BOLETÍN Nº 94 - 7 de agosto de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

OLITE

Convocatoria de varias plazas de Profesor/a de las Especialidades siguientes: Flauta Travesera, Percusión y Trombón, de carácter laboral fijo, a tiempo parcial, para la Escuela Municipal de Música de Olite

BASES

1._Normas generales.

1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión, mediante concurso-oposición y con carácter laboral fijo, a tiempo parcial, de un puesto de trabajo de Profesor/a de cada una de las siguientes especialidades: Flauta Travesera, Percusión y Trombón, para la Escuela Municipal de Música de Olite, aprobadas por acuerdo del Pleno de la Corporación en sesión de 23 de febrero de 2006.

1.2. Los aspirantes que resulten nombrados en virtud de esta convocatoria tendrán la condición, desde la fecha de la toma de posesión, de personal laboral fijo, a tiempo parcial (en función del número de horas necesarias para el número de alumnos matriculados en esa especialidad, para cada curso), a todos los efectos y serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, sin perjuicio del período de prueba previsto en la legislación laboral.

1.3. La remuneración bruta anual será la correspondiente al Sueldo Base del Nivel B de la actual escala establecida en el artículo 12 del Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de Administración Pública de Navarra, en proporción al número de horas contratadas para cada curso lectivo.

1.4. La base a tener en cuenta para la distribución del sueldo, será la parte proporcional sobre una jornada completa de 30 horas semanales, de las cuales 24 horas se consideran lectivas y 6 no lectivas.

2._Funciones a desempeñar.

Las personas nombradas prestarán servicios de Profesor/a de su especialidad, así como todas aquellas tareas relacionadas con el puesto de trabajo que les sean encomendadas por el Ayuntamiento.

3._Requisitos de los aspirantes.

3.1. Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad y tener la nacionalidad de cualquier Estado miembro de la Unión Europea.

b) Hallarse en posesión, como mínimo, del título de Profesor/a de grado medio de la especialidad, según la plaza a la que se opte.

c) Los aspirantes con titulación extranjera serán admitidos a la oposición, si bien en caso de conseguir plaza, tendrán que presentar para su contratación la homologación de dicha titulación con arreglo al apartado 3.1.b). En caso contrario, se contratará al aspirante siguiente en puntuación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

3.2. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados por los/las aspirantes seleccionados o contratados en el plazo y forma establecida en la base 12 de esta convocatoria. El cumplimiento de dichos requisitos se entenderá referido a la fecha en que expire el plazo para la presentación de instancias, debiendo contar con los mismos durante el procedimiento del concurso-oposición hasta el nombramiento.

4._Instancias.

4.1. Las instancias para poder participar en la presente convocatoria se ajustarán al modelo que se incluye como anexo I y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Olite, Plaza de Carlos III número 20, 31390 de Olite o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30 / 1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra hasta las 13 horas del último día hábil.

4.2. Los aspirantes deberán acompañar a sus instancias los certificados originales, copias autenticadas o fotocopias de los méritos que se deseen hacer valer en la fase de concurso, así como recibo justificativo del ingreso en Depositaría Municipal de la cantidad de 18,00 euros en concepto de derechos de examen.

4.3. Asimismo incluirán necesariamente en la documentación, un plan o proyecto pedagógico ideal o genérico de cada especialidad.

5._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa dictará resolución aprobando las lista provisional de admitidos y excluidos, ordenando su publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

5.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días naturales siguientes a la publicación de la lista provisional en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, la Sra. Alcaldesa dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En la misma resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

6._El Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal calificador para las pruebas de Flauta travesera estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Doña María Carmen Ochoa Canela, Alcaldesa del Ayuntamiento de Olite.

Suplente: Don David Palacios Algarra, concejal del Ayuntamiento de Olite y miembro de la Junta del Patronato de la Escuela de Música.

Primer vocal: Eduardo Ojer Moreno, profesor de la Escuela de Música Municipal de Tafalla.

Suplente: A determinar, un profesor de la especialidad de flauta travesera de otra Escuela de Música.

Segundo vocal: Nekane Solana Arocena, profesora de la Escuela Municipal de Música de Marcilla.

