BOLETÍN Nº 91 - 31 de julio de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

PAMPLONA

Programa 2006 del Plan de Actuación Conjunta 2005-2007 de Urbanismo, Suelo y Vivienda suscrito entre el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona

El Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 14 de junio de 2006, adoptó el siguiente acuerdo:

PLE 14-JUN-06 (3/CU)

«Vista la documentación obrante en el expediente y de conformidad con los informes que figuran en el mismo, se acuerda:

1. Aprobar el Programa correspondiente al año 2006 del Plan de Actuación Conjunta 2005-2007, en materia de Urbanismo, Suelo y Vivienda del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra y del Ayuntamiento de Pamplona, para el cumplimiento conjunto de las competencias concurrentes entre el Gobierno de Navarra, el Ayuntamiento de Pamplona y Viviendas de Navarra, S.A., y ejecución de las acciones, actuaciones y aportaciones de cada una de las partes en materia de vivienda y rehabilitación que se detallan en el citado documento.

2.º Publicar en el BOLETIN OFICIAL de Navarra el presente acuerdo y el programa de conformidad con lo prevenido en los artículos 7.5 y 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.º Autorizar a Alcaldía para la firma del Programa correspondiente al año 2006 del Plan de Actuación Conjunta 2005-2007, en materia de Urbanismo, Suelo y Vivienda del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra y del Ayuntamiento de Pamplona y Viviendas de Navarra, S.A.»

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

_Recurso de Reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

_Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

_Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

PROGRAMA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2006 DEL PLAN DE ACTUACION CONJUNTA 2005-2007, EN MATERIA DE URBANISMO, SUELO Y VIVIENDA, ENTRE EL DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO Y VIVIENDA DEL GOBIERNO DE NAVARRA Y EL EXCELENTISIMO AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA

En Pamplona, a .................. de ..................... de .......

Reunidos:

De una parte, el Excelentísimo señor don José Andrés Burguete Torres, Consejero del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, del Gobierno de Navarra, y Presidente del Consejo de Administración de Viviendas de Navarra, S.A. (VINSA)

De otra parte, la Excelentísima señora Doña Yolanda Barcina Angulo, Alcaldesa Presidenta del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona.

Intervienen:

El Excelentísimo Señor don José Andrés Burguete Torres, como Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, del Gobierno de Navarra y Presidente del Consejo de Administración de Viviendas de Navarra, S.A. y la Excelentísima señora Doña Yolanda Barcina Angulo, como Alcaldesa Presidenta del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona. Ambas partes se reconocen la capacidad legal necesaria y la competencia para la firma de este documento, y exponen:

El Plan de Actuación conjunta entre el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra y el Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, en materia de urbanismo, suelo y vivienda para los años 2005-2007 prevé su desarrollo mediante Programas anuales en los que complete su contenido.

Al contenido habitual de estos programas conviene añadir aspectos relativos a la oficina de rehabilitación, dado su carácter de entidad colaboradora según los artículos 10, 13 y concordantes de la Ley Foral de subvenciones 11/2005, de 9 de noviembre, que obliga a formalizar los correspondientes convenios

En su desarrollo, las partes formalizan el presente programa correspondiente al año 2006.

Estipulaciones:

Por parte del Ayuntamiento de Pamplona se asumen los siguientes compromisos:

1. Enajenar a la empresa Viviendas de Navarra, S.A. las parcelas 28-E, 28-O, 28-N, 28-C, 29-E, 29-O, 29-N, 29-C de la unidad PA del Sector Buztintxuri-Euntzetxiki-Santa Engracia y la 5.B.1 del Sector Ezcaba-Canal por los precios que con carácter general se señalan en el acuerdo marco 2005-2007 y que se expresan en los cuadros siguientes.

Parcela 28-N de Buztintxuri:

Precio: 704.479,87 euros.

I.V.A. 112.716,78 euros.

Total: 817.196,65 euros.

