BOLETÍN Nº 10 - 22 de enero de 2007

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

PAMPLONA

EDICTO

No habiendo podido ser notificado el requerimiento de la Dirección del Area de Medio Ambiente y Sanidad del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 4 de septiembre de 2006 y de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de residencia del interesado.

En respuesta al escrito de alegaciones (número registro: 42611) presentado por don Antonio Jesús Rodríguez Veces, en relación al requerimiento de dirección de esta Area de Medio Ambiente y Sanidad de fecha 14-08-2006, por llevar perro de raza peligrosa sin licencia, el Servicio de Inspección Alimentaria y Zoonosis emite informe en los siguientes términos:

_El artículo 3 de la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos, y el artículo 45 de la Ordenanza de Sanidad número 13, reguladora de la tenencia de animales en la ciudad de Pamplona, contemplan la obligatoriedad de licencia no solamente para las personas propietarias de estos animales, sino también para quienes los conduzcan (tenedores).

_En el caso del firmante, el artículo antes mencionado de la Ordenanza de Sanidad número 13 especifica que deben disponer de licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos los tenedores de estos animales cuando éstos vayan a permanecer en Pamplona al menos tres meses, por lo que le es de aplicación la obligación de disponer de licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

_En resumen, en contra de lo que alega el firmante, se reitera que sí necesita licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos en caso de conducirlos, aunque no sea su propietario.

La alegación presentada no aporta razones objetivas que justifiquen la modificación de los términos del expediente.

A la vista de lo expuesto, se le comunica que se desestima su alegación y se le confirma el requerimiento de dirección de esta área de Medio Ambiente y Sanidad para que, en el plazo de un mes, proceda a solicitar licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Asimismo se le advierte que el incumplimiento de este requerimiento dará lugar a la aplicación de sanción por una cuantía mínima de 2.404,06 euros.

Así mismo se manifiesta que el expediente se encuentra a disposición del interesado en las oficinas del Area de Medio Ambiente y Sanidad sita en calle San Saturnino, 2, donde podrá examinarlo de 8 a 14 horas en días laborables.

Pamplona, 14 de diciembre de 2006
La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

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