Suplente: A determinar, un profesor de la especialidad de flauta travesera de otra Escuela de Música.

Tercer vocal: Unai Otegui Aguirrebengoa, profesor de la Escuela Municipal de Música de Huarte.

Suplente: A determinar, un profesor de la especialidad de flauta travesera de otra Escuela de Música.

Cuarto vocal: Carlos Lizarazu Aramayo, designado por el órgano de representación del personal del Ayuntamiento de Olite.

Suplente: Javier Blázquez Echapare, designado por el órgano de representación del personal del Ayuntamiento de Olite.

Secretario: José Luis Unzué Ruiz, Titular del Ayuntamiento de Olite.

Suplente: Ana Carmen Sebastián Ochoa, Oficial Administrativo del Ayuntamiento de Olite.

6.1.1. El Tribunal calificador para las pruebas de Percusión estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Doña María Carmen Ochoa Canela, Alcaldesa del Ayuntamiento de Olite.

Suplente: Don David Palacios Algarra, concejal del Ayuntamiento de Olite y miembro de la Junta del Patronato de la Escuela de Música.

Primer vocal: Andoni Zugasti Arizmendi, profesor de la Escuela Municipal de Música de Tafalla.

Suplente: A determinar, un profesor de la especialidad de Percusión de otra Escuela de Música.

Segundo vocal: Nuria García García, profesora de la Escuela Municipal de Música "Julian Romano" de Estella.

Suplente: A determinar, un profesor de la especialidad de Percusión de otra Escuela de Música.

Tercer vocal: Urko Arozena Muxika, profesor de la Escuela de Música Municipal de Hernani (Guipuzcoa).

Suplente: A determinar, un profesor de la especialidad de Percusión de otra Escuela de Música.

Cuarto vocal: Carlos Lizarazu Aramayo, designado por el órgano de representación del personal del Ayuntamiento de Olite.

Suplente: Javier Blázquez Echapare, designado por el órgano de representación del personal del Ayuntamiento de Olite.

Secretario: José Luis Unzué Ruiz, Titular del Ayuntamiento de Olite.

Suplente: Ana Carmen Sebastián Ochoa, Oficial Administrativo del Ayuntamiento de Olite.

6.1.2. El Tribunal calificador para las pruebas de Trombón estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Doña María Carmen Ochoa Canela, Alcaldesa del Ayuntamiento de Olite.

Suplente: Don David Palacios Algarra, concejal del Ayuntamiento de Olite y miembro de la Junta del Patronato de la Escuela de Música.

Primer vocal: Juan Carlos Aoiz Berango, profesor de la Escuela Municipal de Música de "Joaquín Maya", Pamplona.

Suplente: A determinar, un profesor de la especialidad de Trombón de otra Escuela de Música.

Segundo vocal: Marco Belizzi Ederra, profesor de la Escuela Municipal de Música "Hilarión eslava" de Burlada.

Suplente: A determinar, un profesor de la especialidad de Trombón de otra Escuela de Música.

Tercer vocal: Jesús Vicente Trincado Goicoechea, profesor de la Escuela de Música Municipal de "Julián Romano" de estella.

Suplente: A determinar, un profesor de la especialidad de Trombón de otra Escuela de Música.

Cuarto vocal: Carlos Lizarazu Aramayo, designado por el órgano de representación del personal del Ayuntamiento de Olite.

Suplente: Javier Blázquez Echapare, designado por el órgano de representación del personal del Ayuntamiento de Olite.

Secretario: José Luis Unzué Ruiz, Titular del Ayuntamiento de Olite.

Suplente: Ana Carmen Sebastián Ochoa, Oficial Administrativo del Ayuntamiento de Olite.

6.2. El Tribunal deberá constituirse antes del inicio de las pruebas selectivas, siendo necesario para su válida constitución y actuación la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

6.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación a la interpretación y aplicación de las presentes bases.

6.4. El Tribunal podrá, asimismo, incorporar asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquellas.

7._Fase de concurso.

7.1. El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes de acuerdo con el baremo de méritos que figura en el Anexo II.