Parcela 28-E de Buztintxuri:

Precio: 1.074.975,86 euros.

I.V.A.: 171.996,14 euros.

Total: 1.246.972,00 euros.

Parcela 28-O de Buztintxuri:

Precio: 1.074.975,86 euros.

I.V.A.: 171.996,14 euros.

Total: 1.246.972,00 euros.

Parcela 29-N de Buztintxuri:

Precio: 438.838,82 euros.

I.V.A.: 70.214,21 euros.

Total: 509.053,03 euros.

Parcela 29-E de Buztintxuri:

Precio: 1.162.806,36 euros.

I.V.A.: 186.049,02 euros.

Total: 1.348.855,38 euros:

Parcela 29-O de Buztintxuri:

Precio: 1.417.550,58 euros.

I.V.A.: 226.808,09 euros.

Total: 1.644.358,68 euros.

Parcela 5.B.1 de Ezcaba:

Precio suelo 254.769,00 254.769,00

Urb. pagada 126.008,45 126.008,45

Urb. pendiente pago 15.097,19 15.097,19

Total precio 380.777,45 15.097,19 395.874,64

I.V.A. 60.924,39 2.415,55 63.339,94

Total 441.701,84 17.512,74 459.214,58

El precio de las parcelas 28-C y 29-C está incluido en los de las correspondientes parcelas 28N-28E-28O y 29N-29E-29O con las que forman los respectivos garajes mancomunados y en las que se han valorado las plazas de garaje y trasteros anejos de las viviendas.

Al objeto de cumplir con los usos y fines establecidos en el plan de actuación 2005-2007, y habida cuenta de las posibilidades de promoción de vivienda en alquiler con opción a compra desarrolladas en el Decreto Foral 4/2006, de 9 de enero, por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda, estas parcelas se destinarán a la promoción de vivienda protegida con los siguientes usos y fines:

_Parcela 28-E: edificio de 45 viviendas (según reparcelación) de protección oficial régimen general destinadas a alquiler con opción de compra para jóvenes empadronados en Pamplona.

_Parcela 28-O: edificio de 45 viviendas (según reparcelación) de protección oficial régimen general destinadas a compra.

_Parcela 28-N: edificio de 22 viviendas (según reparcelación) de protección de precio tasado destinadas a compra.

_Parcela 28-C: jardín central privado con garaje mancomunado en subsuelo

_Parcela 29-E: edificio de 49 viviendas (según reparcelación) de protección oficial régimen general destinadas a compra.

_Parcela 29-O: edificio de 45 viviendas (según reparcelación) de protección de precio tasado destinadas a de compra.

_Parcela 29-N: edificio de 20 viviendas (según reparcelación) de protección oficial régimen especial destinadas a alquiler con opción de compra para jóvenes empadronados en Pamplona.

_Parcela 29-C: jardín central privado con garaje mancomunado en subsuelo

_Parcela 5.B.1 del Sector Ezcaba-Canal: edificio de 13 viviendas de protección de precio tasado (según reparcelación), destinadas a compra.

2. Ceder onerosamente a Viviendas de Navarra, S.A. el derecho de superficie de las parcelas 15 y 17C de Rochapea, consistente en la cesión temporal de la edificación y la subedificación de dichas parcelas para la construcción de viviendas de protección oficial de régimen general destinadas al alquiler prioritariamente de jóvenes en las condiciones que se establezcan en los correspondientes acuerdos entre el Ayuntamiento de Pamplona y Viviendas de Navarra, S.A.

3. Ejecutar programas de renovación de edificios, a través de su sociedad gestora Pamplona Centro Histórico, que mejoren la trama urbana y favorezcan el tejido social del Casco Antiguo y que dado su complejidad así como la insuficiencia económica de las actuaciones, precisan de una intervención de las administraciones públicas que para los años 2006-2007 se concretan en actuaciones sobre las edificaciones de Descalzos, 23-25-27 y 47-49-51-53.

