BOLETÍN Nº 10 - 22 de enero de 2007

VIII. ANUNCIOS

8.2. ANUNCIOS PARTICULARES

CONSEJO REGULADOR DENOMINACION DE ORIGEN NAVARRA

Circular número 3/2006

Por la presente se pone en conocimiento de todos los titulares de bodegas inscritas en el Registro de Bodegas de Embotellado de la Denominación de Origen "Navarra", que el Consejo Regulador de la Denominación de Origen "Navarra", en sesión plenaria celebrada el día 11 de diciembre de 2006, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

"Vista la Resolución del Consejo Regulador de la Denominación de Origen "Navarra", adoptada en sesión ordinaria de fecha 28 de noviembre de 1985, por la que se aprueban los envases autorizados en la comercialización de vinos con denominación de Origen "Navarra", y en concreto el punto 2. de la misma, en el que se dispone que los vinos embotellados con Denominación de Origen "Navarra", tanto para el mercado nacional como para el extranjero, deberán comercializarse primordialmente en envases de capacidad no superior a 75 cl., pudiendo también emplearse botellas de hasta dos litros de volumen _excepto la de seis estrellas que no se autoriza_ siempre que vayan con tapón de corcho o de rosca "Pilfer" y su vestimenta o presentación sea indicativa de un vino de calidad, y dado el avance habido en la fabricación de tapones de materiales diferentes al corcho, se adopta, de conformidad con lo establecido en el artículo 31.º2 del Reglamento de la Denominación de Origen "Navarra" y de su Consejo Regulador, el siguiente acuerdo:

Se modifica el punto 2. de la Resolución adoptada por el Consejo Regulador de la Denominación de Origen "Navarra" en sesión plenaria de fecha 28 de noviembre de 1985, por la que se aprueban los envases autorizados en la comercialización de vinos con denominación de Origen "Navarra", de forma que el mismo quede redactado como sigue:

Los vinos embotellados con Denominación de Origen "Navarra", tanto para el mercado nacional como para el exterior, deberán comercializarse primordialmente en envases de capacidad no superior a 75 cl., pudiendo también emplearse botellas de mayor volumen -excepto la de seis estrellas que no se autoriza- siempre que, unas y otras, vayan con tapón de corcho o de rosca "Pilfer" y su vestimenta o presentación sea indicativa de un vino de calidad. Para los vinos no sometidos a procesos de envejecimiento, y por tanto excluidos los de crianza, reserva o gran reserva, quedan igualmente autorizados los tapones de material sintético, siempre que los mismos no transfieran al vino sustancias que alteren su calidad analítica y organoléptica."

Lo que se comunica para general conocimiento de todos los titulares de bodegas inscritas en el Registro de Bodegas de Embotellado de la Denominación de Origen "Navarra".

Olite, 12 de diciembre de 2006
El Presidente, Alvaro Marino Pérez de Rada.

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