7.2. Concluida la fase de concurso, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la lista de puntuaciones obtenidas en dicha fase por los aspirantes.

8._Fase de oposición.

Flauta travesera.

Ejercicio: Constará de tres pruebas consistentes en:

1. Ejercicios prácticos-interpretativos.

El opositor presentará tres obras de diferentes estilos de las cuales deberán interpretar dos, siendo una elegida por el Tribunal.

El Tribunal valorará la dificultad de las obras elegidas, que en ningún caso tendrán una duración inferior a cinco minutos de duración.

El sorteo y elección de las obras que han de interpretar los opositores dentro de este apartado, tendrá lugar en el momento de iniciarse dichos ejercicios. Asimismo el orden de intervención de los aspirantes quedará establecido por sorteo en el mismo acto de presentación.

Si el opositor considera necesario el acompañamiento de piano, será de su cuenta la asistencia de pianista.

2. Ejercicios práctico-docentes.

Clase práctica a un alumno/a principiante explicando las características del instrumento y la posición correcta de cuerpo y manos.

Impartir clase a un alumno/a, interpretando éste una obra determinada por el Tribunal, haciendo el opositor cuantas observaciones de orden interpretativo o técnico juzguen oportuno.

El tiempo máximo por alumno será de 20 minutos.

3. Ejercicios técnico teóricos.

a) Planteamiento didáctico de dos piezas musicales para Flauta Travesera de distinto nivel, propuestas por el Tribunal.

b) Defensa del opositor del Plan de Estudios de la Especialidad entregado en el momento de presentar la instancia.

c) Prueba escrita sobre Funcionamiento y Organización de una Escuela de Música.

El tribunal podrá realizar cuantas preguntas crea oportuno sobre cualquier cuestión de este apartado.

Este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 75 puntos. Las tres pruebas de las que consta este ejercicio tendrán una puntuación máxima individual de 15, 30 y 30 puntos respectivamente.

Percusión.

Ejercicio: Constará de tres pruebas consistentes en:

1. Ejercicios prácticos-interpretativos.

El opositor presentará tres obras de diferentes estilos de las cuales deberán interpretar dos, siendo una elegida por el Tribunal.

El Tribunal valorará la dificultad de las obras elegidas, que en ningún caso tendrán una duración inferior a cinco minutos de duración

El sorteo y elección de las obras que han de interpretar los opositores dentro de este apartado, tendrá lugar en el momento de iniciarse dichos ejercicios. Asimismo el orden de intervención de los aspirantes quedará establecido por sorteo en el mismo acto de presentación.

Si el opositor considera necesario el acompañamiento de piano, será de su cuenta la asistencia del pianista.

2. Ejercicios práctico-docentes.

Clase práctica a un alumno/a principiante explicando las características del instrumento y la posición correcta de cuerpo y manos.

Impartir clase a un alumno/a, interpretando éste una obra determinada por el Tribunal, haciendo el opositor cuantas observaciones de orden interpretativo o técnico juzguen oportuno.

El tiempo máximo por alumno será de 20 minutos.

3. Ejercicios técnico teóricos.

a) Planteamiento didáctico de dos piezas musicales para Percusión de distinto nivel, propuestas por el Tribunal.

b) Defensa del opositor del Plan de Estudios de la Especialidad entregado en el momento de presentar la instancia.

c) Prueba escrita sobre Funcionamiento y Organización de una Escuela de Música.

El tribunal podrá realizar cuantas preguntas crea oportuno sobre cualquier cuestión de este apartado.

Este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 75 puntos. Las tres pruebas de las que consta este ejercicio tendrán una puntuación máxima individual de 15, 30 y 30 puntos respectivamente.

Trombón.

Ejercicio: Constará de tres pruebas consistentes en:

1. Ejercicios prácticos-interpretativos.

El opositor presentará tres obras de diferentes estilos de las cuales deberán interpretar dos, siendo una elegida por el Tribunal.

El Tribunal valorará la dificultad de las obras elegidas, que en ningún caso tendrán una duración inferior a cinco minutos de duración.