En estas actuaciones cuando los actuales propietarios de los edificios que se van a derribar adquieran viviendas de las reservas para realojos, deberán ofertar sus actuales viviendas directamente al Ayuntamiento o la Sociedad gestora Pamplona Centro Histórico, S.A. Si al Ayuntamiento o a su sociedad gestora Pamplona Centro Histórico, S.A. no le interesara ejercitar el derecho de adquisición preferente deberá comunicarlo al Departamento de Vivienda del Gobierno de Navarra, por si a éste le interesara ejercitar su derecho.

4. Modificar el Plan Especial de Reforma Interior del Casco Antiguo a fin de establecer una zona de intervención preferente en el entorno de la calle Descalzos y elaborar el proyecto de intervención global para esta zona.

5. Promocionar la rehabilitación de edificios residenciales en los que existan infraviviendas y que de conformidad con el planeamiento deban desaparecer. En estos casos sus actuales propietarios tendrán derecho a realojo urbanístico y la oferta de su actual vivienda la realizarán directamente al Ayuntamiento; si al Ayuntamiento no le interesara ejercitar el derecho de adquisición preferente deberá comunicarlo al Departamento de Vivienda del Gobierno de Navarra, por si a éste le interesara ejercitar su derecho.

6. Asumir las funciones derivadas de la declaración como entidad colaboradora a efectos de la Ley 11/2005, de subvenciones, en lo relativo a subvenciones de rehabilitación y en los siguientes términos:

6.1. La oficina de rehabilitación desarrollará las siguientes funciones:

a) Centralización, tramitación e informe de expedientes de rehabilitación.

b) Inspección e informe de cédulas de habitabilidad o documentos similares.

c) Valoración e informe sobre edificios objeto de promoción por el Ayuntamiento o el Gobierno de Navarra.

d) Gestión de expedientes de rehabilitación de equipamientos e infraestructuras.

6.2. La gestión de las subvenciones se realizará conforme lo establecido en el capítulo V del Decreto Foral 4/2006, de 9 de enero, que regula las actuaciones protegibles en materia de rehabilitación, o en aquella normativa que desarrolle o modifique el citado Decreto Foral durante el plazo de vigencia del programa.

6.3. Las ayudas que, en concepto de subvención, concederá el Gobierno de Navarra para la financiación de la oficina de rehabilitación serán equivalentes al coste del personal del equipo básico de gestión de las mismas, atendiendo al tipo de oficina de que se trate. Se incluirá, dentro del coste subvencionable, el correspondiente a seguros sociales o prestaciones análogas de acuerdo con la forma de contratación y el premio de antigüedad. Los restantes gastos de la oficina y, en particular los correspondientes a locales, mantenimiento y funcionamiento, así como los gastos de desplazamiento, serán de cuenta del Ayuntamiento de Pamplona.

6.4. El pago efectivo de la subvención se realizará por trimestres vencidos contra la presentación por el Ayuntamiento de Pamplona de una memoria de gestión y de la justificación correspondiente a los gastos subvencionables, procediéndose en el último trimestre del año a la regularización de la subvención total concedida en función de los gastos reales soportados.

6.5. El Ayuntamiento de Pamplona asume las obligaciones derivadas de la gestión de las subvenciones, y se somete a oportunas las actuaciones de comprobación que respecto de la gestión de dichos fondos pueda efectuar el órgano concedente, todo ello conforme el artículo 12 de la Ley Foral de Subvenciones 11/2005, de 9 noviembre,

Por parte del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra se asumen los siguientes compromisos:

1. Colaborar con el Ayuntamiento de Pamplona y su sociedad gestora Pamplona Centro Histórico en la ejecución de programas de renovación de las edificaciones en Casco Antiguo y que para los años 2006-2007 se concretan en actuaciones sobre las edificaciones de Descalzos, 23-25-27 y 47-49-51-53. En estas actuaciones la oferta de las viviendas que se van a derribar por parte de los aquellos propietarios que adquieran viviendas de las reservas para realojos, deberán ofertar sus actuales viviendas directamente a la Sociedad gestora Pamplona Centro Histórico.

