain y Luis Valero.

Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, Juntas de Compensación y Federación Navarra de Municipios y concejos: Ricardo Ariz

Séptimo._De conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 del Reglamente de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, estas delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de notificación de este Decreto a los Concejales afectados, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación de esta Alcaldía.

En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los Concejales delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.

Las atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de ésta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o concejal.

Octavo._Notificar esta resolución a los Concejales afectados, entendiéndose aceptada la competencia delegada de forma tácita, si dentro del plazo de las 24 horas siguientes no se manifiesta nada en contra o se hace uso de la delegación.

Noveno._Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la primera sesión que tenga lugar, y publicar su texto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Boletín de Información Municipal, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 44.2 del texto legal antes citado.

Lo que se publica para general conocimiento.

Salinas de Pamplona, 4 de julio de 2007
El Alcalde, Ricardo Ariz Imízcoz.

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