El sorteo y elección de las obras que han de interpretar los opositores dentro de este apartado, tendrá lugar en el momento de iniciarse dichos ejercicios. Asimismo el orden de intervención de los aspirantes quedará establecido por sorteo en el mismo acto de presentación.

Si el opositor considera necesario acompañamiento de piano, será de su cuenta la asistencia de pianista.

2. Ejercicios práctico-docentes.

Clase práctica a un alumno/a principiante explicando las características del instrumento y la posición correcta de cuerpo y manos.

Impartir clase a un alumno/a, interpretando éste una obra determinada por el Tribunal, haciendo el opositor cuantas observaciones de orden interpretativo o técnico juzguen oportuno.

El tiempo máximo por alumno será de 20 minutos.

3. Ejercicios técnico teóricos.

a) Planteamiento didáctico de dos piezas musicales para Trombón de distinto nivel, propuestas por el Tribunal.

b) Defensa del opositor del Plan de Estudios de la Especialidad entregado en el momento de presentar la instancia.

c) Prueba escrita sobre Funcionamiento y Organización de una Escuela de Música.

El Tribunal podrá realizar cuantas preguntas crea oportuno sobre cualquier cuestión de este apartado.

Este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 75 puntos. Las tres pruebas de las que consta este ejercicio tendrán una puntuación máxima individual de 15, 30 y 30 puntos respectivamente.

9._Convocatoria de las pruebas.

No será obligatoria la comunicación personal de fechas, horas y lugar de los sucesivos anuncios de los ejercicios, si bien deberá publicarse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Olite, con un mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación o veinticuatro si se trata de la continuación de algún ejercicio.

10._Identificacion y otros.

Todos los aspirantes deberán acudir a las pruebas provistos del documento nacional de identidad o asimilado legalmente. Cualquier fraude en las pruebas será causa de exclusión inmediata, sin perjuicio de promover, en su caso, las acciones penales que procedieran.

11._Propuesta del Tribunal.

11.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el lugar en el que se realizó la última prueba, una lista con las puntuaciones de mayor a menor.

11.2. El Tribunal elevará propuesta vinculante de nombramiento en favor del aspirante con mayor puntuación al órgano competente. Dicha propuesta deberá publicarse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

12._Presentación de documentos.

El aspirante propuesto deberá presentar, en el Registro General del Ayuntamiento de Olite, en el plazo de 10 días naturales desde la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, los siguientes documentos:

a) Certificación del acta de nacimiento.

b) Declaración jurada de no haber sido expulsado de ningún cargo o puesto de trabajo o función de Estado, Comunidad Autónoma, Provincia, Municipio, Entidad Local ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

c) Copia autenticada o fotocopia compulsada de la titulación exigida, en el supuesto de no haberse aportado con anterioridad.

d) Certificado médico de aptitud física y psíquica.

Si no se diera cumplimiento a lo especificado en esta Base en los plazos señalados no podrá efectuarse el nombramiento ni la contratación efectiva, con decaimiento de los derechos correspondientes. En tal caso se entenderá ampliada la propuesta de nombramiento al siguiente o siguientes aprobados con puntuaciones sucesivas.

13._Nombramiento y toma de posesión.

La Alcaldía de Olite será el órgano competente para nombrar el aspirante propuesto que haya cumplimentado los requisitos en tiempo y forma.

El aspirante nombrado deberá tomar posesión de su cargo en el plazo de un 10 días, a contar desde la notificación del nombramiento, previo juramento o promesa previsto en el artículo 35 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra.

Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados, no tomara posesión, perderá todos sus derechos.

En este supuesto se cubrirá la baja con el aspirante incluido en la relación de aprobados con la siguiente máxima puntuación.

14._Renuncia o vacante.

En caso de vacante o renuncia del aspirante seleccionado o nombrado en un plazo de dieciocho meses desde la toma de posesión, la plaza se cubrirá directamente con el siguiente o siguientes de la lista propuesta por el Tribunal.

15._Recursos.

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstos y de la actuación de órganos de selección, se podrá interponer:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación o notificación.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, desde la publicación o notificación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/Doña .................., mayor de edad, D.N.I. número .............., con domicilio en .................... (...........), calle ................ número ..........., piso ........., código postal .........., teléfono ................

