BOLETÍN Nº 10 - 22 de enero de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.5. Estatutos y convenios colectivos

RESOLUCION 958/2006, de 15 de diciembre, del Director General de Trabajo, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra del texto del Convenio Colectivo de trabajo de la empresa " Aspace (Centro de Día)", de Zizur Menor (Expediente número: 104/2006).

Con fecha 30-11-2006 ha tenido entrada en este Departamento el texto del Acuerdo de Prórroga del Convenio Colectivo de trabajo de la empresa "ASPACE (Centro de Día)", que consta de 3 artículos y 1 Anexo (conteniendo Tabla de Retribuciones para el 2006), suscrito y aprobado por la representación de la empresa, y el comité (ELA-STV), con fecha 17 de noviembre de 2006.

Siendo el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo competente para efectuar las funciones de registro, depósito y publicación de los Convenios Colectivos de trabajo, establecidas en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 937/1986, de 11 de abril, de transferencias laborales estatales a la Comunidad Foral de Navarra; y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Proceder al registro del Acuerdo de Prórroga del Convenio Colectivo de trabajo de "ASPACE (Centro de Día)", (Código número 3108071), de Zizur Menor, en el libro especial habilitado al efecto que obra en el Negociado de Registro, Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, en cuya unidad administrativa queda en depósito su texto y documentación.

2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

3. Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para su general conocimiento.

A C T A

En Cizur Menor, siendo las 9,30 horas del día 17 de noviembre de 2006, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para los empleados del Centro de Día Ramón y Cajal de ASPACE, integrada por las personas que a continuación se reseñan:

_Por la Representación Legal de los Trabajadores:

Don Tomás Esparza, don Javier Lizarbe, doña Ana Viñuela y doña Carmen Barber.

_Por la Dirección del Centro:

Doña Belén Mateo y doña Leticia Iribarnegaray.

Actuando como asesor:

Doña Marta Hernández.

Abierto el acto, ambas partes acuerdan:

Primero: Prorrogar durante el año 2006 el Convenio Colectivo para los empleados del Centro de Día Ramón y Cajal de ASPACE.

Segundo: Incrementar los valores correspondientes al Salario Base de la tabla Salarial vigente a 31 de diciembre de 2005, en el 3,7% correspondiente al importe alcanzado por el I.P.C. real de Navarra del año 2005.

El citado porcentaje se aplicará con efectos retroactivos desde 1 de enero de 2006.

Los atrasos correspondientes se abonarán en el mes de diciembre de 2006.

Tercero: Remitir un ejemplar de la presente Acta a la Consejería de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo del Gobierno de Navarra, a efectos de su conocimiento, y con expresa petición de que se disponga lo necesario para su posterior publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión, extendiéndose la presente Acta que se firma por los asistentes en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

TABLA DE RETRIBUCIONES AÑO 2006 PARA EL PERSONAL DEL "CENTRO DE DIA RAMON Y CAJAL" DE CIZUR

3,70%

CATEGORIA S. BASE MES ANTIG. MES S. BASE AÑO

PERS. TÉCNICO DE GRADO SUPERIOR 1.716,85 41,73 25.752,70

PERS. TÉCNICO DE GRADO MEDIO

Trabajador/a social 1.528,48 41,73 22.927,14

Fisioterapeuta 1.477,78 41,73 22.166,65

Maestro/a Pedagogía Terapéutica 1.477,78 41,73 22.166,65

Logopeda 1.477,78 41,73 22.166,65

Terapeuta Ocupacional 1.477,78 41,73 22.166,65

Respsable. de ocio y tiempo libre 1.406,74 41,73 21.101,14

Técnico deportivo 1.406,74 41,73 21.101,14

Titulado Medio 1.406,74 41,73 21.101,14

PERSONAL AUXILIAR TÉCNICO

Monitor/a 1.237,66 29,77 18.564,89

Auxiliar 941,38 29,77 14.120,67

Auxiliar Comedor 799,89 24,04 11.998,35

Cuidador Autobús 423,65 12,02 6.354,68

PERSONAL ADMINISTRATIVO

Oficial Administrativo 1.409,48 29,77 21.142,20

Auxiliar Administrativo 1.168,33 29,77 17.524,89

PERSONAL DE SERVICIOS

Cocinero/a 956,23 27,05 14.343,42

Ayudante de Cocina 816,22 23,33 12.243,34

Empleado/a de limpieza 792,26 23,33 11.883,86

Telefonista 712,33 23,51 10.684,89

Empleado/a de mantenimiento 974,47 23,61 14.617,03

Chófer (537,5 horas/año) 309,72 7,48 4.645,81

Pamplona, 15 de diciembre de 2006
El Director General de Trabajo, José M.ª Roig Aldasoro.

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