A tal efecto el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda encomienda al Ayuntamiento, para que por sí o a través de su sociedad gestora Pamplona Centro Histórico, S.A., ejercite las funciones previstas en el artículo 21 del Decreto Foral 4/2006, de 9 de enero, por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda y el fomento de la edificación residencial.

2. Subvencionar con 10.161,76 euros, correspondientes al 80% de los honorarios sin IVA de la redacción de la modificación del Plan Especial de Reforma Interior del Casco Antiguo estableciendo una zona de intervención preferente en Descalzos y la elaboración del proyecto de intervención global para esta zona, que se abonará previa justificación del pago por el Ayuntamiento de los trabajos efectuados. El gasto se imputará a la partida 320000-32200-7609- 261400 "Subvenciones para actuaciones protegibles en materia de vivienda. Entes públicos" del presupuesto de gastos de 2006.

3. Colaborar con el Ayuntamiento de Pamplona en rehabilitación de edificios residenciales en los que existan infraviviendas y que de conformidad con el planeamiento deban desaparecer. En estos casos sus actuales propietarios tendrán derecho a realojo urbanístico y la oferta de su actual vivienda la realizarán directamente al Ayuntamiento. A tal efecto el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda encomienda al Ayuntamiento el ejercicio de las funciones previstas en el artículo 21 del Decreto Foral 4/2006, de 9 de enero, por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda y el fomento de la edificación residencial.

4. Realizar las tramitaciones precisas para cumplimentar el compromiso del año 2005 de abonar los gastos derivados de la redacción de planes de reforma interior de los ensanches de Pamplona pendientes de aprobar, por importe de 135.775,87 euros, correspondientes al 100% de los honorarios sin I.V.A. con cargo a la partida 320000-32200-7609-261400 "Subvenciones para actuaciones protegibles en materia de vivienda. Entes públicos" del presupuesto de gastos de 2006.

5. Realizar las tramitaciones precisas para cumplimentar el compromiso del año 2005 de abonar los gastos derivados de la redacción de proyecto o proyectos de intervención global en las Z.I.P. 1 y 6 del centro histórico de Pamplona pendientes de aprobar, por importe de 157.862,07 euros, correspondientes al 80% de los honorarios sin I.V.A. con cargo a la partida 320000-32200-7609- 261400 "Subvenciones para actuaciones protegibles en materia de vivienda. Entes públicos" del presupuesto de gastos de 2006.

6. Encomendar al Ayuntamiento de Pamplona la realización de las funciones referidas en el compromiso 6 de dicho Ayuntamiento

7. Abonar al Ayuntamiento de Pamplona los gastos que se deriven de la aplicación del Decreto foral 363/1997, de 9 de diciembre, para el funcionamiento de la oficina de rehabilitación de edificios y viviendas.

Por parte de Viviendas de Navarra, S.A. se asumen los siguientes compromisos:

1. Adquirir del Ayuntamiento de Pamplona las parcelas 28-E, 28-O, 28-N, 28-C, 29-E, 29-O, 29-N, 29-C de la de la unidad PA del Sector Buztintxuri-Euntzetxiki-Santa Engracia y la 5.B.1 del Sector Ezcaba-Canal en los importes anteriormente indicados.

Estas viviendas las destinará VINSA a los usos y fines mencionados en la estipulación 1 de los compromisos que adquiere el Ayuntamiento de Pamplona.

2. Adquirir del Ayuntamiento de Pamplona los derechos de superficie que permitan la edificación de las parcelas 15 y 17C del Polígono P-9A de Rochapea, según lo expuesto anteriormente.

Pamplona, 19 de junio de 2006
La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo.

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