Expone:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición de una plaza de ....................(*) de la Escuela Municipal de Música de Olite, cuyas bases declara conocer y aceptar.

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en alguna de las incapacidades establecidas en la legislación vigente.

Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación señalada en la base 3.1.b) y 3.1.c) de la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Por lo expuesto:

Solicita ser admitido/a a la convocatoria de ..........................(*) de la Escuela Municipal de Música de Olite.

(*) Profesor/a de Flauta Travesera.

(*) Profesor/a de Percusión.

(*) Profesor/a de Trombón.

En ........................, a ........ de .............. de 2006.

(Firma del solicitante)

SEÑORA ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE OLITE.

ANEXO II

Baremo de Méritos

A._Experiencia docente previa.

La puntuación máxima de este apartado será de 10 puntos.

1. Por cada curso completo de servicios prestados como Profesor de la Especialidad, en Conservatorios o Escuelas de Música: 1,50 puntos.

Por cada mes, fracción de año inferior al curso completo en plazas que se indican en el apartado anterior: 0,125 puntos mes.

2. Por cada curso escolar como Profesor de la especialidad en otros centros de enseñanza reglada: 1 punto.

La fracción de curso se contará a razón de 0,08 puntos mes.

Documentos Justificativos: Fotocopia compulsada del título administrativo o del nombramiento o contrato o certificación expedida por el Secretario del Centro correspondiente con el Visto Bueno del Director del mismo, haciendo constar la asignatura y duración real de los servicios prestados.

A efectos de este apartado se considerará como curso completo del mes de octubre a 30 de junio.

No podrán acumularse las puntuaciones cuando los servicios se hayan prestado simultáneamente en más de un centro.

B._Méritos Académicos.

Se valorará sobre un máximo de 10 puntos.

1. Por poseer titulación superior en la especialidad objeto de la convocatoria, 2 puntos.

2. Por poseer titulación musical de grado medio diferente a la exigida para participar en la presente convocatoria, 0,50 puntos por cada una, máximo 2 puntos.

3. Por cada titulación musical de grado superior diferente a la exigida para participar en la presente convocatoria 0,75 puntos por cada una, máximo 2 puntos.

4. Expediente Académico: Calificación en las titulaciones exigidas para participar en el concurso.

Por este apartado se valorará exclusivamente la nota media que se obtenga del expediente académico aportado por el aspirante correspondiente al título exigido con carácter general para ingreso al puesto a que se opta, del modo que a continuación se indica:

_De 6,01 a 7,50: 0,50 puntos.

_De 7,51 a 8,50: 1 punto.

_De 8,51 a 10: 2 puntos.

5. Premio extraordinario en la especialidad objeto de la convocatoria: 0,50 puntos, máximo 1 punto.

6. Poseer el certificado de aptitud pedagógica expedido por una Universidad: 1 punto.

Documentación Acreditativa: Fotocopia compulsada de los certificados correspondientes a los méritos alegados por el concursante, expedidos por el órgano competente.

C._Formación.

Se valorará la totalidad de este apartado C) con un máximo de 10 puntos.

1. Por cada curso de formación o perfeccionamiento superado, convocado por las Administraciones Educativas o Universidades, relacionado con la especialidad objeto de la convocatoria, no pudiendo superar este apartado los seis puntos y según el siguiente baremo:

_Más de 30 horas: 0,50 puntos

_Más de 100 horas: 1 punto.

2. Por Titulación en Psicología, Pedagogía o Magisterio Musical: 2 puntos, por titulación, en Magisterio 1 punto.

3. Por cursos sobre Conjunto Instrumental, a valorar por el Tribunal, máximo 2 puntos.

D._Otros méritos que desee aportar el aspirante y que no hayan sido objeto de valoración en los apartados anteriores: Conciertos, publicaciones, etc.

A valorar por el Tribunal, con un máximo de 4 puntos.

Olite, 2 de julio de 2006
La Alcaldesa, María del Carmen Ochoa Canela.

Código del anuncio: L0611690